Erick Zelaya*
Mientras la atención de buena parte del movimiento sindical salvadoreño se concentró en la discusión sobre la posible inclusión de El Salvador en la Lista Corta de la Comisión de Aplicación de Normas de la Organización Internacional del Trabajo (OIT), otros instrumentos internacionales de evaluación continúan reflejando con claridad la grave situación de los derechos laborales y sindicales en el país. Uno de los más importantes es el Índice Global de los Derechos 2026 de la Confederación Sindical Internacional (CSI), presentado precisamente en el contexto de la 114.ª Conferencia Internacional del Trabajo (CIT) celebrada en Ginebra.
La ausencia de El Salvador en la Lista Corta no elimina ni reduce las preocupaciones internacionales existentes. Por el contrario, el Índice de la CSI confirma que el país continúa figurando entre aquellos donde los derechos de las personas trabajadoras enfrentan vulneraciones sistemáticas.
La CSI: la principal voz sindical mundial ante la OIT
La Confederación Sindical Internacional (CSI) es la mayor organización sindical del planeta. Representa a más de 190 millones de trabajadores y trabajadoras a través de centenares de centrales sindicales nacionales distribuidas en más de 160 países.
La CSI constituye uno de los tres pilares del grupo de trabajadores dentro del sistema tripartito de la OIT y desempeña un papel fundamental en la elaboración de informes, la presentación de denuncias, el seguimiento del cumplimiento de los convenios internacionales del trabajo y la articulación de campañas globales en defensa de la libertad sindical, la negociación colectiva y los derechos laborales.
Cada año, la CSI aporta información a diversos mecanismos de control de la OIT y produce uno de los instrumentos de observación más reconocidos a nivel internacional: el Índice Global de los Derechos.
El Índice Global de los Derechos: una radiografía mundial de las violaciones laborales
Publicado por primera vez en 2014, el Índice Global de los Derechos de la CSI es el único estudio anual que evalúa sistemáticamente el respeto a los derechos laborales y sindicales en más de 150 países.
La metodología del Índice contrasta la situación de cada país con los estándares internacionales establecidos por la OIT y otros instrumentos internacionales de derechos humanos.
El estudio analiza aspectos como:
- Libertad sindical.
- Derecho de huelga.
- Derecho de negociación colectiva.
- Registro de sindicatos.
- Libertad de expresión y reunión.
- Acceso a la justicia.
- Arrestos y detenciones de sindicalistas.
- Violencia contra trabajadores y dirigentes sindicales.
Las calificaciones se organizan en una escala que va de 1 a 5+:
- 1: Violaciones esporádicas.
- 2: Violaciones repetidas.
- 3: Violaciones regulares.
- 4: Violaciones sistemáticas.
- 5: Derechos no garantizados.
- 5+: Derechos no garantizados debido a la destrucción del Estado de derecho.
Esta clasificación se ha convertido en una referencia para gobiernos, organismos internacionales, sindicatos, académicos y organizaciones de derechos humanos, siendo ampliamente utilizada durante las discusiones de la Conferencia Internacional del Trabajo.
El Salvador: un país con violaciones sistemáticas de los derechos
El Índice Global de los Derechos 2026 ubica a El Salvador en la categoría 4: “Violaciones sistemáticas de los derechos” (p. 18; ÍNDICE GLOBAL DE LOS DERECHOS 2026 DE LA CSI: LOS PEORES PAÍSES DEL MUNDO PARA LOS TRABAJADORES Y LAS TRABAJADORAS).
Esta no es una observación menor. La CSI reserva esta categoría para países donde las vulneraciones a los derechos laborales y sindicales no constituyen hechos aislados, sino fenómenos recurrentes y estructurales.
El informe identifica expresamente a El Salvador en varias de las tendencias más preocupantes observadas en la región de las Américas.
Al analizar el deterioro de las libertades democráticas, la CSI señala que:
“El Salvador ha reducido el espacio cívico con restricciones legales en el marco de un estado de excepción” (p. 35; ÍNDICE GLOBAL DE LOS DERECHOS 2026 DE LA CSI: LOS PEORES PAÍSES DEL MUNDO PARA LOS TRABAJADORES Y LAS TRABAJADORAS).
Esta afirmación resulta particularmente significativa porque vincula directamente el régimen de excepción con restricciones que afectan el ejercicio de derechos fundamentales, incluidos aquellos indispensables para la actividad sindical.
El informe también destaca que:
“La libertad de asociación se ha visto obstaculizada en varios países, entre ellos Costa Rica y El Salvador” (p. 35; ÍNDICE GLOBAL DE LOS DERECHOS 2026 DE LA CSI: LOS PEORES PAÍSES DEL MUNDO PARA LOS TRABAJADORES Y LAS TRABAJADORAS).
La libertad de asociación constituye uno de los pilares esenciales de los Convenios 87 y 98 de la OIT. Sin ella resulta imposible el ejercicio pleno de la organización sindical, la negociación colectiva y la defensa de los intereses de la clase trabajadora.
Además, en el apartado dedicado al acceso a la justicia, la CSI incorpora una referencia específica a El Salvador señalando que:
“Miles de personas se manifestaron en San Salvador contra los poderes de emergencia que permiten efectuar detenciones sin disponer de una orden judicial. El Salvador figura entre el 72% de los países donde los trabajadores carecen de pleno acceso a la justicia” (p. 57; ÍNDICE GLOBAL DE LOS DERECHOS 2026 DE LA CSI: LOS PEORES PAÍSES DEL MUNDO PARA LOS TRABAJADORES Y LAS TRABAJADORAS).
La referencia resulta especialmente relevante porque vincula las restricciones judiciales con el contexto político y jurídico vigente en el país.
En otras palabras, la CSI considera que existen obstáculos significativos para que las personas trabajadoras puedan acceder de manera efectiva a mecanismos de protección y reparación de derechos.
Más allá de la Lista Corta: las alertas internacionales continúan
En algunos sectores gubernamentales y empresariales podría intentarse presentar la no inclusión de El Salvador en la Lista Corta de la Comisión de Aplicación de Normas como una prueba de normalidad democrática y laboral. Sin embargo, el propio escenario internacional demuestra que tal interpretación sería equivocada.
La Lista Corta es únicamente uno de los múltiples mecanismos de supervisión existentes dentro del sistema internacional del trabajo. La realidad es que El Salvador continúa apareciendo en diversos espacios de observación y monitoreo internacional.
El hecho de que la CSI ubique al país en la categoría de “Violaciones sistemáticas de los derechos” significa que las preocupaciones internacionales permanecen vigentes y son compartidas por la mayor organización sindical mundial.
Más aún, las observaciones sobre restricciones al espacio cívico, obstáculos a la libertad sindical y limitaciones al acceso a la justicia aparecen precisamente en una publicación difundida durante la Conferencia Internacional del Trabajo, el principal foro mundial sobre derechos laborales.
Por ello, la discusión sobre la situación salvadoreña no concluye con la elaboración de una Lista Corta. Las evaluaciones de la CSI, las observaciones de los órganos de control de la OIT, los informes de organizaciones de derechos humanos y las denuncias presentadas por sindicatos nacionales e internacionales continúan conformando un expediente internacional cada vez más amplio sobre la situación de los derechos laborales en el país.
La defensa de derechos es constante.
La publicación del Índice Global de los Derechos 2026 constituye un recordatorio de que la defensa de la libertad sindical y de los derechos laborales no depende exclusivamente de la inclusión o exclusión de un país en una lista determinada.
Lo verdaderamente relevante es que los organismos internacionales especializados continúan registrando preocupaciones sustanciales sobre la situación salvadoreña. La calificación 4 asignada a El Salvador, las referencias al deterioro del espacio cívico, las restricciones a la libertad de asociación y las limitaciones al acceso a la justicia muestran que las denuncias impulsadas por las organizaciones sindicales independientes no han sido ignoradas por la comunidad internacional.
La ausencia en la Lista Corta puede haber evitado un debate específico en la Comisión de Aplicación de Normas, pero no ha borrado las evidencias acumuladas ni ha modificado las valoraciones que continúan realizando los principales organismos internacionales especializados en derechos laborales.
Por ello, la tarea del movimiento sindical sigue siendo la misma: documentar, denunciar, organizar y construir solidaridad nacional e internacional hasta que los derechos laborales y sindicales sean plenamente garantizados para toda la clase trabajadora salvadoreña.
Pueden ver el informe en el siguiente enlace:
*Luchador social, Sindicalista y Columnista
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