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Sobre devolver los fondos de pensiones

M.Sc. José Rodolfo Castillo*

Ante las solicitudes de anticipar al afiliado parte de los fondos de pensiones deben tomarse en cuenta muchos aspectos técnicos, comparto que en este momento de calamidad debe buscarse medidas para paliar dicha crisis por lo que comento lo siguiente:

Actualmente las AFP administran un Fondo de Pensiones de aproximadamente US$12,000 millones, de los cuales aproximadamente el 90 % están invertidos en títulos valores,  incluyendo más de US$6,000 millones en el Fideicomiso de Obligaciones Previsionales.

Si se decide aprobar la devolución del 50 % del ahorro previsional, tal como lo solicitan algunos, las AFP tendrían que disponer de US$6,000 millones en efectivo para atender la petición, esto traería como consecuencia que las AFP tendría que pedirle a los emisores (recordemos que el Fondo de Pensiones está invertido en títulos valores tales como Certificados de Inversión Bonos, CIP, etc.) redimir esos títulos valores, lo cual nos lleva a la pregunta ¿tendrá el Estado y los inversionistas el dinero para  cancelar dichos títulos?, la respuesta es muy probable que no.

Ante aquella situación para cumplir con la eventual aprobación, las AFP tendrían que buscar a otros inversionistas que estén dispuestos adquirir los referidos títulos, lo cual por una ley de oferta y demanda es muy probable que tendrían que negociarse a un valor “bajo par”  (a menor precio), esto generaría una pérdida financiera para los Fondos de Pensiones. ¿Es esto lo que quieren los que se están desgarrando las vestiduras por esta medida?

Otro aspecto que debe tomarse en cuenta de aprobarse lo anterior es que, si bajo las condiciones actuales los futuros pensionados, particularmente los “obligados”,  están condenados a recibir una pensión por debajo de los parámetros que establece la doctrina previsional internacional (Convenio 128 de la OIT), con una medida como la propuesta  estas pensiones serían paupérrimas.

Por otra parte, es interesante oír cómo se aboga por beneficiar en estos momentos a las personas afiliadas de las AFP (activos y pensionados), pero no se propone absolutamente nada similar para los afiliados del ISSS e INPEP, en donde se encuentra la mayor parte de las personas percibiendo una pensión mínima (US$207.60).

Como lo dije -al principio- no estoy en contra que bajo las condiciones actuales se adopten medidas que ayuden a la población, pero deben ser medidas prudentes que ayuden a la población, principalmente a aquellos más vulnerables, pero debe hacerse sin poner en riesgo el futuro de las pensiones, y sin crear una crisis financiera.

Aunque no es la única opción,  podría considerase lo siguiente: a los no pensionados permitirles retirar de su Cuenta Individual de Ahorro para Pensiones hasta un 5.00 % de dicho saldo, sin exceder los US$2,000.00, esto representaría una erogación de aproximadamente US$450.00 millones; a los pensionados permitirles adelantar el equivalente a cuatro pensiones los que reciban menos de US$500.00; tres pensiones para los que reciban hasta $1,000.00; lo que representaría una erogación aproximadamente de US$125.00 millones, haciendo un total de aproximadamente US$575.00. Esta medida podría contribuir incluso a que el Gobierno no tenga que trasladar  a algunas familias el Bono de los $300 acordados y redireccionar esos recursos a otros sectores tales como los pensionados del ISSS y del INPEP, el cual podría ser hasta dos pensiones para pensionados que devenguen una pensión menor o igual a los $1,000.

Como se mencionó anteriormente, esta medida representaría extraer de los Fondos de Pensiones aproximadamente US$575.00 millones, los cuales es muy probable que las AFP dispongan de esos recursos, ya que la Ley del SAP en su artículo 103, inciso tercero establece que las AFP podrá disponer en cuentas corrientes hasta el 10 % del activo del fondo, si así fuera, las AFP tendrían liquidez que les permitiría contribuir a enfrentar la crisis que actualmente vivimos los salvadoreños, particularmente los afiliados al Sistema de Ahorro para Pensiones.

Finalmente es importante señalar que paralelamente a esta decisión se debe pensar inmediatamente en una reforma del Sistema de Pensiones, a fin de que en el diseño de dicha reforma se compense la medida emergente que solicita la población, sin poner en riesgo el futuro previsional.

*Actuario y especialista en Seguridad Social

Resolución Ministerial No. 416/00

República Argentina

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