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Ley de cultura: un enorme desafío nacional

Juan Carlos Sánchez Mejía

Mutilada. No existe mejor – o peor – calificativo que describa el producto que surgió de la Asamblea Legislativa, en agosto recién pasado, al aprobarse la Ley de Cultura (Decreto Legislativo 442, del 11 de agosto de 2016).

Del anteproyecto que presentó el FMLN, el cual fue producto de un significativo esfuerzo de consulta ciudadana, nada más subsistió el 39% del articulado; es decir que de cada diez artículos originarios, sólo cuatro nacieron a la vida normativa del país. Y muchos de los que lograron pasar ese “colador” legislativo, fueron sensiblemente transformados en su espíritu, tal es el caso de la del Fondo Nacional Concursable para la Cultura (FONCCA).

Una de las supresiones más lamentables – no la única por supuesto – es la del Ministerio de Cultura. Y es lamentable no sólo porque se trata de una promesa de campaña de la actual administración presidencial, sino porque es una justa y legítima aspiración social y de la comunidad artística en particular. Una clase gobernante que pregona a los cuatro vientos el desarrollo democrático del país, pero que obvia u obstruye el fortalecimiento de su institucionalidad cultural, es poco menos que seria. No puede haber una democracia saludable sin un desarrollo cultural sólido y una gestión estatal comprometida. Esperemos que las actuales autoridades culturales del país, tengan la voluntad y la correlación necesaria para superar este déficit normativo provocado por la Asamblea Legislativa.

Pero ¿hay motivos para que la comunidad artística y cultural del país pueda sentir entusiasmo? Desde mi modesta opinión, creo que los hay. En esta ocasión, quizás valga la pena asumir la perspectiva del vaso medio lleno y no del medio vacío; contar con la ley, aún con todos sus yerros, es un primer paso. No el mejor, pero es un paso hacia adelante.

La Ley de Cultura contiene disposiciones importantes que pueden servir de plataforma para lanzar próximas generaciones normativas, ya sean nuevas leyes o las necesarias reformas a la aprobada en agosto. Veamos algunos aspectos positivos: declara a la cultura como un derecho humano que debe ser protegido y fomentado por el Estado (Artículos 4 y 17) y que se perfecciona con la vigencia de los derechos a la identidad cultural (Artículo 19) a la historia y al patrimonio (Artículo 20) a los saberes ancestrales (Artículo 21) al uso del espacio público (Artículo 22), entre otros. Reconoce la dignidad de los/as artistas y su obra (Artículos 5 y 91) y la participación ciudadana en el desarrollo cultural, (Artículo 6), garantiza el respeto y fomento de las lenguas ancestrales y de los pueblos indígenas del país (Artículos 9 y 11) . Por el lado de la gestión y la institucionalidad estatal, confiere responsabilidades a los gobiernos municipales para que diseñen, gestionen y fomenten sus propias políticas culturales. Crea el Fondo Nacional Concursable para la Cultura (FONNCA) como un ente autónomo, responsable de fomentar la educación y producción artística, la investigación y el fomento de las industrias culturales (Artículo 51). El patrimonio del Fondo, se basa en un fideicomiso en el que el Estado hará un aporte inicial de un millón de dólares (Artículo 63 y 71) Lamentablemente, también crea una estructura organizativa compleja y poco democrática, que puede poner en riesgo la finalidad y el funcionamiento de esta instancia. Siempre en el ámbito institucional, la ley crea un instituto superior en artes, así como registros nacional y municipales de las y los artistas como trabajadores/as culturales, de modo que tal profesión u oficio sea incorporada en los documentos de identidad personal, como el DUI, pasaporte o licencia de conducir.  Pero la ley debe superar un escollo más complicado que el que vivió y sufrió en el debate legislativo: el de la voluntad política real de las autoridades estatales, especialmente del Órgano ejecutivo, para que pongan en marcha las disposiciones legales – entiéndase mandatos imperativos y no meras sugerencias  – de esta ley, ya que exige a ciertas carteras que, por primera vez, enfoquen su gestión institucional desde y con los ojos de la cultura. Entre otras carteras, la ley implica a educación, hacienda, turismo, gobernación, relaciones exteriores, Secultura, INJUVE, UES, entre otras.  Por ello, es fundamental la vigilancia y la participación activa de la sociedad y de la comunidad artística – cultural del país, en el seguimiento de esta Ley. La historia nos ha demostrado que los derechos humanos no son regalías sino conquistas permanentes y que la cultura nunca ha ocupado una posición determinante en las políticas públicas, pese a los buenos discursos oficiales.  Solo una vigilancia ciudadana organizada, especialmente de las y los artistas y trabajadores/as culturales en sus diversas manifestaciones, hará posible que las futuras generaciones, gocen de un país democrática y culturalmente desarrollado. Esto constituye un gran desafío que debemos enfrentar y superar.

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