P0r: Luis Rivera
Sobre el caso judicial de los ambientalistas de Santa Marta, considero importante trasladar tres mensajes claros a la población salvadoreña: primero, que la Constitución y el Estado de Derecho han prevalecido; segundo, que la defensa de derechos humanos y del medio ambiente no puede criminalizarse; y tercero, que no pueden aceptarse mecanismos de castigo indirecto por la vía civil después de haberse confirmado la inexistencia de responsabilidad penal.
La reciente resolución emitida por la Cámara de la Tercera Sección del Centro, con sede en San Vicente, representa un hecho significativo en un contexto marcado por cuestionamientos sobre independencia judicial y garantías procesales. La Cámara confirmó la absolución penal dictada previamente por el Tribunal de Sentencia de San Vicente a favor de los ambientalistas de Santa Marta, ratificando así una decisión judicial que ya había determinado la inexistencia de responsabilidad penal en el caso.
El triunfo de la justicia sobre la arbitrariedad queda reflejado en una sentencia que demuestra que todavía existen jueces capaces de respetar y aplicar la Constitución, el debido proceso y la valoración objetiva de la prueba, aun frente a cualquier presión política, mediática o institucional. En este caso, la justicia prevaleció frente a un proceso que durante años fue señalado por organizaciones sociales y sectores de derechos humanos como un caso de persecución contra defensores ambientales.
Al mismo tiempo, la resolución constituye también la confirmación de la inocencia frente a una acusación carente de respaldo probatorio. Desde el inicio se denunció que la acusación carecía de solidez probatoria y que el verdadero objetivo era criminalizar a quienes históricamente han defendido el territorio, el agua y la vida en la comunidad de Santa Marta. Hoy, con una segunda resolución favorable, se confirma que defender derechos no es delito.
No obstante, el caso aún deja aspectos que generan preocupación jurídica. En particular, se mantiene la necesidad de una vigilancia estricta frente a la responsabilidad civil impuesta en abstracto dentro del mismo proceso. Resulta contradictorio sostener consecuencias económicas cuando la jurisdicción penal ha determinado que no existe responsabilidad criminal acreditada. La vía civil no puede convertirse en un mecanismo residual de castigo ni en una extensión indirecta de la persecución denunciada durante años.
Tras dos resoluciones judiciales consecutivas que favorecen a los ambientalistas, cualquier intento de prolongar innecesariamente este caso reforzaría aún más los señalamientos de persecución política que han acompañado este proceso desde sus inicios.
El caso de los ambientalistas de Santa Marta deja una reflexión profunda para los salvadoreños: la defensa del medio ambiente, del agua y de los derechos humanos no puede tratarse como una amenaza criminal dentro de una sociedad democrática.
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