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Diputados acuerdan prohibir desalojos de vivienda sin haberse agotado los procesos

Redacción Nacionales
@DiarioCoLatino

La Comisión de Economía de la Asamblea Legislativa emitió dictamen favorable para reformar la ley de Protección al Consumidor a fin de dotar de nuevas facultades a la Defensoría del Consumidor para proteger a las familias sobre sus viviendas e imponer sanciones en caso de un posible desalojo sin seguir el debido proceso.

El diputado de Alianza Republicana Nacionalista (ARENA), Rodrigo Ávila, afirmó que con esta reforma lo que se busca es homologar la Ley de Protección al Consumidor con la Ley de Inquilinato y el Código Procesal Civil y Mercantil. Este tema fue tratado por la Comisión de Economía y la Comisión de Legislación por tal, este jueves, ambas instancias legislativas se reunieron y escucharon al presidente de la Defensoría del Consumidor, Ricardo Salazar.

Según dijo Salazar, el objetivo de la reforma es brindar mayor tutela de derechos, a través de la inclusión de nuevas disposiciones que permitan prevenir prácticas abusivas en el tema de vivienda y fortalecer la aplicación efectiva para la protección y defensa de los intereses de los consumidores.

El presidente de la Defensoría del Consumidor reveló que en materia inmobiliaria, desde junio 2019 a junio 2022, han ejecutado 4,992 atenciones, de las cuales 4,364 fueron asesorías y 628 denuncias. Hasta la fecha, se lograron cerrar 584 casos de denuncias. De esos 584, un total de 43 corresponden a casos individuales y 541 a casos colectivos. Más de 5 mil personas han sido beneficiadas.

Enfatizó que este es un tema en el cual existe una naturaleza de relación de consumo, determinada por un proveedor que debe tener ciertas características formales, que lleven a darle un buen servicio al usuario final. “En la ley actual, identificamos un vacío en el tema de amenazas y desalojos, prácticas que ejecutan los proveedores al momento que el consumidor cae en impago o mora. Lo hacen sin orden judicial y, a veces, aplicando la violencia”.

En ese sentido, se incluyó un literal al artículo 18 para prohibir las amenazas y los desalojos de inmuebles, viviendas y lotificaciones, cuando las personas estén en mora o tengan un inconveniente para poder pagar y no se hayan agotado los mecanismos de solución de controversias.

De acuerdo a Salazar, los que hagan este tipo de acciones caerán en una sanción. “En el sector inmobiliario, muchas lotificadoras y proveedores de servicios inmobiliarios realizan amenazas sin seguir un debido proceso a consumidores con retrasos en sus pagos o que se encuentran en situación de mora”.

 

“Es una práctica abusiva, la cual va a ser sancionada con una multa de hasta 500 salarios mínimos por medio de la cual se van a sancionar a aquellos proveedores que no sigan el debido proceso”, destacó Salazar.

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