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Espionaje telefónico en Panamá bajo juicios penal y mediático

Por Osvaldo Rodríguez Martínez

Panamá/Prensa Latina

El proceso penal contra el expresidente de Panamá Ricardo Martinelli transitó esta semana en evaluaciones mediáticas a favor y en contra de su culpabilidad, mientras la defensa continúa intentos para lograr prescripción por tiempo.
Analistas opinan que hay dos juicios paralelos en el caso que se sigue contra el acusado por espionaje telefónico durante su mandato presidencial: el de la sala de la vista oral y el otro que enfrenta al emporio mediático del exgobernante contra opiniones diferentes en el resto de la prensa local.

En el último episodio de lo que algunos llaman a hurtadillas la ‘tragicomedia de Martinelli’, el diario La Prensa divulgó filtraciones de un supuesto fallo de la Corte Suprema de Justicia (CSJ) bajo el título ‘El fallo de la discordia y la imputación consumada’ sobre el artilugio legal de si hubo o no imputación antes de la acusación.

Se trata de un tecnicismo elevado a la categoría de violación de derechos por el ejército de abogados del exgobernante, de que en el proceso iniciado en la CSJ en 2015 y continúa en los tribunales ordinarios, cometieron la ‘inconstitucionalidad’ de que no separaron las sesiones de imputación de cargos y fueron directo a la acusación.

El periódico aseveró que tuvo acceso a un proyecto de fallo del magistrado Cecilio Cedalise, en el cual niega lo actuado antes por el máximo órgano judicial y otorga razón al demandante, con lo cual quedaría anulado el expediente penal.

‘De acuerdo con fuentes vinculadas al caso, el proyecto de fallo de Cedalise daría la razón a los abogados de Martinelli al resolver una demanda de inconstitucionalidad, en la que se argumenta que éste no fue imputado, lo que tumbaría el proceso’, denunció el rotativo.

Harry Díaz, exmagistrado de la Corte y exfiscal del caso, dijo a La Prensa que es fundamental entender lo que establece el artículo 92 del Código Procesal Penal: ‘Imputada es la persona a la que se le han formulado cargos por parte del Ministerio Público ante el juez de garantías. Formalizada la acción penal en su contra, pasa a llamarse acusado’.

Según su opinión, ‘esa denominación de imputación involucra al Ministerio Público y no aplica para los casos especiales que se tramitan ante la Corte Suprema de Justicia’. Y agregó: ‘los abogados de Martinelli repiten una mentira unas mil 500 veces para darle el aspecto como si fuera verdad’.

Recordó que, en el proceso especial para la investigación de los diputados, desde que en 2008 entró en vigencia el Código Procesal Penal, no se contempla una audiencia de imputación.

Mientras esto se dirime en el ambiente mediático, el tribunal del juicio desestimó esta semana tres recursos de la defensa para retardar el proceso y continúa la lectura del contenido de las interceptaciones telefónicas, prueba también rechazada por los abogados por considerar que no tuvo cadena de custodio.

Ante el supuesto escenario de anulación de la causa, la activista por la libertad ciudadana Olga de Obaldía, declaró al canal TVN que ‘si ahora la CSJ se sirve de esta treta para anular el proceso, realmente ahí no veo retorno a la confianza al Órgano Judicial’.

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