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Los abogados defensores deben estar acreditados para ingresar a los centros penales, según una nueva normativa de las autoridades de seguridad. Foto Diario Co Latino

Abogados defensores deberán estar acreditados para ingresar a Penales

@JoakinSalazar

Privados de libertad tienen derecho a la defensa técnica. A través de las facultades que establece el Decreto Legislativo 321, en el que se establecen disposiciones Especiales Transitorias y Extraordinarias en los Centros Penitenciarios, el ministerio de Justicia y Seguridad Pública, estableció protocolos  de seguridad para abogados defensores.

Las medidas extraordinarias contra abogados defensores surgen luego de que se iniciara una investigación en contra de abogados defensores, que presuntamente son replicadores de los privados de libertad, dado que las autoridades afirman que trasladan ordenes de los líderes de pandillas. Entre las medidas que se adoptan se encuentra: que el Defensor designado por el interno deberá acreditar con documentación profesional, personal y judicial que acredite que es abogado de la República, que no está impedido o inhabilitado para el ejercicio de su profesión.

También, el abogado defensor deberá cumplir con los protocolos de seguridad establecidos por cada centro penal, por la aplicación de las medidas extraordinarias.

“El director de Centros Penal exigirá la certificación del Documento Único de Identidad, Carnet de abogado vigente, según en el artículo 144 de la Ley Orgánica Judicial”, según el comunicado de la entidad de seguridad.

De igual forma, el abogado deberá presentar un poder que lo acredite como defensor del privado de libertad a quién visita, el cual será emitido por un familiar, hasta en segundo grado de consanguinidad o afinidad, constancia emitida por la sección de investigación profesional de la Corte Suprema de Justicia, que no se encuentra impedido o inhabilitado para el ejercicio de su profesión.

Además, la visita del defensor, ya sea una vez por mes, por el lapso de 30 minutos, o las veces necesarias, deberá ser autorizada con orden judicial. Estas medidas serán aplicadas para los Centros Penales: Ciudad Barrios, Chalatenango, Izalco, Quezaltepeque, Sector “E” del Penal de Ilopango, San Francisco Gotera, Zacatecoluca.

De igual manera, el Ministerio informó que en los sectores seis, siete y ocho, del penal La Esperanza, Mariona, se ha decretado la apertura en los que se albergará internos considerados de alta peligrosidad, provenientes de otros centros penales.

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