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Moralidad notoria y prevaricato

José M. Tojeira

La sentencia de la Sala de lo Penal en el caso jesuitas, ratificando el sobreseimiento definitivo a los acusados de autoría mediata en el crimen de los seis jesuitas y sus dos colaboradoras, requiere nuestra atención. Es tan irregular, que resulta lógico que nos preguntemos si hay alguna relación entre la exigencia constitucional de “moralidad notoria” para los jueces de la Corte Suprema de Justicia y las posibilidades de caer en el delito de prevaricato. La respuesta inmediata es evidente, cuanta menos moralidad “notoria” más fácil será caer en el prevaricato. Pero los diputados no parecen entender bien el término notoria aplicado a la moralidad. En el caso del magistrado Juan Manuel Bolaños da la impresión que los diputados le calificaron de moralidad notoria por haber salido bien parado de ocho causas en su contra, incluidas dos acusaciones de estafa. La inocencia decretada en los tribunales siempre es positiva para quien la recibe, pero no es la mejor recomendación para convertirse posteriormente en juez. Especialmente, si tanto las acusaciones como las absoluciones son excesivamente reiterativas. Si notoria significa una  realidad conocida por todos, debe interpretarse que los diputados que eligieron a este magistrado habían quedado positivamente impresionados por la moralidad de una persona que ha sido llamada ocho veces inocente por la justicia.

De todos modos, no conviene escandalizarse. La Constitución pide moralidad notoria también para los diputados y ya conocemos notoriamente las incursiones desastrosas en el campo de la ética de un buen número de ellos. No es raro que la moralidad de algunos diputados borrachos, narcos, pistoleros o insensibles ante el homicidio, determinen moralidades dudosas incluso en la Corte Suprema de Justicia. Hasta resulta extraño que al magistrado Argueta le hayan elegido para magistrado con una sola manifestación de inocencia ante la justicia. Con esas moralidades notorias no es raro que se llegue al prevaricato.

Y pasamos así a la sentencia de la Sala de lo Penal reafirmando el sobreseimiento recibido en el año 2000 por los acusados de autoría mediata del asesinato de seis jesuitas y dos de sus colaboradoras. Los magistrados Bolaños y Argueta decidieron hacer caso omiso de la sentencia de inconstitucionalidad de la amnistía de 1993 dictada el año 2016. Allí se habla con claridad de que son judicializables todos los casos mencionados por la Comisión de la Verdad. Se elimina además la prescripción, pues no podía esta correr apoyada en una ley inconstitucional que impedía enjuiciar crímenes imprescriptibles. La sentencia de la Sala de lo Constitucional en 2016 impide invocar normas cuya vigencia dependiera de la ley de amnistía y pudieran “entorpecer, demorar o negar el ejercicio efectivo e inmediato de los derechos reconocidos en las normas constitucionales e internacionales analizadas en esta sentencia”. No tener en cuenta la sentencia de la Sala de lo Constitucional equivale a violar la Constitución, pues no se tiene en cuenta la interpretación normativa de la misma. Violación que al estar presente en la sentencia de cualquier tribunal convierte en prevaricadores a quienes la firman.

Estamos continuamente, al menos en los últimos meses, hablando con preocupación del estado de derecho en El Salvador. Nos fijamos en el Poder Ejecutivo como fuente de violación y debilidad en el estado de derecho. Es normal y positivo que lo hagamos. Pero tener jueces en la Corte Suprema que caigan en el prevaricato es todavía mucho más grave para el estado de derecho. Es imprescindible que la Sala de lo Constitucional tenga el control de constitucionalidad sobre las decisiones de los poderes Legislativo y Ejecutivo. Pero también debería tenerlo sobre las sentencias de otras Salas de la Corte Suprema. Hace ya unos cuantos años el presidente de la Corte Centroamericana de Justicia, entonces un hondureño, hablando en un auditorio de la UCA a estudiantes de derecho, preguntaba y respondía a una pregunta supuestamente jocosa: ¿En qué se parecen los abogados a los tiburones? Y respondía: En que tiburón no come tiburón. Gracias a Dios conocemos a muchos abogados decentes en El Salvador fuera y dentro del sistema judicial. Pero dados los acontecimientos, esperemos que la “sustancia” del chiste no se imponga como realidad al interior de nuestra Corte Suprema.

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