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La sala de lo constitucional de la Corte Suprema de Justicia (CSJ), avala la creación de la Dirección Nacional de Medicamentos (DNM). Foto Diario Co Latino/Archivo.

Sala avala creación de Dirección Nacional de Medicamentos

@BeatrizCoLatino

La Sala de lo Constitucional de la Corte Suprema de Justicia (CSJ) avaló la creación de la Dirección Nacional de Medicamentos (DNM), advice que funciona desde hace tres años, purchase con el fin de mejorar el control y regulación de los medicamentos en el país.

Los magistrados emitieron ayer una sentencia en la que declaran “que no existe la inconstitucionalidad atribuida a los arts. 3, diagnosis 4 letra e), 6, 95 y 99 de la Ley de Medicamentos, ya que las atribuciones señaladas en los artículos 68 y 69 de la Constitución pueden distribuirse en los ámbitos de competencia del Consejo Superior de Salud Pública (CSSP) y dicha Dirección”.

Los magistrados afirman que “no existe la contradicción alegada por la demandante, respecto a que la Dirección de Medicamentos asume atribuciones y competencias asignadas al Consejo Superior de Salud Pública, pues del contenido de los artículos 68 y 69 de la Constitución, se advierte que ambas instituciones son complementarias entre sí”.

Desde los inicios de la dirección, el director Vicente Cotto, denunció una serie de campañas mediáticas en contra de esa normativa legal. Incluso, demandas para declarar inconstitucional dicha DNM.

Asimismo, la Sala deja claro que cada una de las dependencias, es decir, la DNM y el CSSP, cumplen funciones diferentes. La CSSP vela por la salud de los salvadoreños y ejerce vigilancia de los profesionales relacionados de un modo inmediato con la salud  y la otra cumple el control permanente de la calidad de los productos químicos.

Por otra parte, se declaró inconstitucional la prohibición contenida en el artículo 23 de la Ley de Medicamentos para contratar o subcontratar médicos, odontólogos y veterinarios para ejercer la profesión al interior de las farmacias con el objeto de prescribir medicamentos, “ya que la mencionada prohibición vulnera derechos laborales, la libertad de contratación, el derecho a la salud y la libertad de los consumidores”.

Dicha sentencia fue firmada “por unanimidad” por los magistrados Óscar Armando Pineda, Florentín Meléndez, Belarmino Jaime, Sidney Blanco y Rodolfo González.

Sala también resuelve en caso Molsa

La Sala de lo Constitucional dictó sentencia definitiva mediante la cual declara que la Sala de lo Contencioso Administrativo vulneró los derechos a la seguridad jurídica y a una resolución motivada, en perjuicio de la Superintendencia de Competencia.

En 2012, los señores Francisco Díaz Rodríguez, Abrahan Mena y Oscar Dámaso Alberto Castillo Rivas, actuando como miembros del Consejo Directivo de la Superintendencia de Competencia, presentaron una demanda de amparo en contra de la Sala de lo Contencioso Administrativo, por haber declarado la ilegalidad de una decisión emitida por la Superintendencia, en la que se ordenó a la sociedad MOL, S.A. de C.V., abstenerse de seguir cometiendo prácticas anticompetitivas y le impuso una multa de más de un millón de dólares.

La Sala de lo Contencioso Administrativo declaró ilegal la decisión de la Superintendencia y, con ello, evitó el pago de la multa mencionada.

El fundamento de dicha Sala fue que la decisión impugnada por MOL, S. A. de C. V. estaba sustentada en actuaciones irregulares, pues el Juez Primero de lo Civil, que ordenó un registro judicial a solicitud de la Superintendencia, no identificó con precisión la información que se buscaría en el mismo.

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