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9F ¿sucederá de nuevo?

César Ramírez
@caralvasalvador

El Golpe de Estado del 9F no es un caso cerrado, porque abre el precedente inconstitucional del futuro golpe militar… Si Nayib Bukele invocó la insurrección contra otro órgano del Estado ¿qué impide otro evento similar? Aquella situación fue una interpretación presidencial del art. 87 de la Constitución, en ello reside el peligro contra la Constitución de la República.

El Golpe de Estado 9F tiene una perversa obsesión al utilizar el Art. 167 constitucional por medio del Consejo de Ministros, se interpreta la autoridad de convocar a la Asamblea Legislativa cuando en realidad esa institución puede auto-convocarse en cualquier momento y reunirse en cuestión de horas, recordemos que “el Consejo de Ministros en su conformación lo define el Art. 166 y se previene en el Art. 171 que el presidente, vicepresidente y viceministros de Estado son responsables solidariamente por los actos que autoricen”, en ese sentido han cometido delito al intervenir en la Asamblea Legislativa el 9F.

Como si fuera poco nuestra Constitución hace referencia a estos actos arbitrarios el Art. 244 CN: “La violación, la infracción o la alteración de las disposiciones constitucionales serán especialmente penadas por la ley, y las responsabilidades civiles o penales en que incurran los funcionarios públicos, civiles o militares, con tal motivo, no admitirán amnistía, conmutación o indulto, durante el período presidencial y dentro del cual se cometieron”, pero nadie ha sido ni siquiera amonestado por tal evento ¿qué hace la Fiscalía General de la República?

Después de la interpelación del Ministro de Defensa el 21 de agosto 2020, es claro el art. 131 inc 37 (la Asamblea Legislativa puede) recomendar a la Presidencia de la República la destitución de los Ministros de Estado; o a los organismos correspondientes, la de funcionarios de instituciones oficiales, autónomas, cuando así lo estime conveniente, como resultado de la investigación de sus comisiones especiales o de la interpelación, en su caso. La resolución de la Asamblea será vinculante cuando se refiera a los Jefes de Seguridad pública o de inteligencia de Estado por causas de graves violaciones de los Derechos Humanos… ¿Acaso no se violaron los derechos humanos de los diputados al enviar fuerzas militares a sus residencias, suprimir sus escoltas asignados de la PNC?

Después de la interpelación al ministro de Defensa es posible un Golpe de Estado porque se jura lealtad al presidente y no a la Constitución.

www.cesarramirezcaralva.com

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