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Sala de lo Constitucional de la Corte Suprema de Justicia (CSJ) ordena a la Asamblea Legislativa, emitir las reformas necesarias para que un ser humano cambie su nombre por razones de identidad de género. Foto Diario Co Latino/cortesía.

Un cambio de nombre viene a reconocer “la violencia, desigualdad y la dignidad que tenemos”

Samuel Amaya
@SamuelAmaya98

“El poder acceder al cambio de nombre es reafirmar la dignidad de las personas transexuales, porque a lo largo de nuestras vidas y en la historia de El Salvador, las personas trans no existíamos jurídicamente”, expresó Bianka Rodríguez, directora de la Asociación Comunicando y Capacitando a Mujeres Trans (ComcavisTrans), ante el fallo de la Sala de lo Constitucional donde abre la puerta a un cambio de nombre en personas LGBTI.

La Sala de lo Constitucional de la Corte Suprema de Justicia manda a la Asamblea Legislativa que en no más de un año, reforme la Ley del Nombre de la Persona Natural (LNPN) para que, por medio de la legislación, se garantice que las personas LGBTI que desean cambiar su nombre, puedan hacerlo de acuerdo con su identificación de género.

Fue ComcavisTrans quien dio a conocer la resolución de la Sala, al mismo tiempo celebró la decisión tomada por el tribunal constitucional. “Estamos felices y queremos compartir nuestra felicidad, hemos recibido una noticia que cambiará la realidad de las personas trans en El Salvador”, sostuvo la asociación acompañada de una página del fallo de la Sala.

Según dijo Bianka Rodríguez a DIARIO CO LATINO, hubo muchas personas que murieron, a las cuales no se le reconoció el derecho a su identidad de género, y hoy por hoy, el acceder a un cambio de nombre, viene a reconocer, “la violencia que enfrentamos, la desigualdad que vivimos y la dignidad que tenemos como personas”.

“A la luz de la resolución de la Sala, abre esa puerta para que seamos sujetas de derecho, de que podamos vivir con una identidad acorde a nuestro género y a identidad auto percibida”, detalló Rodríguez.

Hace 12 años surgió la Mesa Permanente por una Ley de Identidad de Género, la cual buscó presentar el anteproyecto de Ley de Identidad de Género a la Asamblea Legislativa, que hasta la fecha aún no hay legislación al respecto.

En 2016 se presentó la demanda de inconstitucional y en ella se planteó por parte de las organizaciones, que tanto el artículo 11 y el 23 inciso segundo de la Ley de Nombre de la Persona Natural violaban varios artículos de la Constitución de la República, pues aseguraron en aquel entonces que establecían un número reducido de causales para el cambio de nombre y se omitía la condición social de las personas que se mostraban disconformes con su sexo biológico y su identidad de género.

La Sala de lo constitucional este martes, ha declarado de modo general y obligatorio la inconstitucionalidad por omisión parcial del artículo 23 inciso 2 de la Ley del Nombre de la Persona Natural (LNPN), pues según la resolución, “la falta regulación de los supuestos y condiciones para que un ser humano cambie su nombre por razones de identidad de género constituye un trato discriminatorio no justificado”.

Por tal, ordena a la Asamblea Legislativa de mayoría oficialista que modifique el artículo a fin de beneficiar a la población LGBTI. “En consecuencia, la Asamblea Legislativa deberá emitir la reforma que sea necesaria para prever las condiciones que debe reunir toda persona que desee cambiar su nombre para que sea compatible con su identidad de género, considerando los elementos de seguridad jurídica que adujo como fin buscado por la regulación del nombre dentro del plazo de un año contado a partir del día siguiente al de la notificación de la presente sentencia de inconstitucionalidad”, dice parte de la resolución.

En ese sentido, dijo Bianka, que a las organizaciones pertenecientes de la Mesa como la Federación Salvadoreña LGBT marca una oportunidad importante, pero también, un desafío para la nueva Asamblea Legislativa de mayoría oficialista para que legislen en favor de las personas LGBTI.

Rodríguez agregó que esperan que las reformas sean discutidas de la mano con las organizaciones, “porque es a nosotras a las que nos afectan estos problemas, estos derechos y las que hemos demandamos desde el 2010”. En este tema, el activista y emprendedor social, Erick Iván Ortiz sostuvo que no desconocen que la sentencia “viene de una Sala ilegítima, pero reconocemos por sobre todo la trascendencia de una década de lucha por una Ley de Identidad de Género”.

“Que hoy celebremos una victoria parcial frente al Estado salvadoreño, el mismo que nos ha negado sistemática e históricamente derechos a las personas LGBTI, no quiere decir que dejaremos de señalar el autoritarismo, el quiebre democrático y las violaciones a DD.HH. que vivimos”, puntualizó Ortiz.

Según datos que maneja Comcavis, un estudio por el Plan Internacional en materia de VIH señala que existen 2,100 mujeres trans en el país, pero el estudio lo hacen relacionado al VIH, y se limita en Sonsonate, Santa Ana, San Miguel y San Salvador.

“No existe datos estadísticos gubernamentales que nos den a conocer las cifras de personas trans en El Salvador”, lamentó la directora, Bianka Rodríguez.

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