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Los magistrados de la Sala de lo Constitucional ordenan al presidente de la República, Nayib Bukele, sancionar ley de emergencia por COVID-19. Foto Diario Co Latino/Archivo

Sala ordena a Bukele sancionar ley de emergencia por COVID-19

Alexander Pineda
@DiarioCoLatino

La Sala de lo Constitucional de la Corte Suprema de Justicia ordenó al presidente Nayib Bukele sancionar y publicar en el Diario Oficial el Decreto Legislativo 661, que contiene la Ley Especial de Emergencia por la pandemia de COVID-19, aprobada hace aproximadamente dos meses por la Asamblea Legislativa, pero que fue vetada por el mandatario, veto que fue superado por el órgano Legislativo. 

La Sala exhortó también a la Asamblea Legislativa realizar las reformas pertinentes al Decreto Legislativo 661, debido a que aspectos de la ley como el que establecía fechas y plazos para la reapertura de la economía han quedado desactualizados.

En la resolución de la controversia entre el Ejecutivo y el Legislativo, la Sala de lo Constitucional desestimó los argumentos de supuesta inconstitucionalidad alegados por la Presidencia de la República a los artículos 16 y 17 del decreto de ley 661, aprobado por la Asamblea Legislativa el 12 de junio pasado.

La resolución expone que no existe invasión a las competencias del órgano Ejecutivo, como alegó el Ejecutivo, porque limitar derechos fundamentales sí es atribución del Legislativo, y tampoco viola el principio de colaboración entre órganos, puesto que para la aplicación de la ley se tomará en cuenta la opinión del Ministerio de Salud.

También se aclara que la Presidencia omitió argumentar por qué las disposiciones para la reapertura de la economía establecidas en el decreto no eran las idóneas para la protección de la salud de la población.

El 8 de agosto pasado, la Sala de lo Constitucional declaró inconstitucional el Decreto Ejecutivo 32, por considerar que a través de este el Ejecutivo limitaba derechos de la ciudadanía. El decreto 32 era hasta entonces el último documento que regulaba las fases de reapertura económica y establecía el inicio de la segunda fase a partir del 20 de agosto.

Al declarar el Decreto Ejecutivo 32 institucional, la Sala avaló sus efectos hasta el 23 de agosto, con el fin de que los órganos Legislativo y Ejecutivo sentaran acuerdos para formular una nueva ley de emergencia.

Sin embargo, el Ejecutivo publicó el decreto 33 que postergó el inicio de las actividades económicas hasta el lunes 24 de agosto, si para esa fecha no existe legislación que regule la emergencia, las actividades económicas e industriales podrán ser reanudadas inmediatamente. Hasta este día, el diálogo entre órganos de Estado por el tema de la legislación de emergencia ha sido nulo.

Expertos en epidemiología, aglutinados en el Colegio Médico, han hecho llamados a los órganos Ejecutivo y Legislativo a que se pongan de acuerdo para hacer una apertura económica de las siguientes fases de una forma ordenada.

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