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Presidente Nayib Bukele, en cadena de radio y televisión.

Sala prohíbe retenciones arbitrarias, presidente Bukele desconoce a la Sala

Joaquín Salazar

 

@JoakinSalazar

 

Los magistrados de la Sala de lo Constitucional dictaminaron este miércoles que las retenciones o privaciones de libertad por incumplir la cuarentena domiciliaria son prohibidas por esta Sala de lo Constitucional mientras no se regulen bajo ninguna otra ley formal.

 

Ante esto la Sala reitera el llamado a la Asamblea Legislativa regule mediante una ley formal en coordinación con el Ministerio de Salud las medidas limitadoras de la libertad física derivada por la grave situación de emergencia por la pandemia de COVID-19.

 

Además, ordena a los responsables de ejecutar los decretos 19 y 20 del ramo de salud y las disposiciones del Código de salud a atenerse estrictamente a la interpretación de realizada por la sala y se delega al procurador para la defensa de los Derechos Humanos que verifique el cumplimiento de las medidas cautelares y de tutela, adoptadas en relación al internamiento o confinamiento forzoso por el mero incumplimiento de la cuarentena domiciliaria.

 

Sala no tiene facultades, dice Bukele

«Cinco personas no van a decidir la muerte de cientos de miles de salvadoreños. Por más tinta y sellos que tengan», reaccionó el Presidente de la República Nayib Bukele, al afirmar que no acatará la resolución de la Sala de lo Constitucional, en la que ordena regular sobre las retenciones de ciudadanos que violen la cuarentena domiciliaria.

 

«NINGUNA resolución está por encima del derecho constitucional a la vida y salud del pueblo salvadoreño… Una cosa es interpretar la Constitución, otra muy diferente es ordenar la muerte del pueblo. La Sala no tiene facultades para implementar o quitar medidas sanitarias, ni para decidir sobre contenciones epidemiológicas», dijo a través de sus redes sociales.

 

De igual manera se opuso a que el Procurador para la defensa de los derechos Humanos sea el encargado de tutelar sobre el cumplimiento de las retenciones.

 

«Esas son facultades del Ministerio de Salud, conferidas en el Código de Salud, el cual la Constitución NO PERMITE derogar con una resolución de seguimiento de un Habeas Corpus. La Sala, en sumisión a las órdenes de sus financistas, intenta cruzar sus propias limitantes», agregó el mandatario.

 

Al desconocer a la Sala de lo Constitucional, el mandatario reiteró que el Ejecutivo seguirá implementando el 100% de las medidas anunciadas a través del Decreto Ejecutivo 19.

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