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De la Inquisición a la Acusación

ROBERTO CARLOS CHAVARRIA
Abogado y Notario
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Una habilidad propia del ser humano, es la facilidad para idear formas y métodos que permiten hacer Justicia, nuestras mentes pueden vislumbrarlo de forma imprecisa como un procedimiento para satisfacer a sus víctimas, como un valor determinado socialmente para el beneficio común, o más aun, “la forma por excelencia para expeler a personajes en oposición de una orden, régimen o Gobierno”; sea cual fuese, no deja de ser necesario para brindar sosiego al ansia de Justicia en la Sociedad.

La creatividad que hemos desarrollado, desde las formas  más sutiles y delicadas para satisfacer ese deseo, hasta los más gravosos y deplorables sistemas creados por el hombre como la Inquisición, que luego evoluciona en una Institución de investigación según su etimología latina lo confirma -inquiro (investigación)-; requirió obispos en el pasado para hacer  investigaciones judiciales por herejía en sus diócesis como proceso de depuración que en su momento fue ineficaz, siendo necesario, que quien Ordenaba Religiosamente a nivel de Europa en ese entonces asumiese la responsabilidad, emitiendo las Bulas Papales que permitiesen al Sistema inquisidor instituirse en diferentes localidades, pudiendo así investigar, perseguir, condenar y ejecutar a quien se consideraba enemigo del dogma religioso; ya en dicho proceso, fue indispensable un Escribano o Notario para documentar lo acontecido durante el procedimiento incluyendo la confesión del investigado producto de manipulación, coacción y tortura realizada por el Inquisidor; además de ello los Testigos estaban próximos para  afirmar los hechos de los cuales el Inquisidor acusaba al investigado, quien también Juzgaba, condenaba y ejecutaba la sentencia que en muchas ocasiones era “La Muerte”, con suerte los familiares de este fuesen niños, mujeres, jóvenes o ancianos eran despojados únicamente de sus bienes y no de sus vidas.

La corona española no fue la excepción en legitimar como apropiarse parte del patrimonio que les pertenecía a judíos y musulmanes en España, así como a moriscos, ingleses y otros en la Nueva América (México); por medio del Tribunal del Santo Oficio en Guatemala se propiciaron ejecuciones en Sonsonate; dándose posteriormente la ruptura entre El Clérigo y La Corona, quedando dicha práctica abolida en su totalidad a partir de 1820, lo cual se confirmó en 1821 con la Independencia Criolla de El Salvador y Centroamérica.

Para 1924 quien ejercía Justicia según La Constitución no era un Monarca sino que El Estado por medio del juez que formaba parte del Poder Judicial, otorgándole potestades inmensurables ante causas Civiles y Criminales, constituyéndose legalmente como “El Nuevo Inquisidor” de la época porque a este correspondía la investigación, persecución, juzgamiento, condena y ejecución de penas, todo en una sola persona; aun a mediados de la década del 73 donde ya existía la figura del fiscal como ente acusador, y promotor de la investigación ante el juez penal competente, se mantenía el sistema inquisitivo como primordial, siendo el Fiscal más que todo un servidor del Juzgador que otra cosa.

Dadas las injusticias y atrocidades causadas por el sistema Inquisitivo escrito, donde el Ministerio Público fiscal y juez trabajaban a la par, donde para condenar a un indiciado bastaba la confesión del mismo, donde el juez no cimentaba sus decisiones de forma objetiva y que a mi criterio ese supuesto criminal podría considerarle en la actualidad como víctima de ese sistema; un sistema procesal Mixto con tendencia acusatoria se implementó en nuestro país a partir de 1998, en el cual el fiscal como garante de la legalidad del proceso, dirigía la investigación del delito y promovía la acción penal; suprimiéndole con ello parte del poder con que contaba el Juzgador desde hace siglos, volviéndose completamente novedoso por incorporar La Oralidad de las Partes al Proceso, fue así como se estableció un “Nuevo Acusador” hasta nuestros tiempos “El Fiscal”, dejando aparentemente la inquisición para el pasado, y aunque este no se considera con afinidades políticas da la casualidad que  es nombrado por la Asamblea Legislativa que está compuesta por diputados miembros de fracciones políticas, por lo que de alguna manera sus decisiones y actuaciones pudiesen verse supeditadas a satisfacción de sus pasados o potenciales futuros electores.

En ocasiones el trabajo institucional se ha visto opacado porque se cree que da más importancia a unos casos que otros, o simplemente no diligencia sus líneas de investigación ante sucesos del pasado que a la luz del pueblo merecen especial atención, a veces las cacerías obedecen a intereses obscuros, o a la satisfacción social, no se sabe la verdad, pero cierto es que hay precedentes históricos en este siglo bajo un nuevo y moderno sistema Oral Acusatorio en que se ha condenado a quienes socialmente se les ve diferente por los cargos públicos que han ostentado.

Previo a las elecciones la cacería ha iniciado, y a servicio del juzgador el fiscal estuvo en el pasado, sería bueno preguntarnos al servicio de quien está en el presente o a quien le servirá en el futuro después de las elecciones realmente.

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