El TSE será “despartidizado”
Samuel Amaya
@SamuelAmaya98
La Asamblea Legislativa aprobó dos reformas constitucionales vía dispensa de trámite: la primera, para que la diáspora cuente con representación en la Asamblea Legislativa; la segunda, para que los magistrados del TSE no sean a propuestas de los partidos políticos.
Ambas propuestas fueron realizadas en el pleno. El presidente Ernesto Castro pidió las firmas de los legisladores de la solicitud; de hecho, el oficialismo se tardó 50 minutos, solo para este proceso. Luego se convirtieron en acuerdo de reforma constitucional para seguir con el proceso.
Reforma constitucional para representación legislativa de la diáspora
La primera de las reformas constitucionales fue solicitada por el presidente Nayib Bukele a través de las redes sociales. La reforma a la Carta Magna es al artículo 79 para que haya una circunscripción electoral en el exterior para la votación legislativa. La base del mismo será la cantidad de salvadoreños cuya dirección de DUI esté en el exterior.
Fue la cuenta oficial de Casa Presidencial, la que informó que el presidente Bukele solicitaba a la Asamblea Legislativa la reforma a la Carta Magna. En el comunicado emitido por la entidad, señaló que “por primera vez, la diáspora contará con diputados elegidos específicamente para su representación, con voz en las decisiones que definen el rumbo del país, en lugar de ser asignados sus votos al departamento de San Salvador, como ha sido hasta ahora”.
La Presidencia informó que “actualmente, hay más de 3 millones de salvadoreños en el exterior”, y todos aquellos que cuentan con Documento Único de Identidad pueden ejercer su derecho al voto, independientemente de su lugar de residencia. De ellos, más de 950 mil tienen domicilio registrado fuera del país.
“Este último dato refleja la dimensión de una comunidad que ya participa en el sistema político salvadoreño y que hoy merece un reconocimiento estructural, con una representación específica por primera vez en la Asamblea Legislativa, con diputados a quienes podrán elegir, exigirles y remover en elecciones libres”, destacó Presidencia.
El Gobierno señaló que dicha reforma constitucional “respeta la configuración actual de la Asamblea Legislativa”; es decir, los 60 curules. “La representación de la diáspora se establecerá en proporción a su peso dentro del padrón electoral, garantizando un equilibrio en la distribución de la representación”.
El presidente de la Asamblea Legislativa pidió al equipo técnico que elaborara el decreto de reforma constitucional para aprobarlo la misma tarde de este miércoles.
El nuevo articulado, aprobado con 57 votos a favor, quedó de la siguiente manera: Artículo 79: “En el territorio de la República y en el extranjero, se establecerán las circunscripciones electorales que determinará la ley. La base del sistema electoral en el territorio de la República, es la población y en el extranjero, el registro electoral”.
Partidos políticos ya no podrán proponer ternas para integrar al TSE
La segunda reforma fue al Art. 208 de la Cn. para «despartidizar» el Tribunal Supremo Electoral (TSE). Es decir, para que los partidos políticos que hayan obtenido mayoría de votos en la última elección presidencial ya no propongan las ternas para integrar el TSE.
Es de recordar que el organismo colegiado, según el Art. 208 actual está integrado por 5 magistrados propietarios y 5 suplentes, elegidos por la Asamblea Legislativa. Tres provienen de ternas de los partidos con más votos en la última elección presidencial y dos de ternas de la CSJ. Según Castro, con esta reforma, se igualará la forma en que se eligen a funcionarios de segundo grado, como los de la CSJ, CCR, PGR, PDDH, FGR.
Castro señaló que es “oportuno” que se apruebe “con la finalidad de despartidizar al TSE para que este sea integrado por funcionarios que no obedezcan a intereses partidarios y con lo cual también se estaría atendiendo al criterio de igualdad en la forma de cómo se eligen a funcionarios de elección de segundo grado, como la Corte Suprema de Justicia, Corte de Cuentas, Fiscalía General de la República, Procuraduría General de la República”.
Es decir, que la Asamblea informe que iniciará el proceso para elegir a los magistrados del TSE y que estos, sean entrevistados por la Comisión Política y que la misma Asamblea los elija.
Sin embargo, la legislación ya establece que los magistrados del TSE no deben tener afiliación partidaria, pero son propuestos por los partidos políticos. En 2014, la Sala de lo Constitucional de la Corte Suprema de Justicia en la sentencia 18-2014, inconstitucionalidad promovida por el abogado Enrique Anaya, declaró inconstitucional el decreto legislativo de elección de Eugenio Chicas, como magistrado del TSE, ya que se trataba de una persona afiliada a un partido político (FMLN).
El argumento de la Sala fue que las personas que tengan afiliación partidaria son “incompatibles” con el ejercicio de las funciones jurisdiccionales. Esa misma sentencia, permitió que Eugenio Chicas terminara su periodo en julio de 2014, no afectando las resoluciones emitidas por el entonces funcionario.
El nuevo articulado queda de la siguiente manera: Art. 208, Inc. 1: “Habrá un Tribunal Supremo Electoral, que estará formado por 5 magistrados quienes durarán seis años en sus funciones y serán elegidos por la Asamblea Legislativa. Tres de ellos, serán elegidos de un proceso general y público que la comisión respectiva realice. Los dos magistrados restantes serán elegidos con el voto favorable de, por lo menos, los dos tercios de los diputados electos, de dos ternas propuestas por la Corte Suprema de Justicia. En ambos casos los aspirantes deberán reunir los requisitos para ser magistrados de la Corte Suprema de Justicia y no tener ninguna afiliación partidista”.
Mientras que el Art. 208, Inc. 3: Queda de la siguiente manera: “El magistrado presidente de dicho organismo colegiado será elegido por la Asamblea Legislativa”.
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