Página de inicio » Nacionales » Piden no pedir exámenes médicos en cambio de nombre en personas trans
La Mesa Permanente por una Ley de Identidad de Género pide que para los cambios de nombre y sexo en las personas trans, no se exija certificaciones médicas o psicológicas. Foto Diario Co Latino/ Alma Vilches.

Piden no pedir exámenes médicos en cambio de nombre en personas trans

Alma Vilches
@AlmaCoLatino

Las organizaciones que conforman la Mesa Permanente por una Ley de Identidad de Género pidieron que los cambios de nombre y sexo en las personas trans estén enfocados en la adecuación integral de la identidad de género auto percibida, sin exigir requisitos como certificaciones médicas o psicológicas, y otros que puedan resultar irracionales o patologizantes.

Gabriel Hernández, representante de Dike LGTBI+, dijo que los cambios o adecuaciones tanto en los Registros de los Estados Familiares de las alcaldías como los documentos de identidad no deben reflejar cambios y ser confidenciales, en la medida de lo posible que tengan gratuidad; asimismo, no exigir la acreditación de operaciones quirúrgicas y hormonales.

Indicó que el 20 de agosto de 2021 presentaron una propuesta de Ley de Identidad de Género a la actual Asamblea Legislativa, para la cual se pidió apoyo a todos los grupos parlamentarios, pero solo se obtuvo la iniciativa del FMLN y Nuestro Tiempo. Hasta la fecha no hay ninguna notificación de avance del estudio.

“Como organizaciones nos encontramos en total disposición para establecer un espacio de diálogo con la Asamblea Legislativa para aprobar una ley que responda a las necesidades de la población transgénero y particularmente a los parámetros ya establecidos por la Corte Interamericana de Derechos Humanos en la Opinión Consultiva OC-24/17”, externó Hernández.

Según Bianka Rodríguez, directora ejecutiva de la Asociación Comunicando y Capacitando a Mujeres Trans en El Salvador (COMCAVIS TRANS), la sentencia de la Sala de lo Constitucional de la Corte Suprema de Justicia (CSJ) declaró que en el artículo 23 de la Ley del Nombre de la Persona Natural, existe un trato discriminatorio no justificado por razones de género y orientación sexual.

“No se prevén las condiciones que deben reunir las personas quienes desean cambiar su nombre para ser compatibles con la identidad y expresión de género, aunque dicha sentencia es considerada como un avance para las personas transgénero en el país, la misma se limitó a reconocer únicamente el derecho al nombre y no se refirió a la necesidad de adecuar los demás elementos constituyentes del derecho a la identidad en el documento de identificación”, sostuvo.

A criterio de Rodríguez, con dicha sentencia la Sala reafirmó un fallo del Juzgado de Familia aprobado en diciembre de 2021, que autorizó el cambio de nombre a dos mujeres transgénero, convirtiéndose en las primeras con un cambio de acuerdo a su identidad de género.

Mientras tanto, Karla Guevara, del Colectivo Alejandría, manifestó que las políticas del gobierno de Nayib Bukele son contrarias a sus propuestas de campaña, cuando afirmó que nadie quedaría fuera incluida la población LGTBI, sin embargo, en la práctica es lo contrario, pues eliminó la Dirección de Diversidad Sexual y cerró muchas mesas de trabajo instaladas con la sociedad civil y algunos ministerios.

“Nos llama la atención que el presidente Bukele dice estar en contra del matrimonio igualitario cuando debería ser un derecho para todas las personas, la población LGTBQ+ todavía no vemos la voluntad política que quisiéramos en el presidente y sus ministros. No somos un movimiento político, estamos abiertas desde la sociedad civil a sentarnos con los ministerios, para continuar el trabajo relacionado a derechos humanos”, recalcó Guevara.

La abogada de FESPAD, Kerlin Belloso, consideró que este tipo de resoluciones es un avance en el reconocimiento de los derechos humanos de las personas trans respecto al nombre, sin embargo, es peligroso desvirtuar o restarle valor por la no legitimidad de la Sala de lo Constitucional, al no ser electa por los mecanismos idóneos y establecidos ya en la Constitución de la República.

Detalló que el fallo es producto de un recurso de inconstitucionalidad interpuesto en 2016, en 2020 las organizaciones presentaron otra demanda por la Ley del Nombre, la cual hasta la fecha no han resuelto; esta resolución no es solo parte de la voluntad política del Estado, sino es el resultado de la lucha de las personas trans en El Salvador y buscar espacios de diálogos no abiertos.

Ver también

Placas de vehículos de 2011 tendrán validez hasta 2025

Alessia Genoves Colaboradora La Asamblea Legislativa  aprobó, con 71 votos a favor y con dispensa de …