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Metapán fue el primer municipio al que se le aplicó el cerco sanitario, que contó con presencia militar, le ha seguido Metapán, San Salvador, San Francisco Gotera, Chalchuapa. Foto Diario Co Latino/Archivo

Encarcelamiento por instalar cercos sanitarios resta potestades para enfrentar COVID-19, dice Gobierno

Alma Vilches
@AlmaCoLatino

Ante las intenciones de la Asamblea Legislativa de aprobar en la próxima plenaria la Ley Especial Transitoria para Contener la Pandemia del COVID-19, la cual sanciona con prisión a los funcionarios que apliquen los cercos sanitarios, el Gobierno recalcó que le restaría potestades para enfrentar la crisis contra el Coronavirus.

El anteproyecto de ley es calificado por el órgano Ejecutivo como un nuevo intento del bloque de oposición por cercenar facultades legales y constitucionales al Gobierno, pues ya cuenta con el dictamen favorable de los diputados de ARENA y el FMLN en la Comisión de Salud de la Asamblea Legislativa. Para el Gobierno, la medida de instalar cercos sanitarios ha demostrado en los últimos meses ser efectiva para cortar la cadena de transmisión del virus, la aplicación de esta estrategia se fundamenta en el artículo 139 de la normativa de Salud, donde establece que se puede declarar zona epidémica sujeta a control sanitario cualquier parte del territorio nacional, para que el órgano Ejecutivo, a través del Ministerio de Salud pueda  implementar acciones y prevenir el peligro, combatir el daño y evitar la propagación de cualquier virus.

No obstante, los cercos sanitarios no han durado más que tres o cinco días, lo que los expertos han dicho que esos cercos así no tienen sentido, sobre todo, porque lo más relevantes en ellos es la presencia de soldados.

Asimismo, el artículo 130 del Código de Salud señala que el Ministerio de Salud es el que controla, como autoridad competente, las enfermedades transmisibles, por lo que las instituciones públicas como la Policía Nacional Civil (PNC), la Fuerza Armada y la Dirección General de Migración deben prestarle toda la colaboración.

Hasta la fecha se han aplicado cercos sanitarios en los municipios de Metapán y Chalchuapa, del departamento de Santa Ana; La Libertad, departamento de La Libertad; Corinto y San Francisco Gotera, en Morazán y Santa Rosa de Lima, en el departamento de La Unión, dicha estrategia se fundamenta en el Código de Salud, donde avala acciones en caso de una pandemia como la del coronavirus, pero, esta debe estar respaldado por un decreto legislativo, lo cual no es el caso.

“Se ha observado que el Ejecutivo ha estado haciendo cercos militares en donde no hay ninguna información de lo realizado, donde llegan los candidatos del partido “X” a distribuir las canastas, aprovechando que las personas están involuntariamente dentro de sus casas después no se sabe las pruebas que hicieron ni el impacto de la medida”, manifestó la diputada del FMLN, Rina Araujo. Según la legisladora, en la ley queda definido que cuando el Estado quiera poner un lugar como zona epidemiológica para identificar nexos de COVID-19, debe coordinar con las alcaldías porque son quienes tienen conocimiento de las zonas. Aclaró que la ley establece en qué consiste una zona epidemiológica, cómo buscar los nexos y que no exceda más de las 72 horas, además, deja prohibida la participación de los militares en la entrega de alimentos, sino debe hacerse en coordinación con los concejos municipales por saber acerca de las personas más necesitadas.

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