Redacción Nacionales
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La Comisión de Seguridad Nacional y Justicia de la Asamblea Legislativa dictaminó a favor de volver a extender el periodo para que la Fiscalía presente acusaciones formales en contra de personas capturadas bajo el régimen. Los cambios a implementar son en seis artículos de la Ley Contra el Crimen Organizado, ya que el decreto 803, que prolonga el tiempo de detención, vencerá el 25 de agosto de 2025.
La mañana de este jueves, los diputados de la comisión emitieron un dictamen a favor de reformar la Ley Contra el Crimen Organizado, que involucra redes de personas y actividades que requieren un enfoque puntual para su combate efectivo.
De acuerdo con lo expresado en la mesa de trabajo, los parlamentarios indicaron que se trata de extender, por dos años más, el período para que la Fiscalía General de la República (FGR) presente acusaciones formales contra los detenidos bajo el régimen de excepción. Es decir, los detenidos en el régimen podrían guardar prisión hasta agosto de 2027.
“Si la Fiscalía General de la República no presenta dictamen de acusación en el plazo legalmente dispuesto, el juez intimará al fiscal superior, y si este no contesta, sin más trámite dictará sobreseimiento definitivo a favor de los imputados y dejará sin efecto la medida cautelar (detención)”, señala el decreto en referencia a que, si la FGR no presenta acusación formal, los detenidos saldrán en libertad.
Sin embargo, en la instancia legislativa se propuso que, si luego de los 24 meses que tiene la FGR para presentar la acusación formal contra detenidos en el régimen de excepción, la FGR podrá solicitar 12 meses más para presentarlo. Es decir, una persona detenida en el régimen podría estar en prisión hasta agosto de 2028 si es que la FGR no presenta acusación.
Según el oficialismo, estas reformas van a ser adecuadas para que los fiscales puedan ejecutar sus labores, para mantener el equilibrio en cuanto a las garantías procesales para los detenidos y para que los jueces puedan tramitar adecuadamente los juicios en donde están vinculadas las 88 mil 750 personas capturadas.
Dichas reformas se ejecutarán, debido a que el decreto 803, que prolongó el periodo de detención, vencerá el 25 de agosto de 2025, esto tras haber sido aprobado el 26 de julio de 2023.
Dicho decretó otorgó a la FGR un plazo de dos años para que pudiese agrupar a los detenidos por estructura criminal, es decir, por clica y reunir las pruebas que sustentaran su estancia en las cárceles. La FGR debía presentar las acusaciones para los detenidos del régimen, caso contrario, los jueces podían ordenar que los imputados siguieran con su proceso, pero fuera de prisión.
Ahora, quedaría plasmado en la ley y no en un decreto transitorio, el periodo de 24 meses para presentar los dictámenes de acusación.
Los parlamentarios recibieron al fiscal general de la República, Rodolfo Delgado, para hablar de las reformas. El funcionario informó que se han detenido 88,750 personas bajo el régimen de excepción, señaladas de pertenecer a estructuras criminales, las cuales, con el decreto 803 fueron agrupadas por clica.
“Estas 88,750 personas deben ser juzgadas por 44 jueces de crimen organizado. La participación de la fiscalía como sujeto procesal dentro de cada uno de estos juicios y que en un aproximado de 300 fiscales, van a ser los encargados de dirigir y exponer las pruebas ante los tribunales competentes de los aproximadamente 600 juicios que se deben de iniciar a raíz de todos los agrupamientos que ya los fiscales solicitaron ante los tribunales de acuerdo con lo que establece el decreto transitorio 803”, informó Delgado.
Respecto a la detención de menores de edad por integrar los grupos criminales, las reformas sobre esta temática recaen en el artículo 3 de la Ley. Esto contempla que el juez de menores se vuelve un garante en los derechos procesales, pero son los jueces de los Tribunales del Crimen Organizado los que se encargan de ejecutar el juicio.
“En los casos que involucren a menores de edad, los jueces de menores que conforman el Tribunal actuarán únicamente como jueces de garantía, supervisando el cumplimiento de los derechos de los menores conforme a la legislación especial nacional e internacional aplicable, sin participar directamente en el juzgamiento de los delitos sometidos a conocimiento de esta competencia”, indica el artículo en mención.
Otra de las modificaciones a la normativa trata sobre implementar “audiencia única abierta”, esto mientras existan miembros de la estructura criminal sin juzgar, luego de la acusación hecha por la Fiscalía General de la República (FGR). Si no se presentan nuevos imputados o pruebas relevantes durante un período de dos años consecutivos, el juez, previa consulta al fiscal, podrá declarar el cierre de la audiencia.
El fiscal propondrá al juez a los imputados que irán siendo sometidos a la audiencia, de acuerdo a la pertenencia y jerarquía dentro de la estructura, y será el juez el que determinará la participación del acusado. Una vez finalizado el conocimiento de las imputaciones que se vayan presentando, el juez procederá a emitir sentencia con base en la prueba aportada.
Este dictamen se pretende aprobar en una sesión plenaria ordinaria convocada para este viernes 15 de agosto.
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