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El Salvador 1821-2021 Bicentenario de la Independencia (el libro) IV

EL SALVADOR 1821-2021 BICENTENARIO DE LA INDEPENDENCIA (EL LIBRO) IV

Por César Ramírez

El estudio es extenso y se omiten las referencias bibliográficas del libro referido, por lo tanto, solo indicaré algunos descriptores de capítulos para futuras discusiones del tema.

Elecciones y partidos políticos 

Dos partidos políticos… cuando se restableció en Marzo de 1820 la Constitución española de 1812. Este acontecimiento dio ocasión a dos fuertes partidos que tomaron pretexto en las elecciones populares del aquel año para diputados y municipales. El partido liberal americano tendía a la independencia y la oposición era el de los españoles europeos, a cuya cabeza estaba el Licenciado Don José Cecilio del Valle natural de Choluteca, en Honduras.

Libertad 

Las autoridades españolas y criollos americanos interpretan la Libertad, Constitución, Propiedad, Representación etc., de forma tan desigual como día y noche, los encontramos en el documento referente a José Bustamante y Guerra, Capitán General del Reino de Guatemala, su nombramiento y posterior salida.

En ese lapso 1814-1820, perdida la libertad en la provincia de Nicaragua, “Confiados en las promesas de Gutiérrez, y no imaginándose tanta mala fe de parte de un gobierno, los principales autores de los movimientos de Granada se mantuvieron tranquilos en sus haciendas; allí fueron sorprendidos por los satélites del despotismo. Cerca de dos años duró la instrucción del proceso; y después de sufrir todos los padecimientos consiguientes a tan larga prisión, después de habérseles despojado con la mayor inhumanidad de todos los bienes, los infelices granadinos fueron sentenciados militarmente; resultado del dictamen del fiscal; que debían ser pasados por las armas como cabezas de la rebelión. D. Miguel Lacayo, D. Telésforo y D. Juan Argüello, D. Manuel Antonio Cerda, D. Joaquín Chamorro, D. Juan Cerda, D. Francisco Cordero, D. José Dolores Espinoza, D. León Molina, D. Cleto Bendaña, D. Vicente Castillo, Gregorio Robledo, Gregorio Bracamonte, Juan Dámaso Robledo, Faustino Gómez y Manuel Parrilla. A presidio perpetuo nueve individuos, entre ellos los más notables, D. Juan Espinoza el Adelantado de Costa Rica y D. Pio Argüello; y ciento treinta y tres también a presidio, pero por tiempo determinado.

De estas condenas solamente la primera no tuvo efecto; y así fue que vieron, con el carácter de presidiarios, en los puertos de Omoa y Trujillo, el Licenciado D. Juan Manuel de la Cerda, D. Pedro Guerrero, D. Silvestre Selva y otros varios individuos de las primeras familias de Granada. Casi todos los comprendidos en la pena de último suplicio y presidio perpetuo fueron conducidos a Guatemala, y después de nuevos sufrimientos, confinados a los puertos de ultramar de dependencia española; algunos de estos perecieron durante su destierro, los demás recobraron su libertad en virtud de la real orden de 25 de junio de 1817.

La libertad bajo un nuevo concepto de Monarquía americana se certifica, fue jurada el 15 de septiembre de 1821 y en Salvador el 21 de septiembre de 1821.

con la nota siguiente: (Sr.Jefe Político Superior Don Gabino Gainza. “ … y hacer guardar la Independencia, ser fiel a la monarquía Americana, y observar el Gobierno que se establezca y las Leyes que se sancionen”.

República 

Es un concepto diferente en el siglo XIX se refiere a las cuatro intendencias creadas dentro del Reino de Guatemala, del Sermón 1811 de José Matías Delgado y su concepto de República (bajo la monarquía española) aún Reino de Guatemala. La noticia sola empezó a calmar la tempestad y la mano diestra, pacífica y prudente del Piloto destinado para conducir la nave de la República en situación tan crítica, palabra que encierra una enorme importancia dentro de un discurso pronunciado después de la insurrección del 5 de noviembre de 1811  de la manera que sea implica una señal de los elementos de ese tiempo: Ayuntamiento, Cabildo, Intendente, monarquía constitucional no una Monarquía absoluta, Voluntarios Armados (armas organizadas), Constitución, Justicia, Derechos criollos, etc que en ese momento pueden ejercerse por la Constitución de 1810 bajo ese modelo podemos asumir esa palabra significativa.

Una revolución histórica acontece en 1814 al reseñarse durante el movimiento insurgente de ese año

“…que tenía dadas ordenes, para que a las cinco de la mañana cerraran todas las bocas calles de la  República para evitar entrasen los víveres de abasto, y lograr que los Voluntarios largaran las armas por si solos sin necesidad de pasar a otra cosa estimulados de la hambre”

Iglesia

Acompaña la política imperial española desde tiempos de la conquista, pero fijaremos su transformación a partir de 1808 del estatuto constitucional de Bayona, el cual fue promulgado el 6 de julio de 1808 “La religión católica apostólica y romana en España y en todas las posesiones españolas, será la religión del Rey y de la Nación y no se permitirá ninguna otra”.

Es importante señalar “cuando Napoleón se encontraba a las afueras de Madrid, en la localidad de Chamartín, Napoleón promulgó el 4 de diciembre de 1808 unos decretos que ponían fin al Antiguo Régimen en España. Declaró abolido el «feudalismo», redujo a un tercio el número de conventos de las órdenes religiosas, eliminó las aduanas interiores y suprimió el Consejo de Castilla y la Inquisición española”. Posteriormente el clero en América se divide en: insurgente y contrainsurgente, bajo el mismo signo de la cruz.

Ramón Casaus (contrainsurgente) llega al Reino de Guatemala en 1811 e inmediatamente comete una acción ilegal… “Lo que parece únicamente es que el M.R, Arzobispo, por sí sólo, tomó conocimiento de un delito de traición; que siguió la causa y la sentenció o cortó precipitadamente en el mismo tiempo de alborotarse San Salvador,  manifestando al público que la detención y llamamiento de los Aguilares (Nicolás, Vicente y Manuel) no había tenido otro objeto que la averiguación de más noticias, que ya no era las providencias.

8 de octubre de 1816. El Arzobispo Fray Ramón Casaus nombra al Vicario provincial de San Salvador don Pedro José Iraheta, Juez Eclesiástico para proceder con su asistencia en las  causas de infidencia que se instruían contra los eclesiásticos don Mariano Lara, don Nicolás, Vicente y Manuel Aguilar.

El clero provincial se transforma entre los años 1820 y 1821. El cambio de Ramón Casaus de excomulgador en México se transforma en apoyo a independencia en Centroamérica,  la gran nación de México da el ejemplo, la Iglesia la misma que excomulgó a Hidalgo y a Morelos decide unirse a la independencia, promoviendo una alianza entre peninsulares y criollos, en aquella vorágine de aspiraciones y signos de cambio, surge Iturbide con el Plan de Iguala del 24 de febrero de 1821.

Movimiento popular, violencia en los sucesos de 1811 y 1814

Tratar de individualizar en actores principales o secundarios los sucesos de 1811 y 1814 nos coloca en un horizonte vertical de uno y otro bando, mientras que si colocamos nuestra visión en forma horizontal podemos acercarnos a un escenario unido por conceptos, aspiraciones, una lucha popular-religiosa-política-social versus el gobierno colonial, sus aliados, sectores clericales etc. En ese contexto las coyunturas o las crisis provocan movilización popular y surge la represión española.

La realidad histórica implica dos grandes acontecimientos sociales que merecieron un juicio de infidencia contra los insurgentes de la provincia salvadoreña, Nicaragua y fueron notables como el adelantado Costa Rica D. Juan Espinoza el Adelantado de Costa Rica y D. Pio Argüello.

Acciones en su trascendencia social únicas con un gobierno revolucionario entre el 5 de noviembre y 3 de diciembre de 1811 en San Salvador, además en 1814 los conceptos son superiores, en esta eclosión social existe violencia mueren insurgentes, se pide la cabeza del Intendente Peinado, las fuerzas coloniales reprimen las expresiones populares, concluyendo en un juicio de infidencia que acumula ambas circunstancias incurriendo en un procedimiento indebido puesto que los acusados de 1811 obtuvieron un Indulto Real, ese fue uno de los argumentos de su defensa, posteriormente también reciben otro Indulto Real en 1814, pero han sufrido prisión por cuatro años, en esos años 1818-1820 la evolución de los acontecimiento tanto en España como en México han convertido la Independencia en una realidad posible, puesto que las derrotas militares españolas ocurren en toda la América colonial, el restablecimiento de la Constitución 1812 sucede en 1820 cuando la tendencia de poder  se inclina a favor de la Independencia de la España monárquica.

Continuará

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Ver también

«Fiestas de mi pueblo». Fotografía de Rob Escobar. Portada Suplemento Cultural TresMil-27 Abril 2024.