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Prohibido el consumo y venta de alcohol en los estadios para el Apertura 2023

Rebeca Henríquez
@RebeHenriquez

Las nuevas Bases de Competencia para la temporada 2023-2024 en la Primera División del fútbol salvadoreño traen una serie de reglas que los clubes deberán cumplir para garantizar la seguridad en sus estadios, y de esa forma evitar tragedias como la que sucedió el 20 de mayo en el estadio Cuscatlán, donde 9 personas murieron. Una de las medidas de seguridad establecidas es prohibir la venta de alcohol en los recintos deportivos.

Las bases de competencia establecen en el capítulo I: “Responsabilidad de los clubes participantes de control y vigilancia interna y externa”, que en los estadios autorizados se prohíbe el ingreso de personas en evidentes estado de ebriedad, bajo los efectos de sustancias alucinógenas, personas que lleguen a insultar o crear problemas a otros aficionados, prensa, al club o autoridades deportivas, o también que desarrollen actividades de propaganda política, o que manifiesten cualquier otra conducta indeseable.

“Está prohibida la venta y consumo de cualquier bebida embriagante como cerveza, licor y sus similares en los estadios o canchas donde se practica el fútbol de primera división en el país. Por el incumplimiento a lo establecido en el presente artículo el club será castigado conforme lo dispone el Código Disciplinario”, dictan las bases.

Además, destaca que los clubes son responsables de garantizar la seguridad en los estadios, deberán organizar y coordinar la vigilancia interna y externa en los recintos donde se realicen los juegos, para ello deberán solicitar colaboración a la Policía Nacional Civil (PNC) y de obtener una negativa de la institución, seguirán siendo responsables de contactar servicios privados.

Previo al inicio de cada torneo los clubes deberán remitir respectivos planes de seguridad a la PNC y a la Dirección General de Protección Civil para que si lo consideren necesario se realicen observaciones y recomendaciones.

Se atribuye al club local las respectivas consecuencias ante la alteración del orden, o que se menoscabe o ponga en peligro la integridad física de árbitros, jugadores, técnicos o personas en general, y en el cual se compruebe que el club local no adoptó las medidas conducentes. En caso contrario, cuando fueran por parte del equipo visitante o su afición será el responsable de acuerdo con las regulaciones contenidas en el Código Disciplinario.

 

Respecto a las medidas de prevención de la violencia en los estadios y sanciones, se penalizará provisionalmente con suspensión de hasta cinco partidos sin asistencia de público al club cuya afición provoque disturbios, tanto dentro como fuera de los recintos deportivos. De igual forma al club que actúe como visitante se le impondrá la misma sanción, si la situación lo amerita, con la asistencia en los siguientes partidos que juegue en tal condición. Si los disturbios provocan la suspensión del partido los puntos del mismo se declararán desiertos.

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