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Sala admite controversia por fondos FOMILENIO y FODES

Joaquín Salazar
@JoakinSalazar

La Sala de lo Constitucional de la Corte Suprema de Justicia (CSJ) admitió dos procesos de controversia constitucional entre los órganos Legislativo y Ejecutivo. La primera controversia admitida corresponde a la supuesta inconstitucionalidad del Decreto Legislativo 782, del 26 de noviembre del 2020, en el que se reforma la Ley del Presupuesto General vigente con la incorporación de $354.2 millones de dólares.

El presidente vetó este decreto al considerar que trasgrede el principio de legalidad en la actuación de la administración pública. Además, el decreto conlleva una violación al principio de equilibrio presupuestario y a la seguridad jurídica, ya que “la reforma ha causado una distorsión de los recursos provenientes de la deuda pública que se autorizaron por el Decreto Legislativo 640”, sostiene el Ejecutivo.

La segunda controversia es en relación al Decreto Legislativo 781, aprobado por la Asamblea el 26 de noviembre, en el que se reforma el decreto 640 del 5 de mayo del 2020, en el sentido de reorientar el destino de los fondos obtenidos por empréstito voluntario ahí autorizado. El Ejecutivo vetó este decreto al considerare que ese trasgrede el valor de la seguridad jurídica puesto que la Asamblea desconoció lo aprobado en el artículo 608 del 26 de marzo y el 640, en los que autorizó al Ejecutivo la emisión de títulos valores de crédito a ser colocados en el mercado nacional e internacional. Ambos decretos establecen la distribución aprobada de los recursos por el órgano Legislativo que otorga 288 millones de dólares a los gobiernos locales, a través del FODES; 50 millones a la contrapartida de FOMILENIO; 16 millones para completar el pago de los beneficios de veteranos y excombatientes; y 45 millones para el pago de obligaciones del sector privado.

Los magistrados de la Sala ordenan escuchar la postura en los próximos 10 días hábiles del presidente de la República y de la Asamblea Legislativa, para resolver esta controversia constitucional.

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