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Magistrados declaran no ha lugar demanda sobre elecciones para rector en la UES

@JoakinSalazar

Magistrados establecen validez de nulidad de elección y dan apertura a nuevo proceso. Los magistrados de la Sala de lo Constitucional, de la Corte Suprema de Justicia (CSJ) desestimó una demanda de amparo, presentada por la ex candidata a rectora de la Universidad de El Salvador, por la supuesta vulneración, por la declaratoria de nulidad de elecciones de la Asamblea General Universitaria (AGU).

“No existió la vulneración del derecho a una resolución motivada, por lo que es procedente desestimar la pretensión con respecto a este derecho. Asimismo, en virtud que la supuesta vulneración al derecho a optar a cargos públicos que alega la peticionaria deriva de la supuesta falta de motivación de los actos reclamados, también es procedente desestimar la pretensión con relación a ese derecho”, estableció la resolución de la Sala.

Los magistrados también ordenaron un cese a la medida cautelar interpuesta en mayo del año pasado, por lo que este año podrán realizarse las elecciones internas para establecer un nuevo rector de la universidad pública.

En noviembre del 2015, la demandante, Ana María Glower, presentó está demanda de amparo en la que explicó que  participó en el proceso electoral como precandidata para el cargo de Rector y, según las actas de escrutinio final de los consejos preelectorales, ganó mayoría en los 3 sectores que conforman la universidad, por la que a su juicio de Glower debía ser nominada como candidata única por los tres sectores de la UES y, por consiguiente, debía ser elegida por la AGU para el cargo, ya que, de conformidad con la normativa electoral de la universidad, cuando un candidato obtiene mayoría en los 3 sectores la AGU debe someter a votación su candidatura las veces necesarias hasta obtener la mayoría requerida en el pleno de la AGU.

El conflicto inició cuando algunas asociaciones de profesionales aseguraron que habían sido excluidas del padrón que la AGU había autorizado para participar en el proceso electoral de la Facultad Multidisciplinaria de Occidente (FMO) y, por ello, interpusieron 3 recursos de nulidad. Mismo que lacAGU admitió y resolvió en anular el proceso y convocar a un nuevo proceso electoral.

Ante estos argumentos de la peticionaria, los magistrados establecieron que la pretensión de la demandante estaba orientada a que la Sala calificara como inconstitucional la interpretación que hizo la autoridad demandada del concepto “irregularidades”, Sin embargo, de conformidad con la normativa electoral universitaria la AGU es la autoridad competente para determinar en cada caso concreto qué supuestos pueden constituir irregularidades que den lugar a la nulidad relativa de los procesos electorales.

“La AGU expuso de manera suficiente los motivos que le llevaron a declarar la nulidad de las elecciones para el cargo de Rector y otras autoridades de la UES”, por lo tanto la Sala establece “sobreséese en el presente proceso de amparo promovido por la señora Ana María Glower de Alvarado, contra la Asamblea General Universitaria de la Universidad de El Salvador”.

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