Página de inicio » Nacionales » Asamblea prorroga disposiciones para la venta, donación y destrucción de productos forestales
La Asamblea Legislativa aprobó las facultades otorgadas al Ministerio de Agricultura y Ganaderí, en lo referente a productos forestales decomisados. Foto Diario Co Latinmo/Archivo.

Asamblea prorroga disposiciones para la venta, donación y destrucción de productos forestales

Alessia Genoves
Colaboradora

La Asamblea Legislativa aprobó la prórroga de las“Disposiciones Transitorias para la Venta, Donación y Destrucción de Productos y Subproductos Forestales Decomisados por Infracciones a la Ley Forestal” hasta el 12 de mayo de 2025. La medida fue aprobada con
56 votos a favor durante la Sesión Plenaria Ordinaria No. 19, extendiendo así las facultades otorgadas al Ministerio de Agricultura y Ganadería (MAG) para disponer de los productos forestales decomisados.

La prórroga mantiene vigente el decreto que permite al MAG, a través de la Dirección General de Ordenamiento Forestal, Cuencas y Riego, vender con dispensa de trámite, donar a instituciones públicas o destruir los productos y subproductos forestales decomisados cuyo
origen lícito no pueda ser demostrado. La legislación establece un plazo de quince días hábiles para que los propietarios demuestren la adquisición legal de los productos, tras el cual el MAG puede proceder
con su disposición.

El decreto aprobado por la Asamblea faculta al MAG para tomar decisiones expeditas sobre los productos forestales decomisados, según el artículo 1. También otorga estas facultades a la Dirección General
de Ordenamiento Forestal, Cuencas y Riego, a la venta con dispensa de trámite, a la donación a instituciones de la administración pública y municipal que los requieran con fines de utilidad pública e interés
social, o a la destrucción de los productos y subproductos forestales que resulten de los decomisos cuyo origen lícito o adquisición legal
no pueda ser demostrada.

La disposición presume generar una gestión más eficiente de los productos decomisados, evitando su acumulación en puestos policiales y
sitios de resguardo. La legislación establece un período de quince días hábiles para que los propietarios reclamen y demuestren la legítima propiedad de los productos. Transcurrido este plazo, el MAG queda autorizado para disponer de ellos según lo considere
conveniente.

El decreto menciona que “diferentes instituciones han solicitado la donación de dichos productos y subproductos forestales con fines de utilidad pública e interés social”, lo cual no era posible
anteriormente por falta de base legal. También autoriza la venta con dispensa de trámite por razones de urgencia, permitiendo la venta a particulares interesados sin necesidad de seguir el procedimiento regular. Esta medida busca agilizar el proceso de disposición de los
productos forestales decomisados.

Procedimientos y garantías de protección

El decreto establece procedimientos para la disposición de los productos forestales decomisados. Según el artículo 2, se faculta a las anteriores instituciones referidas para que formalice la venta con dispensa de trámite, donación o destrucción de los productos y
subproductos forestales a que se refiere en el artículo anterior. Dicho acto será respaldado por medio de actas que se emitirán para tal efecto y a través de la documentación o pruebas que sean pertinentes.”

Este procedimiento busca la transparencia en la disposición de los productos decomisados, requiriendo documentación adecuada para cada
acto de venta, donación o destrucción. Además, se establece una disposición especial para los decomisos anteriores a enero de 2021, permitiendo su disposición en lotes sin necesidad de individualizado cada expediente administrativo.

También permite al MAG conservar parte de los productos forestales para uso propio, específicamente para “habilitar las instalaciones destinadas al resguardo de los productos forestales decomisados” y
para “la construcción y reparación de infraestructura en sus diferentes unidades administrativas”. Esto asegura que los recursos decomisados puedan ser utilizados de manera productiva por la misma institución encargada de su gestión.

Las infracciones a la Ley Forestal pueden resultar en el decomiso de productos y subproductos forestales, lo cual activa los procedimientos establecidos en las disposiciones transitorias. Esto crea un mecanismo
disuasorio para aquellos que pudieran estar tentados a adquirir o comercializar productos forestales de origen ilícito.

La prórroga de estas disposiciones transitorias hasta el 12 de mayo de 2025 representa una extensión significativa de las facultades otorgadas al MAG para la gestión de productos forestales decomisados.

 

Ver también

Los trabajadores no somos la grasa del Estado, dice SITRASALUD

Alma Vilches @AlmaCoLatino Ante el anuncio que para 2025 existe un recorte presupuestario y se …