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FESPAD junto con Simple Legal y el IIRESDH, realizó el webinar sobre alternativas al habeas corpus. Captura de pantalla.

¿Qué hacer ante una detención arbitraria?

Melissa Sánchez
@DiarioCoLatino

La Fundación de Estudios para la Aplicación del Derecho (FESPAD), junto con Simple Legal y el Instituto Internacional de Responsabilidad de Derechos Humanos (IIRESDH), realizó el webinar sobre alternativas al habeas corpus ¿Qué hacer ante una detención arbitraria?

La actividad Contó con la participación del salvadoreño Herman Duarte, como moderador, y de Víctor Rodríguez Rescia, presidente y director general de IIRESDH. La actividad se llevó en marco de la situación actual de los países sobre la violación de los derechos. “El Salvador, posee una ley de procedimientos constitucionales, una ley de 1960, y ya posee sus años y por lo tanto existen unos puntos que ya están desfasadas y no responden a las necesidades y demandas de la ciudanía”, explicó Saul Baños de FESPAD.

Baños mencionó que la ley contempla que la violación del derecho consiste   en la restricción ilegal de la libertad individual cometida por la autoridad o por individuos, la persona agraviada tiene derecho al habeas corpus, ya sea ante la Sala de lo Constitucional de la Corte Suprema de Justicia o en la Camara de Segunda Instancia fuera de la capital.

Para el especialista, en la región Centroamericana existen graves problemas dado que en varios países no existe una independencia de los Órganos del Estado. “Hay problemas estructurales, pueden ser normativos o de malas prácticas, en Nicaragua la garantía constitucional está, pero no su independencia. En Guatemala hay problemas normativos, muchas veces no existe un análisis si es una detención arbitraria o ilegal de parte del juez”, dijo Rodríguez.

Además, explicó que hay dos vías para recurrir a instancias internacionales, el primero consiste agotar los recursos internos, y, la segunda, sin agotar dichos recursos, y cualquier país puede aplicar ambas vías.

“Para El Salvador y Nicaragua se puede presentar el mismo caso, dado que, al no haber una independencia judicial, sin embargo, el camino más rápido es procedimientos especiales ante el “grupo de trabajo” de las Naciones Unidas sobre detenciones arbitrarias. Es un órgano especializado, tiene presencia en América Latina que es nombrado por el consejo de derechos humanos de la ONU”.

En el caso de Nicaragua, con la detención ilegal y arbitraria de todos los opositores, por razones políticas: “allí ya no es un caso individual, allí es un caso sistemático pragmático, se puede plantear el problema estructura de mala práctica y se puede presentar una other leader (otra carta) y plantear la situación”, enfatizó Para Rescia, las medidas cautelares no son solo para proteger la integridad de las personas, sino que también para prevenir y asegurar que las violaciones de los derechos humanos discutidas no sean infringidas.

Asimismo, el proceso de respuesta del comité sobre la violación de los derechos depende mucho del caso, en algunas situaciones en las que las personas corren riesgos, la respuesta puede ser durante una semana, mientras que, si la medida no es tomada de “alto riesgo”, el trámite del proceso dura alrededor de 6 meses, recalcó Rodríguez.

En cuanto al estado o el funcionario que no tome las medidas cautelares, pueden traer consigo problemas políticos, para Rescia es importante que se establezca una cultura de formación jurídica y de seguridad jurídica dado que en El Salvador se hacen detenciones sin el procedimiento adecuado y las detenciones suelen ser arbitrarias e ilegales. Las acusaciones parecen legales, pero en realidad son falsas.

La orden de detención administrativa en El Salvador es de 72 horas. “El Comité de Derechos Humanos establece que debe ser de 48 horas, y eso se lo hizo ver el comité a El Salvador en la última evaluación, por ello el país debe reformar la constitución” en este aspecto, concluyó Rescia.

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