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Con la reducción de los municipios en El Salvador, según el oficialismo, se pretende ahorrar gastos para el Estado, esto tras una crisis financiera, según la oposición. Foto: Diario Co Latino / Archivo.

Reducción de municipios tendría un impacto en el sistema de representación pública

Samuel Amaya

@SamuelAmaya98

La posibilidad de reducir el número de municipios en El Salvador ha tomado relevancia entre diversos sectores políticos, esto luego de una postura del presidente de la República, Nayib Bukele, en la que afirmó que el país debería estar dividido en 50 municipios, como “máximo”.

El mandatario consideró como “absurdo” el hecho que 21,000 kms2 estén divididos en 262 alcaldías. Sus diputados también han sentado postura y la defendieron. Una de ellos fue Elisa Rosales, quien además es la presidenta de la Comisión de Asuntos Municipales de la Asamblea Legislativa.

Rosales dijo que el pronunciamiento de Bukele “es acertado” y “viable”; la idea como tal de reducir el número de municipios “es un tema de ordenamiento”, ya que este y el desarrollo municipal “son deudas históricas en El Salvador”.

“Ahora que contamos con la cantidad de municipios que tenemos no se tienen los límites establecidos en su totalidad, la Comisión ha trabajado en establecer límites territoriales porque sabemos que al no tenerlos estamos dejando en desventaja a muchas comunidades y en el abandono a muchas personas que no son incluidas en los planes de desarrollo local”, comentó Rosales.

“Estamos viviendo épocas de cambio en nuestro país; considerar y evaluar esta posibilidad de reducir la cantidad de municipios puede ser muy acertado en el sentido de que se puede reducir gastos para el Estado”, agregó Rosales.

Una opinión similar la tuvo la oficialista Alexia Rivas, pues dijo que al reducir las alcaldías habrá “menos corrupción” y se generará “ahorro para el Estado”, esto a pesar que su partido gobierna la mayoría de las alcaldías.

El diputado de Nuestro Tiempo, Johnny Wright Sol, sostuvo que dicho anuncio o pronunciamiento “es un distractor”, una medida de ese tipo “debe estar validada por un proceso y un censo; tiene que haber participación y diálogo político”.

Para Wright Sol “no sería viable porque este gobierno no ha mostrado el mínimo nivel de respeto a la democracia y estamos muy cercanos a un proceso electoral; claramente una reforma de esta naturaleza tendría un impacto directo en el sistema de representación pública”.

También, la diputada por VAMOS, Claudia Ortiz recordó que el reducir los municipios en El Salvador para que exista mayor eficiencia en los gobiernos municipales, “no es una propuesta nueva, ya se había ventilado anteriormente”; sin embargo, “este no es el momento porque estamos en una crisis en los municipios por la mala idea de quitar el FODES (Fondo para el Desarrollo Económico y Social de los Municipios de El Salvador), centralizar en la DOM (Dirección de Obras Municipales) y malos gobiernos locales”.

A pesar de lo anterior, la opositora consideró que debe haber un debate cuando se obtengan los resultados del censo que se hará en este año cuyos resultados se darán a conocer el próximo año.

¿Qué dice el Código Municipal?

En el artículo 19 de la normativa establece que la creación, fusión o incorporación de municipios corresponde únicamente al Órgano Legislativo; el artículo 20 indica que para la creación de un municipio deben concurrir: una población no menor de cincuenta mil habitantes de acuerdo al último censo poblacional, constituidos en comunidades inadecuadamente asistidas por los órganos de gobierno del municipio a que pertenezcan; un territorio determinado; un centro de población no menor de veinte mil habitantes de acuerdo al último censo poblacional, que sirva de asiento a sus autoridades; la posibilidad de recursos suficientes para atender los gastos de gobierno, administración y prestación de los servicios públicos esenciales y además, que vayan de conformidad con los planes de desarrollo nacional.

El artículo 21 añade que la creación, fusión o incorporación de municipios entrarán en vigencia a partir del año fiscal siguiente. “Creado el municipio, el Ministerio de Gobernación nombrará una junta de vecinos que se encargará de administrar el municipio desde la fecha de su creación hasta la fecha en que tome posesión el concejo municipal debidamente electo”.

El artículo 22 señala que, en los casos de creación de un municipio por separación de una parte de otro existente, o de extinción de un municipio por incorporación a otro u otros, la Asamblea Legislativa determinará todo lo referente a los bienes, derechos y obligaciones de los municipios afectados.

De momento estas declaraciones se han quedado en eso; no hay una propuesta como tal por parte del Ejecutivo.

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