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El coordinador de la Asociación de Derechos Humanos Tutela Legal “Dra. María Julia Hernández”, Ovidio Mauricio González, explica que las víctimas del estado de excepción pueden denunciar ante la Corte Penal Internacional, violaciones graves a sus derechos humanos. Foto Diario CoLatino /Gloria Orellana

Víctimas del estado de excepción pueden denunciar ante la Corte Penal Internacional

Gloria Silvia Orellana
@DiarioCoLatino

“Estamos realizando un acto que viene a recordar que existe un instrumento internacional que tiene que ver con las violaciones graves a derechos humanos y que las víctimas pueden denunciar a los individuos que violentaron sus derechos”, dijo Ovidio Mauricio González, coordinador de la Asociación de Derechos Humanos Tutela Legal “Dra. María Julia Hernández”.

En el marco del vigésimo año de fundación la Corte Penal Internacional (CPI) de la cual El Salvador es signatario, las organizaciones sociales celebraron el Foro: Aniversario de la Corte Penal Internacional (CPI) , una mirada Salvadoreña y Latinoamericana.

Y con el objetivo de compartir experiencias del trabajo de la CPI, para poner en agenda nacional su importancia y considerando que a partir de 2016, su Estatuto forma parte del ordenamiento jurídico interno salvadoreño, tiene plena vigencia en el país.

La Corte Penal Internacional o Tribunal Penal Internacional, con sede en la Ciudad de La Haya, Holanda, es un juzgado independiente y permanente que procesa graves violaciones a derechos humanos desde una vocación universal y de carácter complementario y obtiene su competencia de conformidad con el Estatuto de Roma por crímenes: de Genocidio, de Lesa Humanidad, de Guerra y de Agresión.

La CPI entró en vigor el 17 de julio de 1998, en el marco de la Conferencia Diplomática de Plenipotenciarios de las Naciones Unidas (ONU) en donde 120 Estados aprobaron el Estatuto para implementarla y juzgar a personas que hayan cometido genocidio, crímenes de guerra o de lesa humanidad desde el año 2002.

Con estos antecedentes de la Corte Penal Internacional, Ovidio Mauricio afirmó que este “instrumento internacional” es complementario, y se puede activar cuando no funciona la legislación interna de un país, denunciando a quienes hayan cometidos estos graves delitos como los Crímenes de Guerra, de Lesa Humanidad, la Desaparición y Agresión.

“El objetivo es claro, la Corte Penal Internacional se pueden denunciar a las personas que cometen graves violaciones a derechos humanos en este caso a los individuos”, afirmó.

“No es como el sistema universal o regional de derechos humanos, en donde se denuncia al Estado, como aquí , casos emblemáticos como la masacre de El Mozote , hubo una sentencia al Estado de El Salvador y tranquilos los responsables, lo paga el Estado salvadoreño”, acotó.

Mientras que la Corte Penal Internacional, por su sistema permite que se denuncie y procese a los individuos como personas y no el Estado. Y que en este momento que se están cometiendo delitos de lesa humanidad -por ejemplo- con las torturas que ejercen las autoridades en los centros penitenciarios, se puede denunciar ante el sistema de la CIP.

“La gente puede denunciar -si es el caso- al director de Centros Penales o al director de la Policía Nacional Civil, también a los agentes policiales que hicieron las capturas arbitrarias o los que lo torturaron o lo golpearon. Pues pueden dirigir esa denuncia a la CPI, para que comprueben que hubo tortura, desaparición o asesinato”, reiteró.

Sobre la lucha social para que se aprobara el Estatuto de Roma y, por tanto, la entrada de la CPI, Ovidio Mauricio, reconoció esfuerzos, de fundadora de Tutela Legal del Arzobispado, Dra. María Julio Hernández, y de la cual, tomaron su nombre para su organización. Así como, organizaciones emblemáticas como COMADRES, CODEFAM, CIDH no gubernamental, CEMUJER y otras organizaciones.

“Hubo un trabajo grande de la Federación de Detenidos, Asesinados y Desaparecidos Políticos de América Latina, donde había muchas organizaciones que contribuyeron a la existencia de este tribunal para denunciar a los violadores de derechos humanos”, expresó.

“Ahora, no hay un período de tiempo establecido, pero si hay un procedimiento y la denuncia de la víctima se lleva ante el Fiscal del CPI, este fiscal deberá investigar y presentar un informe a los magistrados de la Corte Penal y estos serán quienes deciden si el hecho que se denunció es constitutivo de violación de derecho humano grave y a la base de ese trámite continúa el proceso hasta aprobarlo. Y por el momento hay pocos procesos en este Tribunal”, informó González.

En cuanto al proceso y sanción de las personas que resultaran culpables de los cargos, señaló que cualquiera de las personas que hayan cometido uno de esos delitos sería tratado individualmente y probado su responsabilidad en esos hechos serán sentenciados y pagar las indemnizaciones a las víctimas.

“La Corte Penal Internacional, los responsables deben responder como individuos, incluso, con su peculio personal (conjunto de bienes), deberán pagar y como lo estableció en la derogación de la Ley de Amnistía (2016), la Sala de lo Constitucional estableció que quienes violen derechos humanos deben de responder también con su peculio personal”, indicó.

 

Agregó que, “El problema quizás tiene que ver con los recursos (económicos) para presentar el caso y estar visitando el tribunal para ver el caso y aquí, quizás las organizaciones sociales deberían buscar cooperación internacional para dar seguimiento a los casos”, puntualizó González.

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