Redacción Nacionales
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Tras una reforma al Código Municipal, se quitará a las alcaldías municipales la facultad de inscribir de las asociaciones comunales y ADESCOS, y se trasladada al Centro Nacional de Registros (CNR), donde se creará una oficina especial bajo control del Ejecutivo, con nuevos requisitos y una vigilancia más estricta.
Con esta reforma el gobierno busca tener en sus manos a las asociaciones que históricamente han gestionado pozos de agua, manantiales y proyectos locales sin depender del gobierno central, que significa menos autonomía para las comunidades y más poder concentrado en el Ejecutivo, en un país donde cualquier espacio de organización independiente es visto como una “amenaza”.
Actualmente, las ADESCO se inscriben en la alcaldía correspondiente, pero la iniciativa busca centralizar el proceso y aplicar reglas más estrictas, incluyendo la obligación de presentar estados financieros y un dictamen de auditor si sus activos superan los $12,000.
Las alcaldías sólo asesorarán, supervisarán y podrán sancionar a asociaciones municipales antes de constituirse. Las asociaciones deberán solicitar una contabilidad formal, La administración tributaria podrá fiscalizar, inspeccionar, investigar y controlar las asociaciones.
Cada año deberán presentar al Registro de Asociaciones Comunales (RAC) emitir un certificado de cumplimiento registral necesario para cualquier proceso, estas no podrán recibir donaciones de fondos públicos si no tienen vigente su registro.
Las asociaciones comunales podrían formarse con 10 personas y ya no con un mínimo de 25 como actualmente establece el Código Municipal, la directiva estaría conformada por cinco miembros propietarios y tres suplentes, con una duración de dos años.
La falta de inscripción en el CNR hará incurrir a los miembros de la asociación comunal en responsabilidad personal, solidaria e ilimitada por cualquier actuación que ésta haga; además, crearía un tarifario de servicios registrales al CNR por parte de las asociaciones comunales entre $15 y $35 por trámite.
Con la reforma, quedará prohibido que las municipalidades inscriban nuevas asociaciones comunales, sólo darán un aval inicial y luego se inscribirán de forma “obligatoria” en un registro del CNR.
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