Redacción Nacionales
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La Asamblea Legislativa reformó, con 57 votos, las Disposiciones Transitorias para la sustitución de vehículos, refrenda de permisos, cambio de concesionario y permisionarios, ampliación de plazo de contratos de concesión y adopción de medidas provisionales. Con ello, se establece un plazo de 18 meses para que los concesionarios y permisionarios sustituyan las unidades que cumplieron 20 años de antigüedad en los años 2024, 2025 y 2026, según lo establece la Ley de Transporte Terrestre, Tránsito y Seguridad Vial.
Las unidades que cumplan 20 años durante la vigencia del decreto podrán operar provisionalmente por un año, siempre que se demuestre que están en proceso de financiamiento o compra de una nueva unidad. Para ello, la Dirección General de Transporte Terrestre deberá autorizar la operación, previa presentación del comprobante de revisión técnica vehicular y de la documentación que respalde la gestión de financiamiento o adquisición de la nueva unidad, cumpliendo con todos los requisitos del Reglamento General de Transporte Terrestre.
Además, se permitirá renovar la tarjeta de circulación o el permiso de línea en los casos en que, durante esos años y aunque las unidades aún estuvieran dentro de su vida útil, no fue posible realizar el trámite por distintas razones.
Por otra parte, se otorgará un plazo de 18 meses, desde la entrada en vigor del decreto, para que las personas naturales o jurídicas a quienes se les hayan transferido vehículos vinculados a una concesión o permiso de transporte público colectivo informen esta situación a la Dirección General de Transporte Terrestre y soliciten la modificación de las condiciones autorizadas para la prestación del servicio.
El traspaso de un permiso o concesión únicamente se permitirá cuando quien lo reciba ya sea un operador autorizado y preste el servicio en esa misma ruta.
En estos casos, el Viceministro de Transporte (VMT) deberá autorizar el traspaso mediante resolución y suscribir la modificación del contrato correspondiente, pudiendo incorporar en un solo contrato varias líneas vinculadas a los vehículos del solicitante, aplicando el plazo que resulte más favorable.
Para solicitar el cambio de concesionario o permisionario, se deberá presentar el formulario correspondiente conforme a la Ley de Procedimientos Administrativos, junto con la Tarjeta de Identificación Tributaria, el Documento Único de Identidad (DUI) del representante legal, la documentación que acredite la personería jurídica vigente, el poder correspondiente si el trámite se realiza por medio de apoderado, así como copia del permiso de línea y de la tarjeta de circulación.
En caso de sustitución del vehículo, también deberá presentar la documentación que compruebe la legítima tenencia de la nueva unidad.
Las reformas también establecen que el VMT podrá otorgar un plazo adicional de 18 meses a los contratos de concesión que vencieron en 2024 y 2025, o que vencerán en 2026, previa emisión de una resolución y de un informe técnico que verifique el cumplimiento de los requisitos de operación.
Asimismo, se permite que quienes tengan autorizada una solicitud de traspaso y no hayan firmado el contrato correspondiente puedan hacerlo y acogerse a esta prórroga.
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