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¿Voto del exterior para el fraude?

Licenciada Norma Guevara de Ramirios

Por fin los diputados oficialistas y sus aliados aprobaron una nueva ley para el voto desde el exterior; por fin muestran con el adefesio jurídico aprobado que se niegan a realizar una elección transparente.

El decreto aprobado permite que los salvadoreños en el exterior voten para elegir presidencia de la República y diputaciones a la Asamblea Legislativa; lo niegan para el parlamento centroamericano y, aunque la Sala de lo Constitucional resolvió que también participaran en la elección de concejos municipales, esto no se aplicará.

Así como a la Sala se le fue la mano al establecer que desde el exterior se permitiera el voto para concejos municipales, a esta Asamblea se le va de la mano la seguridad jurídica de la próxima elección.

Es increíble que se mantenga, en su segundo decreto, el facultar el voto con documentos vencidos y, más aún, si en esos documentos se establece, como documento probatorio de la nacionalidad salvadoreña, el pasaporte, vigente o vencido.

Quitaron el uso de partidas de nacimiento que habían aprobado en septiembre de 2021; eso es lo único bueno del último decreto.

Establecen el voto adelantado y por internet, que se materializaría mediante aparatos colocados en los consulados que el Tribunal Supremo Electoral (TSE) establezca.

¿Donde están las violaciones a la Constitución?

El artículo 77 de nuestra Carta Magna afirma que, “para el ejercicio del sufragio es condición indispensable estar inscrito en el Registro Electoral, elaborado por el Tribunal Supremo Electoral”; y el Código Electoral le dice al TSE cómo  y en qué tiempos se construya dicho registro electoral.

La base para ese registro es el Documento Único de Identidad (DUI), los plazos son establecidos con claridad, se debe cerrar un año antes de la fecha fijada para las elecciones, en ninguna parte se establece que ese registro se elabora con documentos como el pasaporte o con los pasaportes vencidos.

Existen resoluciones y leyes que establecen los plazos de vigencia de los documentos para identificarse y para que cualquier trámite sea legalmente válido.

De modo que si alguien se presenta con pasaporte extendido hace 30 años va a poder votar, aunque la fotografía de aquel tiempo y la fisonomía actual hayan cambiado,

La razón por la cual la validez del DUI es de ocho años, es el cambio fisonómico que se puede experimentar en un tiempo muy largo. Esto es más serio, puesto que el DUI es también documento para votar.

Otro elemento violatorio de la Constitución, en ese decreto aprobado, es lo referente a las circunscripciones.

La Carta Magna, en el artículo 79, establece que las circunscripciones electorales se definirán en la ley, y la ley electoral establece que esas circunscripciones son departamentales; además, establece que la base del sistema electoral es la población, pero, en la ley aprobada para el voto del exterior, se ha establecido que todos los que usen pasaporte al ejerecer el sufragio, su voto se acreditará o asignará a la circunscripción del departamento San Salvador.

Eso significa que el registro electoral nacional, segmentado por departamento, la ciudadanía sabrá cuántos electores tienen 13 departamentos, pero el departamento San Salvador no sabrá cuántos electores tiene, pues a los ciudadanos que en su DUI aseguran que su domicilio es uno cualquiera de los 19 municipios, se agrega ahora a un número indeterminado de personas que se presenten a votar con DUI, sean originarios de cualquier lugar.

Más grave es esto, pues la ley no establece el empadronamiento, que si estaba en los decretos derogados.

El TSE debería exigir claridad en estos terrenos, para evitar que por estos vacíos creados intencionadamente o por ignorancia de los diputados, se cometa el más brutal de los fraudes electorales.

Ya el anuncio de presentarse a la reelección, por parte del ciudadano presidente, es el primero, pero este otro arrastraría también a la elección de diputados de la Asamblea Legislativa.

Dirán los partidarios del oficialismo que lo que diga la mayoría de diputados vale, que sólo juzga la constitucionalidad de las leyes la nueva Sala de lo Constitucional, pero eso es un argumento tramposo, pues la Constitución está escrita, y las leyes también, las y los ciudadanos tenemos el deber de conocerlas y los funcionarios la obligación de cumplirlas.

Sí, la afirmación del derecho de nuestros hermanos en el exterior no es pretexto para el mayor fraude de la historia, ese decreto debe corregirse y el TSE debe exigirlo para no caer en complicidad.

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