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La única resolución legal y justa

Representantes de los principales espacios del movimiento social salvadoreño pidieron esta semana a la Cámara Penal de Cojutepeque rechazar la apelación presentada por la Fiscalía y confirmar el sobreseimiento definitivo de los líderes comunitarios de Santa Marta y ADES, tal como lo ha solicitado también la defensa legal de los ambientalistas.

En una carta entregada ayer a la Cámara, los representantes sociales piden a los magistrados que ratifiquen el fallo absolutorio emitido por el Juzgado de Sentencia de Sensuntepeque el pasado 18 de octubre, en el que -por unanimidad- las tres juezas integrantes de dicho tribunal resolvieron que “la Fiscalía General de la República (FGR) no pudo demostrar la existencia de delito de lesa humanidad ni de crimen de guerra tal como los definen y caracterizan el Estatuto de Roma de la Corte Penal Internacional y los Convenios de Ginebra”.

Según la resolución, el supuesto asesinato “no fue parte de un patrón sistemático y generalizado de ataque contra la población civil” y la supuesta víctima “no pertenecía a la población civil, sino que era miembra de la organización guerrillera Resistencia Nacional”.

Lo anterior fue confirmado por el propio testigo protegido de clave “Soriano”, los hijos de la supuesta víctima y por documentación del Fondo de Protección de Lisiados y Discapacitados (FOPROLYD) donde la señora María Inés Alvarenga aparece censada como “combatiente del FMLN fallecida el 22 de agosto de 1987. Por cierto, esta fecha no es la misma mencionada en el relato de la Fiscalía que ubica el cometimiento del supuesto asesinato en 1989.

Las juezas de Sentencia establecieron que, al no constituir un delito de lesa humanidad ni un crimen de guerra, el supuesto asesinato ya prescribió y -por tanto- “la acción penal es imposible”. Por tal razón, emitieron un fallo absolutorio para los activistas ambientales.

Las organizaciones sociales consideran que “dicho fallo judicial es apegado a derecho, pues cumple con los principios de legalidad, debido proceso y aplicación de la justicia”. Por tanto, sostienen que debe ser ratificado por la Cámara.

Los representantes sociales también hacen ver la Cámara la debilidad probatoria que caracteriza a la acusación penal. Señalan que la Fiscalía se basó en el relato contradictorio de un sospechosos testigo protegido que en el requerimiento fiscal dice que “presenció los hechos”, en la audiencia inicial como anticipo de prueba declaró que “le contaron lo sucedido” y finalmente en la vista pública reconoció que él “no estuvo en el lugar” y que “no vió nada”.

También mencionan que “durante la exhumación tampoco fue encontrado el cadáver de la supuesta víctima y la Fiscalía no presentó otras pruebas que compensaran la ausencia del cuerpo del delito”, razón por la cual “no es posible probar la existencia del delito y mucho menos la participación de los acusados en su cometimiento”.

Además, expresan que el caso “nunca tuvo como objetivo real investigar y hacer justicia por un supuesto crimen de la guerra, sino instrumentalizar la justicia restaurativa y transicional para criminalizar y perseguir al activismo ambiental en El Salvador”. Basan su afirmación en que “cinco de las seis personas que fueron procesadas son defensores del medioambiente y el juicio en su contra es una represalia por denunciar la posible reactivación de proyectos de minería metálica a pesar de estar prohibidos por ley”.

“Su detención se dio en medio de claras señales de la posible reversión de la prohibición de la minería y justo después de que la comunidad y la organización a las que ellos pertenecen empezaron a advertir a los diversos sectores del país sobre los graves peligros que representa la explotación minera para el agua, los ecosistemas, la salud y la continuidad de la vida de las presentes y futuras generaciones”, dice la carta.

Diario Co Latino no podría estar más de acuerdo con lo planteado por las organizaciones sociales. Creemos que, ciertamente, está en manos de la Cámara Penal de Cojutepeque terminar con esta criminalización y persecución del activismo ambiental en el país.

Esperamos, pues, que los honorables magistrados rechacen el recurso de apelación presentado por la Fiscalía y confirmen el sobreseimiento definitivo de los procesados, ratificando el fallo absolutorio de Juzgado de Sentencia de Sensuntepeque. Consideramos que ésta es la única resolución legal y justa.

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