Caralvá
Intimissimun
Mediación de embajador francés
Imperio inglés bloquea puerto de La Unión
Ingleses torturan a latigazos a nicaragüenses
Impuestos a territorios ocupados
Gaceta de El Salvador en la República de Centro-América
San Salvador octubre 25 de 1850
OFICIAL
Bloqueo en el Puerto de La Unión
Al Sr. don José Cáceres comandante del puerto de La Unión. – El barco Champion de S.M.B. – La Unión 16 de octubre de 1850. – Sr. Tengo que informar a U. que en consecuencia de haberse negado el Gobierno de El Salvador a cumplir con los reclamos hechos por el Gobierno de S.M. B. por medio del Sr. Chatfield, declaro que a la expiración de 24 horas de la entrega de esta carta en la oficina de U. el Puerto de La Unión quedará en estado de bloqueo, el que mantendré con fuerza que tengo a mis órdenes; y encargo a U. lo publique en este puerto. Tengo el honor de ser Sr. su muy obediente servidor.
Al secretario principal del Gobierno del Estado de El Salvador. – Buque de S.M.B el Champion – La Unión 16 de octubre de 1850. – Sr. Tengo el honor de informaros para noticia del gobierno de El Salvador, que he llegado a este Puerto con un Buque de S.M.B. bajo mi mando, por haber recibido órdenes del Almirante Hornby comandante en Jefe de las fuerzas navales de S.M. en el pacífico para obrar bajo la autoridad del Sr. Chatfield encargado de negocios de S.M. en la América Central, para sostener las demandas enviada en un despacho del mismo Sr. Chatfield al Gobierno de El Salvador el 6 de agosto de 1850, cuyo extracto acompaño.
Tengo además que dar por establecido que habiéndoseme informado por el Sr. Chatfield que el Gobierno de El Salvador ha rehusado positivamente cumplir con las demandas, he creído justo poner un embargo sobre todo tráfico con el Puerto de la Unión, y a menos que yo reciba del Gobierno de El Salvador una comunicación satisfactoria entre diez días de la fecha , cumpliendo con las condiciones demandadas y puestas en el referido despacho, yo extenderé el bloqueo a toda la costa marítima del Estado de El Salvador enviando un vapor de guerra a Acajutla para que vigile aquella parte de la costa y ahí reciba las instrucciones del encargado de negocios de S.M. B. que él crea conveniente adoptar para llevar estas operaciones a una conclusión satisfactoria.
Sería conveniente que el Gobierno de El Salvador me enviase su contestación aquí por medio del encargado de negocios de S. M. pero como el tiempo que transcurre en el presente caso es de gran importancia para el Estado de El Salvador, estoy dispuesto a evitar la premura al Estado de El Salvador, recibiendo directamente su condescendencia en los términos predichos, con tal que yo sepa por medio del Sr. Marcos Idígoras, agente consular británico en San Salvador, que la mencionada condescendencia ha sido enviada al Sr. Chatfield encargado de negocios de S.M. B.
Aprovecho esta oportunidad para expresar mis deseos por el bienestar y dignidad del Estado de El Salvador, y con la más alta estimación tengo el honor de ser, Sr. su más obediente y humilde servidor.
Extracto del despacho del Sr. Chatfield al ministro de relaciones exteriores del Gobierno de El Salvador, fechado 6 de agosto de 1850.
Yo procedo a haceros una formal demanda para que sea hecha inmediatamente una reparación de agravios e injurias de que me quejo.
En primer lugar, tengo que demandar la ejecución por el Gobierno de El Salvador de un acto o decreto en que se comprometa a ejecutar fielmente, tanto a la letra como en su espíritu todos los artículos de los dos convenios celebrados por Don Miguel Montoya y Don Juan Antonio Alvarado, comisionados especiales del Gobierno de El Salvador conmigo, como encargado de negocios de S.M.B. estando a bordo del Estimbote Gorgon de S.M. en el puerto de La Unión el 12 de noviembre de 849.[1]
CONTESTACION
Ministerio General del Supremo Gobierno de El Salvador. – Casa de Gobierno San Salvador, octubre 21 de 1859.- Señor Comandante del buque de S.M.B. el “Champion”
SEÑOR
He tenido el honor de recibir la muy apreciable comunicación de US. fecha 16 del corriente en el puerto de La Unión, en la cual se sirve informar por mi conducto al Supremo Gobierno de El Salvador, haber llegado a ese puerto con órdenes del Señor Almirante Hornby, Comandante en Jefe de las fuerzas navales de S.M.B. en el Pacífico, para obrar bajo la autoridad del Sr. Chatfield , encargado de negocios de S. M.B. en la América Central, en sostén de las demandas que el mismo Sr. Chatfield tiene pendientes en mi Gobierno; y además, que habiéndose rehusado al cumplimiento de dichas demandas, ha creído justo impedir todo tráfico con el puerto de La Unión, estableciendo un bloqueo a menos que reciba una comunicación satisfactoria dentro de diez días, sin lo cual lo extenderá a toda la costa marítima del Estado de EL Salvador, y habiendo dado cuenta al Sr. Presidente con su estimable comunicación ya citada, y bien impuesto de su contenido, me ha dado orden de contestar a US. en los términos siguientes.
El Gobierno de El Salvador ha deseado vivamente un arreglo amistoso con el Sr. Chatfield sobre todos los negocios que hay pendientes de súbditos británicos, pero la prevención siempre constante y hostil que dicho Sr. Chatfield tiene contra este Estado, no ha dado lugar a que se verifique, haciendo todos los años en el tiempo de las ferias con los buques que se ponen a disposición, todos los males que puede, sin mas derecho que el de la fuerza empleada contra un Estado débil, sin medios para hacer valer por si la justicia que el asiste.
Sin embargo, ha tocado el último recurso que le queda, cual es, el de interposición del Sr. Cónsul francés, para que haciendo valer sus respetos y buenos oficios, se consiga un arreglo amistoso. El Sr. Chatfield tiene aceptada esta mediación, y se espera de un momento a otro el resultado. – En tal situación de cosas, mi Gobierno cree de justicia la suspensión del bloqueo, y de todo acto hostil, mientras se obtiene el resultado de la mediación del consulado francés, pues en caso de llevarlo adelante, lo que no es de esperarse, estando pendiente el arreglo, protesta de la manera más solemne ante todas las naciones, por los daños y perjuicios que se irroguen al Gobierno de El Salvador, a sus súbditos, y a todos los que hacen el comercio en sus puertos; y además protesta no ser responsable por la falta de pago de los 15,000 pesos que anualmente se entregan al Sr. Chatfield para extinguir la deuda de súbditos británicos.
Aprovecho esta oportunidad Sr. Comandante, para manifestar a US. que soy con todo afecto su muy atento seguro servidor. Francisco Dueñas
**
Por las comunicaciones que arriba se ven se informarán nuestros lectores de haberse puesto en estado de bloqueo el puerto de La Unión por orden del Cónsul inglés, insistiendo, para justificar este nuevo acto de hostilidad, en que el Gobierno de El Salvador no ha cumplido con las demandas que el mismo Cónsul le hizo en 6 de agosto último. El público ha visto que dichas demandas atentatorias a la soberanía de un Estado libre e independiente, y que en consecuencia el Gobierno no ha podido acceder a ellas, sin comprometer el honor y dignidad de El Salvador.
Tres son los puntos sobre que recaen las demandas del Cónsul inglés: en el primero de exige que el Gobierno se comprometa a ejecutar fielmente el convenio de 12 de noviembre del año próximo pasado. Esto se ha dilucidado ya bastante por la prensa, demostrándose hasta la evidencia, que aquel convenio no pudo obligar sin la ratificación del Cuerpo Legislativo; y que en consecuencia el Gobierno no ha incurrido en ninguna falta en dejar de cumplirlo antes de aquella formalidad indispensable. El Gobierno por otra parte, ha cumplido fielmente lo estipulado, con arreglo a las instrucciones que dio a sus comisionados y no hay por consiguiente motivo de queja por parte del Cónsul.
El segundo punto es aun más atentatorio, puesto que se quiere exigir el reconocimiento de Don Marcos Idígoras, como agente consular británico en El Salvador. Esta pretensión no tiene ejemplo entre las naciones civilizadas y no puede apoyarse en ningún derecho, pues es inherente a la soberanía de un Estado independiente, admitir o no a los agentes de otros. Esto es tan obvio y constante en los principios del Derecho de Gentes, que no es necesario demostrarlo.
Se pretende, por último, que el Gobierno de al Cónsul una satisfacción por las especies notoriamente falsas, dice, que se han publicado por la prensa de El Salvador. Esto, que no tiene otro objeto que coartar la libertad de la prensa en un Estado constitucional, que es una pretensión sin apoyo y sin razón, es además, en el caso presente, querer que el Gobierno mienta a los Estados de Centro-América, publicando que son falsos hechos que han pasado recientemente y a vista de los centroamericanos, ¿cómo podrá el Gobierno de El Salvador decir que es falso el asalto hecho al puerto de Trijillo en el año próximo pasado, exigiendo a los vecinos de dicho puerto, una suma de dinero como condición previa para evacuarlo? ¿Cómo podrá negarse la ocupación violenta de la isla del Tigre, y otras pertenecientes a Centro-América? ¿Cómo aseguraría el Gobierno de El Salvador, que fue falso el hecho de azotar a unos hijos de Nicaragua en el puerto de San Juan, ocupado también por la fuerza? ¿Estos hechos, decimos, que han pasado en nuestros días, que horrorizan todavía por su atrocidad, se pretende por el Cónsul que han sido falsos, y que así lo asegure el Gobierno de El Salvador? Si la prensa de El Salvador hubiera inventado esas especies, tendría tal vez razón el Cónsul para pedir por ellas una satisfacción; pero siendo constantes y positivos, no hay en su reclamación ninguna justicia, sino solo un deseo de buscar pretextos para llevar a cabo sus atentados.
No hacemos esta reflexión con el ánimo de demostrar el Cónsul inglés la injusticia de su proceder, porque él debe estar convencido de ella, y sabemos muy bien que para el no hay más derecho que la fuerza, ni más respeto que la misma, que El Salvador inerme y desvalido no puede oponerle. amazon.com/author/csarcaralv
[1] 1849

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