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El Ministro de Seguridad, Gustavo Villatoro, en conferencia de prensa en la Asamblea Legislativa donde presenta la reforma a la Ley de la Intervención a las Telecomunicaciones. Foto: Diario Co Latino / Cortesía

GOES obligaría a operadoras a almacenar fotografías y documentos de sus usuarios

Samuel Amaya
@SamuelAmaya98

El Ministerio de Seguridad pidió a la Asamblea Legislativa que reforme la Ley Especial para la Intervención de las Telecomunicaciones a fin de obligar a las operadoras, a adoptar y aplicar los procedimientos y soluciones técnicas que sean necesarios para obtener y almacenar por medio de aplicaciones informáticas y soporte tecnológico las imágenes de los documentos y fotografías del usuario o adquiriente que contraten servicios de telecomunicaciones y que además localicen geográficamente el lugar donde se realiza la venta y activación del servicio.

Además, ordena que las operadoras, de acuerdo al servicio que preste a la población, lleve un registro de todos los usuarios, incluyendo los prepagos, debiendo mantener dicha información a disposición de la autoridad competente en la investigación de delitos que la requiera.

La reforma también ordena poner a disposición de la Superintendencia General de Electricidad y Telecomunicaciones (SIGET) gratuitamente el acceso directo a la plataforma o sistema que las operadoras utilicen para la gestión de incidencias con el usuario y atención a reclamos, “a fin de conocer y descargar el reporte detallado de casos en procesos resueltos y no resueltos de los reclamos presentados por los usuarios”.

Además, el Ejecutivo pide a la Asamblea que no sea catalogado como “intervención” cuando se investigue los dispositivos de las víctimas.

Entre los considerandos del decreto, el Gobierno sostiene que, debido a la evolución de la criminalidad a raíz de la aparición de nuevas herramientas tecnológicas, “se vuelve necesario perfeccionar los mecanismos actuales de intervención de las comunicaciones, principalmente en aquellos casos de urgencia que demandan acciones inmediatas”.

Piden adicionar un inciso al artículo 1 para establecer que “no se constituirá como intervención las actividades de escucha, captación y registro de cualquier tipo de telecomunicaciones, cuando las mismas se den en dispositivos que pertenezcan a las víctimas de los delitos que se investigan, por lo que no será necesaria la aplicación de esta ley”.

Según el Gobierno, busca “el fortalecimiento de los procedimientos y herramientas de persecución penal utilizados en la lucha contra la criminalidad y así evitar impunidad de los delitos a través de la individualización de conductas delictivas mediante la obtención de elementos incriminatorios eficaces para el ofrecimiento y producción de la prueba en el proceso penal”.

En el decreto se plantea que la exclusiva autoridad facultada para solicitar la intervención de las telecomunicaciones es el fiscal general de la República. Las reformas serán estudiadas en la Comisión de Seguridad.

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