Samuel Amaya
@SamuelAmaya98
La diputada del partido VAMOS, Claudia Ortiz, propuso una reforma al Código Penal referente al uso ilegítimo de la fuerza contra manifestaciones pacíficas. Piden una pena de prisión de tres a seis años para aquellos que hagan uso de la fuerza sin justificación.
Ortiz planteó que el artículo 6 y 7 de la Constitución de la República reconoce el derecho a la libertad de expresión y el derecho de reunión pacífica, respectivamente.
“Diversas organizaciones nacionales e internacionales han documentado hechos recientes en los que la fuerza pública ha sido utilizada de forma desproporcionada, arbitraria e injustificada contra personas que ejercían su derecho a manifestarse pacíficamente, vulnerando garantías fundamentales y generando un ambiente de temor que restringe la participación ciudadana”, dijo Ortiz en la propuesta.
Es de recordar que, el 12 de mayo de este año, la Unidad del Mantenimiento del Orden (UMO) de la Policía Nacional Civil y la Policía Militar reprimieron a los habitantes de la Comunidad El Bosque, cuando realizaban una protesta pacífica en las cercanías de la residencia de Nayib Bukele tras exigir no ser desalojados y pedir ayuda al mandatario.
Claudia Ortiz enfatizó que se vuelve necesario establecer en el Código Penal una figura delictiva específica que sancione el uso ilegítimo de la fuerza pública contra manifestaciones pacíficas, para garantizar la protección efectiva de los derechos fundamentales de la ciudadanía, la rendición de cuentas y la no repetición de estas prácticas.
En ese sentido, pidió modificar el Código Penal intercalándose entre los artículos 293 y 294 un artículo 293-A:
“Art. 293-A.- El funcionario público, agente de la autoridad o miembro de cuerpos de seguridad del Estado que ordenare, autorizare, ejecutare o participare en el uso de la fuerza pública contra personas que ejercen de manera pacífica el derecho de reunión o manifestación, sin causa legal justificada o de forma desproporcionada, o que impidan por distintos medios que las personas lleven a cabo o participen en una reunión o manifestación pacífica será sancionado con pena de prisión de tres a seis años e inhabilitación especial para el ejercicio del empleo o cargo por igual tiempo”.
La pena se incrementaría hasta en una tercera parte del máximo indicado e inhabilitación especial del empleo o cargo por igual tiempo cuando “el hecho se haya cometido contra niños, personas adultas mayores o personas con discapacidad; el uso de la fuerza haya implicado empleo de armas letales, productos químicos o explosivos; “el hecho haya sido parte de una política o patrón sistemático”.
Ortiz estableció que, si como resultado del uso ilegítimo de la fuerza se produjeren lesiones, detención arbitraria, privación de libertad u homicidio, se impondrán las penas correspondientes a dichos delitos en concurso real con este artículo.