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Diputados citan a Hacienda y Turismo para estudio de Ley de Creación de la Autoridad del Centro de S.S

Samuel Amaya

@SamuelAmaya98

La Comisión de Hacienda y Especial del Presupuesto y la Comisión de Economía de la Asamblea Legislativa acordaron invitar a la ministra de Turismo y al ministro de Hacienda, Morena Valdez y Alejandro Zelaya, respectivamente para que profundicen en el proyecto de decreto de la Ley de Creación de la Autoridad del Centro Histórico de San Salvador.

El anteproyecto de ley crea la “Autoridad de Planificación del Centro Histórico de San Salvador”, como una entidad de derecho público descentralizada por un plazo indefinido con autonomía en la administración de su patrimonio. Esta entidad será la responsable de calificar, aprobar y supervisar los proyectos y obras de rehabilitación, restauración y desarrollo económico social y urbano del Centro de San Salvador.

Las funciones de la entidad serán: La elaboración y aprobación del marco técnico, que define el Plan de desarrollo de ordenamiento territorial del Centro Histórico y planes sectoriales. La elaboración y aprobación de las normas técnicas para el manejo del medio ambiente en el Centro Histórico; elaboración y aprobación del diagnóstico para usos del suelo y de la red vial de las vías de circulación del Centro Histórico.

Ejercer el control del desarrollo urbano y de las construcciones, para la obtención de permisos de construcción, inspección y recepción de obras, así como el señalamiento de la competencia y responsabilidades en las actuaciones relacionadas con la ejecución de los planes y de los proyectos.

Para ello, habilitará una ventanilla única para trámites a diferentes instituciones del Estado.

Los recursos financieros de la Autoridad saldrán del cobro que se haga a los servicios, así como de las ganancias obtenidas tras la colocación de instrumentos y títulos financieros en mercado de valores; de igual forma, de las multas contempladas en la Ley de Desarrollo y Ordenamiento Territorial del Área Metropolitana de San Salvador y los Municipios Aledaños, aplicables dentro de la circunscripción.

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