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¿FICCIÓN O NEGACIÓN DE LA REALIDAD? EL PUEBLO PALESTINO TIENE DERECHO A LA JUSTICIA, A LA RESISTENCIA Y A LA LIBERTAD

Siman Safadi Khoury

Miembro Del consejo Nacional Palestino

El Parlamento Palestino

Las declaraciones del embajador de Israel ante las Naciones Unidas, Danny Danon, publicadas por La Prensa Gráfica el 27 de octubre de 2026, merecen una respuesta firme. Calificar de «ficción» un informe de una comisión independiente de Naciones Unidas que concluye que Israel continúa cometiendo genocidio en Gaza, incluso después del alto el fuego, no hace desaparecer las denuncias ni borra el sufrimiento de sus víctimas.

El embajador israelí no solo rechazó las conclusiones del informe, sino que también exigió la disolución del organismo que las presentó. Ante semejante posición, cabe preguntarse: ¿por qué exigir la desaparición de una comisión en lugar de refutar sus conclusiones mediante pruebas y argumentos jurídicos? ¿Desde cuándo la investigación de posibles crímenes internacionales debe detenerse porque sus resultados incomodan a un gobierno? ¿Acaso la legitimidad de las instituciones internacionales depende de que sus informes favorezcan a los Estados investigados?

Las conclusiones de una investigación deben examinarse a partir de sus pruebas, su metodología y sus fundamentos jurídicos, no de la reacción de quienes son señalados. Si el Gobierno israelí considera que el informe contiene errores, debe presentar sus argumentos y pruebas. Descalificar a quienes investigan o exigir la disolución del organismo no responde a las denuncias ni satisface las exigencias de justicia.

La información publicada por La Prensa Gráfica señala que la comisión defendió sus conclusiones afirmando que estaban basadas en pruebas recopiladas cuidadosamente e invitó a Israel a cooperar con el organismo. Por tanto, la pregunta fundamental no es si las conclusiones agradan o incomodan a Israel, sino si los hechos investigados merecen una investigación seria, independiente y transparente.

La historia del pueblo palestino no comenzó el 7 de octubre de 2023.

No se pueden borrar décadas de desposesión, expulsiones, ocupación militar, expansión de asentamientos, desplazamiento forzoso y negación de los derechos nacionales palestinos. La tragedia de Gaza, con sus muertos, sus niños asesinados, sus familias desplazadas, sus viviendas destruidas y sus condiciones de vida devastadas, no puede reducirse a una disputa de declaraciones entre diplomáticos.

Para comprender el presente, es indispensable recordar los acontecimientos que precedieron a la creación del Estado de Israel en 1948. Organizaciones armadas sionistas como el Irgún y el Lehi, conocido también como la banda Stern, perpetraron atentados y acciones violentas durante el Mandato británico. Las autoridades británicas condenaron y calificaron de terroristas determinadas acciones de estas organizaciones. Recordar estos antecedentes no significa atribuir responsabilidades colectivas a los judíos, sino reconocer que la violencia política y los ataques contra civiles deben examinarse con el mismo rigor, independientemente de quién los cometa.

Entre los episodios más dolorosos de aquella época está la masacre de Deir Yassin, perpetrada en abril de 1948 por miembros del Irgún y del Lehi contra una población palestina. También está Tantura, donde las investigaciones históricas y los testimonios han documentado la muerte de palestinos durante la guerra de 1948, aunque algunos detalles y el alcance de los acontecimientos siguen siendo objeto de debate historiográfico.

Estos no fueron episodios aislados de una historia que pueda borrarse con una declaración diplomática. Forman parte de una tragedia histórica mucho más amplia, marcada por la destrucción de localidades palestinas, las expulsiones y el desarraigo de familias enteras.

Durante la guerra de 1948, más de 700.000 palestinos fueron expulsados de sus hogares o huyeron en medio de los combates, las operaciones militares, los ataques y el terror. Para el pueblo palestino, aquella catástrofe es la Nakba: la pérdida de la tierra, de las viviendas, de las comunidades y de una parte fundamental de su vida colectiva.

Numerosas familias fueron desplazadas por la fuerza y se les impidió regresar a sus hogares. La cuestión de los refugiados y su derecho al retorno continúa siendo uno de los asuntos fundamentales de la causa palestina.

La tragedia no terminó en 1948. Sus consecuencias se transmitieron de generación en generación. Hoy, aproximadamente tres cuartas partes de la población de Gaza son refugiados palestinos o descendientes de refugiados, según las estimaciones habitualmente utilizadas sobre la población refugiada del territorio. Muchos viven, una vez más, la destrucción de sus hogares, el desplazamiento y el temor de perder definitivamente la posibilidad de regresar.

No se trata de cifras abstractas. Detrás de cada familia refugiada hay una historia de desposesión, una localidad de origen, una vivienda abandonada y el derecho de una persona a vivir en su propia tierra.

Yo también soy uno de esos refugiados palestinos. Mi apellido, Safadi, está ligado a Safad, la ciudad de origen de mi familia. Por eso, cuando hablo de la Nakba, de los refugiados y del derecho al retorno, no hablo solamente de una cuestión política ni de una página de la historia. Hablo de una realidad que forma parte de mi identidad y de la memoria de mi pueblo.

Como palestino, no puedo aceptar que nuestra historia sea reducida a una fecha, que nuestros derechos sean ignorados o que se pretenda presentar a nuestro pueblo como si careciera de antecedentes, memoria y aspiraciones nacionales.

También debemos recordar una verdad histórica y moral fundamental: el pueblo palestino no fue responsable del Holocausto cometido por la Alemania nazi ni de los crímenes del fascismo europeo contra el pueblo judío. Condeno el Holocausto y reconozco el sufrimiento inconmensurable que padecieron sus víctimas. Precisamente por respeto a esa memoria, considero inadmisible que los palestinos hayan tenido que pagar con su tierra, sus hogares, su libertad y su futuro por crímenes cometidos por otros.

La responsabilidad por el Holocausto correspondió a sus perpetradores, no al pueblo palestino. El sufrimiento de un pueblo no puede convertirse en una justificación para desposeer a otro. La memoria de una tragedia no debe utilizarse para perpetuar otra.

Reconocer el dolor del pueblo judío y defender los derechos del pueblo palestino no son posiciones incompatibles. La dignidad humana no tiene nacionalidad, y la justicia no puede establecerse mediante una jerarquía de víctimas.

Tampoco es aceptable presentar al pueblo palestino como si fuera una población criminal por el hecho de vivir bajo ocupación o por la existencia de organizaciones que recurren a la lucha armada. Un pueblo entero no puede ser responsabilizado colectivamente por las acciones de determinados individuos u organizaciones. La responsabilidad penal debe establecerse de manera individual, sobre la base de pruebas y mediante procedimientos legales.

Es necesario aplicar el mismo principio cuando se habla de Israel. El servicio militar obligatorio existe para amplios sectores de su población, aunque hay excepciones. Eso no significa que todos los ciudadanos israelíes sean combatientes ni que pierdan automáticamente la protección que corresponde a los civiles. De la misma manera, ser palestino, vivir en Gaza o Cisjordania o defender los derechos nacionales palestinos no convierte por sí solo a nadie en combatiente.

La condición de civil o combatiente y las responsabilidades individuales deben determinarse conforme al derecho internacional humanitario. No se puede criminalizar a una población entera por su identidad, su nacionalidad o su aspiración a la libertad.

Pero hay otra cuestión que con frecuencia se omite deliberadamente: el pueblo palestino tiene derecho a luchar por su libertad, su autodeterminación y su independencia.

El derecho internacional reconoce el derecho de los pueblos a la libre determinación y contempla la lucha contra la dominación colonial y la ocupación extranjera. La resistencia palestina no puede analizarse como si surgiera en el vacío, al margen de décadas de ocupación, desposesión y negación de derechos.

La resistencia puede expresarse mediante la movilización popular, la acción política, la protesta civil y otras formas de lucha. La legalidad de cada método debe evaluarse conforme al derecho internacional aplicable. Ninguna causa, por justa que sea, autoriza ataques deliberados contra civiles ni elimina las obligaciones de protección humanitaria.

Reconocer el derecho del pueblo palestino a resistir la ocupación no equivale a justificar cualquier acción de cualquier organización. Significa reconocer que los palestinos, como todos los pueblos, tienen derecho a la libertad y a la autodeterminación, y que no se les puede exigir que acepten indefinidamente una situación de dominación y desposesión.

De la misma manera, condenar los ataques contra civiles no puede convertirse en una excusa para silenciar las denuncias contra el Estado ocupante, ignorar la destrucción de Gaza o negar los derechos históricos y nacionales del pueblo palestino. La justicia no puede aplicarse selectivamente, ni la protección de unas víctimas utilizarse para invisibilizar a otras.

¿Y qué ocurre con las resoluciones de las Naciones Unidas?

Durante décadas, las Naciones Unidas han aprobado resoluciones y formulado exigencias relacionadas con los derechos palestinos, la ocupación, los asentamientos y la cuestión de los refugiados. Sin embargo, numerosas resoluciones siguen sin aplicarse plenamente y las obligaciones internacionales continúan siendo objeto de incumplimientos y disputas sobre su ejecución.

La Resolución 194 de la Asamblea General, aprobada en 1948, abordó la cuestión del retorno de los refugiados palestinos que desearan regresar a sus hogares y vivir en paz, así como la compensación por los bienes de quienes no regresaran y por las pérdidas o daños correspondientes. Para millones de palestinos y sus descendientes, el derecho al retorno sigue siendo una reivindicación central.

La Resolución 242 del Consejo de Seguridad, aprobada en 1967, estableció principios para una paz justa y duradera, incluida la retirada de las fuerzas israelíes de territorios ocupados en el conflicto de aquel año. Posteriormente, la Resolución 2334 del Consejo de Seguridad, aprobada en 2016, afirmó que los asentamientos israelíes en el territorio palestino ocupado desde 1967, incluida Jerusalén Oriental, carecen de validez jurídica y constituyen una violación flagrante del derecho internacional.

Estas resoluciones no son idénticas en su contenido ni tienen todas la misma naturaleza jurídica. Pero juntas reflejan una realidad que no puede ignorarse: la cuestión palestina ha sido objeto de reconocimiento y preocupación internacional durante décadas, mientras la ocupación, la expansión de los asentamientos y la negación de los derechos palestinos continúan.

¿De qué sirve aprobar resoluciones si no se adoptan medidas eficaces para hacer cumplir las obligaciones internacionales? ¿Qué credibilidad puede tener un sistema internacional que proclama la igualdad ante el derecho, pero que no consigue garantizar protección efectiva a un pueblo sometido durante décadas a la ocupación y al desplazamiento?

Las Naciones Unidas deben actuar con independencia y coherencia. Sus resoluciones no pueden convertirse en declaraciones sin consecuencias, y ningún Estado debe quedar por encima del derecho internacional por su poder militar, sus alianzas o su influencia diplomática.

Resulta especialmente preocupante que las denuncias de organismos internacionales sean presentadas como ataques contra Israel, como si investigar las actuaciones de un Estado equivaliera a negar la historia o los derechos del pueblo judío. Criticar las políticas de un gobierno no es antisemitismo por definición, así como defender los derechos palestinos no constituye una amenaza contra los judíos.

Confundir deliberadamente estas cuestiones perjudica el debate público y desvía la atención de las responsabilidades que deben investigarse.

Las Naciones Unidas fueron creadas para contribuir a la paz, proteger los derechos humanos y promover la cooperación internacional. Su credibilidad depende de que sus organismos puedan investigar las denuncias con independencia y de que los Estados respondan a sus conclusiones con seriedad.

Cuando se exige disolver una comisión porque sus resultados son desfavorables, se transmite un mensaje peligroso: que la rendición de cuentas debe detenerse cuando alcanza a quienes tienen poder político, militar o diplomático.

El Salvador merece conocer estas cuestiones con pluralidad y responsabilidad. Las declaraciones oficiales israelíes tienen derecho a ser publicadas, pero las conclusiones y denuncias de los organismos internacionales también merecen atención. Una sociedad informada debe poder conocer los antecedentes históricos y examinar las distintas posiciones sin que una sola versión se presente como incuestionable.

Por eso considero necesario responder públicamente. No para sustituir una propaganda por otra, sino para defender el derecho a la verdad, la investigación independiente y la justicia. No podemos aceptar que el sufrimiento de un pueblo sea descartado como ficción mientras sus víctimas continúan esperando protección, reconocimiento y reparación.

La justicia no consiste en silenciar a quienes denuncian, sino en investigar los hechos, establecer responsabilidades y garantizar que los crímenes no queden impunes.

El pueblo palestino tiene derecho a vivir en libertad, a ejercer su autodeterminación, a recuperar sus derechos legítimos y a poner fin a la ocupación. Tiene derecho a que su historia sea escuchada, a que sus víctimas sean reconocidas, a que sus refugiados puedan reclamar sus derechos y a que sus aspiraciones nacionales no sean tratadas como una amenaza.

Estos derechos no dependen de la aprobación de ningún embajador ni desaparecen porque un gobierno rechace las denuncias formuladas contra él.

Como palestino y como refugiado, me niego a aceptar que se borre nuestra memoria, que se nos haga responsables de crímenes cometidos por otros o que se nos niegue el derecho a reclamar justicia. Mi voz es una voz personal, pero expresa una convicción profundamente humana: ningún pueblo debe ser condenado a vivir sin libertad por los crímenes que otros cometieron.

La pregunta, por tanto, no es quién tiene el poder de calificar un informe de «ficción», sino quién está dispuesto a afrontar las pruebas, respetar el derecho internacional y garantizar justicia para las víctimas.

La verdad no se establece por la fuerza de las declaraciones de un gobierno. Se establece investigando los hechos. Y la justicia no puede depender de quién sea el acusado.

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