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Las personas que arrojen basura en lugares públicos dependiendo de la cantidad, se les pondrán multas económicas, trabajo comunitario o incluso cárcel. Foto: Diario Co Latino.

PNC impondría multa de $20 a quienes arrojen basura en sitios no autorizados

Samuel Amaya
@SamuelAmaya98

La propuesta de reforma a la Ley de Medio Ambiente, presentada por Nuevas Ideas, establece que la Policía Nacional Civil (PNC) sería la encargada de imponer multas por un valor de $20 a las personas que arrojen basura, en una cantidad menor a las dos libras, en lugares no autorizados.

El diputado Rodrigo Ayala presentó esta semana una reforma a la Ley de Medio Ambiente, específicamente al artículo 98, el cual establece el procedimiento administrativo sancionatorio para la disposición indebida de residuos o desechos; se agrega que “el que arrojare o abandonare residuos o desechos de cualquier clase, en aceras, calles, carreteras, playas, riberas de río o lagos, bosques, parques nacionales u otras áreas no autorizadas por leyes, reglamentos u ordenanzas municipales, será sancionado con una multa de veinte dólares de los Estados Unidos de América”.

El artículo 98-B señala que serán el Ministerio de Medio Ambiente y Recursos Naturales en coordinación con la Policía Nacional Civil, las instituciones competentes para tramitar el procedimiento administrativo sancionatorio.

Los agentes de la PNC serán los encargados de imponer la multa, estos deben elaborar la respectiva acta o esquela mediante la cual se hará del conocimiento del infractor el cometimiento de la falta, señala el artículo 98-C.

El Ministerio de Hacienda habilitará los mecanismos pertinentes para el pago de la multa establecida en el artículo 98-A. Los montos percibidos por la imposición de la multa ingresarán al Fondo General de la Nación.

La iniciativa también establece un derecho a recurrir; por ejemplo, se habilitará la interposición de un recurso de apelación posterior a la multa, el cual podría ser tramitado ante el Ministerio de Medio Ambiente y Recursos Naturales, de conformidad a lo establecido en la Ley de Procedimientos Administrativos.

El presidente de la República realizará las adecuaciones reglamentarias correspondientes para la aplicación del procedimiento administrativo sancionador en un plazo no mayor a 180 días contados a partir de la entrada en vigor de la presente reforma.

La Comisión de Medio Ambiente y Cambio Climático de la Asamblea Legislativa sesionó este viernes solo para dar ingreso a la pieza, se dejó la comisión abierta a fin de sesionar en cualquier momento. En la instancia Legislativa se instó a cada fracción representada, estudiar la propuesta de reforma.

Esta reforma a la Ley de Medio Ambiente va en concordancia con la reforma al Código Penal a fin de sancionar con trabajo comunitario o cárcel a quienes tiren más de dos libras de basura en sitios no autorizados. Esas reformas plasmadas en un dictamen no se agendaron en la sesión plenaria del miércoles.

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