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Sala de lo Constitucional aclara sobre sentencia en caso Equifax

@BeatrizCoLatino

La Sala de lo Constitucional de la Corte Suprema de Justicia (CSJ) decidió dejar claro su postura ante la sentencia que emitió hace unos días, check en el caso Equifax o Dicom.

Los magistrados Constitucionales afirman que su sentencia fue encaminada a reconocer la “vulneración del derecho a la protección de datos personales o derecho a la autodeterminación informativa de los titulares de datos, store contra la sociedad Equifax Centroamérica, S.A. de C.V. o (DICOM)”.

“La Sala aclara que en dicha sentencia se ordenó a la sociedad Equifax Centroamérica que depurara o eliminara –bajo la supervisión de la Superintendencia del Sistema Financiero, como autoridad delegada para la supervisión del cumplimiento de la sentencia, la información sobre la cual no tuviera la autorización o consentimiento de sus titulares para su recopilación, almacenamiento, consulta o transmisión”.

“En ese sentido, no se le ordenó a la Superintendencia del Sistema Financiero que denegara la autorización a dicha sociedad para operar como agencia de información de datos sobre historial crediticio, sino que dicha institución  lo hizo dentro de un procedimiento independiente al trámite de ejecución de la sentencia emitida en el proceso de amparo”, explican.

Asimismo, advirtieron que la resolución deja a salvo a la Superintendencia del Sistema Financiero (SFF )el uso de sus facultades legales.

Además, estableció que las autoridades que tengan facultades legales de control sobre las agencias de información, los bancos, entidades de tipo financiero y demás particulares que realicen actividades relacionadas con la recopilación, el almacenamiento, la conservación, organización, comunicación, transferencia o transmisión de datos sobre el historial de crédito de los consumidores o clientes, “tienen la obligación de cumplir con la Constitución y la normativa secundaria que regule dicha actividad, por lo que deberán atender los fundamentos constitucionales que al respecto se han expuesto en la sentencia emitida en este proceso”.

La resolución de explicación fue firmada por los magistrados Armando Pineda, Florentín Meléndez, Belarmino Jaime y Rodolfo González.

Hace unas semanas la SSF decidió suspender los permisos a la empresa de récord crediticio por no cumplir con los requisitos  de ley, incluso pidió que Equifax entregue su base de datos. Hasta hoy la empresa se niega a entregar los datos.

Incluso la SSF explicó que buscaría asistencia de la Fiscalía para recuperar ese tipo de información, como lo es la base de datos, ya que algunos de los salvadoreños no dieron su autorización para manejar información.

También la semana pasada  la Sala de Contencioso Administrativo revocó la medida cautelar que había emitido a favor de Equifax y otorgó libertad a la SSF para aplicar medidas.

El sábado, la  SSF informó que autoriza a las empresas TransUnion El Salvador S.A. de C.V y de la Asociación Protectora de Créditos de El Salvador (Procredito) para que puedan operar como agentes de servicios informativos de historiales crediticios.

La decisión fue avalada por el Consejo de Directores el pasado 7 de noviembre, luego de cumplir con la adecuación de los operadores y base de datos.

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