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La Ley Especial para la Regulación e Instalación de Salas Cunas para los Hijos de los Trabajadores entrará en vigencia el próximo enero 2022. Foto Diario Co Latino/Archivo

Instalación de Salas Cunas en el silencio de la voluntad política

Gloria Silvia Orellana
@GloriaCoLatino

El 97.3 % de personas manifestaron que son las mujeres quienes más abandonan el trabajo remunerado para quedarse a atender las necesidades de cuidado de la familia, cita Carmen Urquilla, coordinadora del Programa de Justicia Laboral y Económica de la Organización de Mujeres Salvadoreñas por la Paz (ORMUSA).

Las cifras y porcentajes que mencionó Urquilla, forman parte de los hallazgos del Diagnóstico Situacional sobre la Regulación e Instalación de Salas Cunas y Cuidados en El Salvador, el cual fue presentado, en compañía de Adolfo Vidal, consultor independiente en derechos humanos.

La Asamblea Legislativa, en el año 2018, aprobó la Ley Especial para la Regulación e Instalación de Salas Cunas para los Hijos de los Trabajadores (LERISCT), que ha venido posponiéndose su implementación, ya sea, por el sector privado o por el Gobierno actual, este último argumentando la Emergencia Nacional por la Pandemia del COVID-19.

“La LERISCT deberá entrar en vigencia en enero de 2022, y en este marco lo que pretendemos es presentar insumos para el diseño de una estrategia de incidencia que pueda ser cabildeada a todos los niveles y las audiencias que sean necesarios. Y es importante posicionar las instalaciones de las Salas Cunas, como parte de los derechos laborales”, explicó.

Sobre los hallazgos, Urquilla agregó que existe un “alto desconocimiento” sobre la LERISCT, que evidencia la poca divulgación que ha tenido este marco jurídico, que ronda el 72.4 % y para el sector empleador un 48.9 %, que demuestra la escasa prioridad de fortalecer el principio de igualdad de condiciones para personas con responsabilidad familiar.

“Este es un derecho de los menos visibles para las personas trabajadoras y, además, esta ley debería estar en armonía con el Convenio 156 de la OIT (Organización Internacional del Trabajo), que fue ratificado en el año 2000, por El Salvador”, manifestó Urquilla.

La investigación para el Diagnóstico Situacional sobre la Regulación e Instalación de Salas Cunas y Cuidados en El Salvador contó con dos encuestas, la primera a personas trabajadoras, con una muestra de 187 personas en total, de ellas, el 77.8 % fueron mujeres y el 22.2 % hombres.

Mientras, en el caso de los empleadores donde la LERISCT es de obligatorio cumplimiento, tanto para las empresas privadas como para el sector público y municipalidades. Aquí participaron 49 instituciones, en donde el 81.6 % fueron empresas privadas y el 18.4 % instituciones gubernamentales.

“Uno de los hallazgos que nos llamaron la atención es que el 96 % de los participantes, consideró que este servicio podría mejorar la calidad de vida de las personas trabajadoras especialmente las mujeres. El estudio también dejó en evidencia como en el país el tema de los cuidados de niñez, sobre todo la infancia, recae sobre las mujeres, es decir, una maternalización de los cuidados”, agregó.

Asimismo, el estudio arroja que más del 52 % de las personas trabajadoras considera oportuno contar con estas Salas de Cuidado en sus trabajos y un 21.1 % consideró que la modalidad designación de bono -cuidado en familia con remuneración- para cuidar de sus hijas o hijos. Mientras, en lo que respecta a las empresas un 55 % mostró mayor disponibilidad a dar bonos para cumplir con la LERISCT.

“Si bien casi un 70 % de empresas e instituciones que han calculado un aproximado de los costes de inversión, el 30.6 % no se atrevieron a deducir los costes en este momento. Aunque las personas trabajadoras consultadas, manifiestan un costo de 80 dólares para el cuido. Y es un alto costo para personas que solo ganan el salario mínimo”, indicó Urquilla.

Mientras, Adolfo Vidal, consultor independiente que lideró la investigación que se presentó ORMUSA, señaló que le sorprendió la realidad sobre el conocimiento de ley frente al Convenio de la OIT, la diferencia era abismal, en donde este instrumento jurídico internacional solo era una “aspiración”, que marca la desigualdad y las pocas oportunidades de una vida digna de las personas con responsabilidades familiares.

“Me encontré con un caso muy particular, en la investigación hubo 60 mujeres despedidas porque llevaron a pasar consulta a sus hijas e hijos; lo triste que estas 60 mujeres no hubieran sido despedidas, si conocieran o se apropiaran del Convenio de la OIT, que está ratificado por este país, y, por tanto, es ley de la república y no existe justificante para despedirlas”.

“Encontramos, también la feminización del cuido, con un 93 % son las mujeres y también las que menos acceden a trabajos remunerados son en su mayoría mujeres o las que tienen mayor abandono de lugar de trabajo por el cuido familiar, pues son las mujeres. Aunque se diga que la responsabilidad es compartida en la práctica no”, argumentó Vidal.

A lo que agregó, que hay una serie de inconsistencias en la ley, por considerarla restrictiva porque no saben cómo se construyó, cómo se diseñó y porqué se redactó con ese contenido, que al consultarlo con sindicalistas si se sentían representados en esa ley, respondieron que no fueron consultados, por tanto, la desconocían.

“Tenemos una ley que arroja un montón de inconsistencias y vacíos que asumen que se puede salvar vía reglamentación pero todavía no hay nada; estamos a la mitad del 2021 y luego de dos retrasos la primera a solicitud de la empresa privada en 2018 y la segunda, a solicitud del Gobierno en 2020, estamos ahora sin saber qué va a pasar”, indicó Vidal.

Entre las conclusiones, ORMUSA señaló que si bien el esfuerzo por legislar a favor de la clase trabajadora con la LERISCT, consideraron que este diagnóstico convoca a todos los sectores involucrados a releer y darle la importancia que ameritan los derechos laborales de las mujeres y su vinculación al cuidado y responsabilidades familiares, promoción de la misma y visibilizar el mandato constitucional que la protege.

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