Redacción Nacionales
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El Gobierno le ha pedido a la Asamblea Legislativa que apruebe una nueva Ley de Alianzas Público Privadas, con la cual se derogaría la anterior la Ley Asocios Públicos Privados; en la nueva normativa se posibilita que las instituciones del Estado suscriban contratos con privados para la infraestructura o prestación de servicios en el área de salud, educación y de recursos hídricos, las cuales estaban excluidos en la anterior ley.
La iniciativa, entregada el 8 de abril de 2026, busca según el proyecto de decreto “modernizar el marco legal para la provisión de infraestructura y servicios públicos a través de la colaboración con el sector privado”.
El objetivo principal de la ley es regular los procedimientos para “establecer, ejecutar y terminar alianzas entre el Estado y agentes privados”. Esta normativa abarcará las etapas de diseño, construcción, reparación, rehabilitación, modernización, expansión, explotación, mejoramiento, equipamiento, operación, mantenimiento y cualquier otra que resulte conveniente necesaria realizar, para garantizar el efectivo y eficaz cumplimiento de lo dispuesto en las bases de licitación y los contratos de APP, según lo detalla en su artículo 1.
Según el documento, las entidades facultadas para celebrar estos contratos incluyen al Órgano Ejecutivo, instituciones autónomas —como la Comisión Ejecutiva Hidroeléctrica del Río Lempa (CEL)— y las municipalidades.
El Art. 7 de la nueva ley señala que los contratos regulados por la normativa pueden adoptar las modalidades siguientes: “Para la provisión de infraestructura pública, “para la provisión de servicios públicos y “para la provisión de infraestructura y servicios públicos”.
La normativa establece una duración de contrato por un plazo máximo de ejecución de 50 años incluyendo prórrogas; en la ley vigente es de 40 años. Los proyectos podrán ser autosostenibles (financiados mediante tarifas pagadas por los usuarios) o cofinanciados (con recursos o garantías del Estado), según el Art. 8.
El decreto mantiene fuera del alcance de la ley (es decir, se excluye) los temas de seguridad nacional, inteligencia estatal, seguridad pública, justicia y concesiones de hidrocarburos o minerales. Sin embargo, elimina las exclusiones que tiene la ley actual sobre la educación, salud y recursos hídricos.
El artículo 3 de la ley vigente señala que “se excluye del ámbito de aplicación de esta ley: a) la prestación pública de los servicios de salud, incluso, los prestados por el Instituto Salvadoreño del Seguro Social; b) la prestación de servicios de educación pública, tal como se definen en la Ley General de Educación; c) la Universidad de El Salvador; d) los recursos hídricos; excepto el diseño, construcción, reparación, mejoramiento, equipamiento, operación y mantenimiento de la infraestructura para el tratamiento de aguas residuales en el área metropolitana de San Salvador, San Miguel y Santa Ana”.
Cada contrato de APP deberá contar con la autorización previa de la Asamblea Legislativa para que el Ejecutivo pueda suscribirlo (Art 10 Nueva Ley).
El proyecto de Ley contempla la creación de la Dirección Nacional de Alianzas Público Privadas (DAPP), la cual funcionará como una unidad del Ministerio de Hacienda con autonomía técnica. Esta entidad será responsable de identificar sectores prioritarios, revisar estudios de factibilidad y declarar proyectos de interés público.
La DAPP, según sus atribuciones (Art.13), podrá declarar de interés público los proyectos de iniciativa privada, revisar y aprobar la admisibilidad de las iniciativas presentadas por las entidades contratantes. La entidad contratante elaborará las bases de licitación para la materialización del correspondiente contrato de APP (Art.32).
Una Comisión de Evaluación de Ofertas, la cual, estaría integrada por la entidad contratante y la DAPP, evaluará las propuestas y la entidad contratante aprobará o rechazará su recomendación. Actualmente, es la Agencia de Promoción de Inversiones y Exportaciones de El Salvador (INVEST) que sustituyó a PROESA desde 2023, quien tiene la competencia de aprobar los proyectos de asocio público privado, las bases de licitación y los proyectos de contrato.
“El país ha experimentado avances significativos en materia institucional, jurídica y económica, lo cual ha fortalecido la seguridad y previsibilidad necesarias para fomentar la participación del sector privado en proyectos estratégicos. En este sentido, resulta necesario actualizar el marco jurídico sectorial para facilitar el desarrollo de las Alianzas Público Privadas, bajo los principios de transparencia, eficiencia económica, gestión eficiente, libre competencia, rentabilidad y sostenibilidad a largo plazo”, argumenta el Gobierno en el decreto.
La iniciativa será estudiada este martes en la Comisión de Tecnología en la Asamblea Legislativa.
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