Redacción Nacionales
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La abogada penalista Lucrecia Landaverde cuestionó la reciente reforma constitucional que habilita la cadena perpetua en El Salvador y advirtió que, en la práctica, este tipo de sanción ya se venía aplicando mediante condenas acumulativas de cientos de años. Además, calificó de “aberrante” los juicios masivos en las llamadas Audiencias Únicas Abiertas.
Durante el programa Encuentro con Julio Villagrán, la jurista vinculó la aprobación acelerada de la medida con señalamientos internacionales sobre posibles crímenes de lesa humanidad en el contexto del régimen de excepción.
Según Landaverde, más que una reacción improvisada del Ejecutivo encabezado por Nayib Bukele, la iniciativa responde a un intento de dotar de respaldo legal a prácticas punitivas que —aseguró— ya se venían implementando en tribunales mediante sentencias acumuladas de 200, 270 o incluso 300 años de prisión.
“La cadena perpetua tiene una génesis. Ya se estaba aplicando antes”, afirmó la penalista, al señalar que lo que faltaba era su formalización constitucional. En ese sentido, interpretó la reforma como un mecanismo orientado a legitimar jurídicamente decisiones judiciales previas que, según su lectura, contradecían el espíritu original de la Constitución.
La abogada vinculó esta reforma con el reciente informe del Grupo de Expertos en Derechos Humanos sobre El Salvador (GIEI/GIPES), el cual documenta presuntas violaciones graves a derechos humanos en el marco del régimen de excepción. Landaverde sostuvo que dicho informe se basa en expedientes judiciales y documentación verificable, por lo que consideró “arriesgado” descalificarlo como un producto elaborado sin sustento técnico.
“Si han tenido acceso a expedientes, independientemente de quién haya facilitado la información, esa documentación es verificable”, expresó
Procesos masivos y falta de individualización
Durante la entrevista, Landaverde describió lo que calificó como irregularidades en procesos judiciales masivos derivados del régimen de excepción. Señaló que existen expedientes con cientos e incluso más de mil imputados, lo que —según explicó— dificulta la individualización de responsabilidades.
“Hay expedientes con más de mil acusados. ¿Cómo se individualiza la conducta de cada persona en esas condiciones?”, cuestionó.
La penalista explicó que los procesos masivos se desarrollan audiencias denominadas “únicas abiertas”, en las que los imputados son agrupados en bloques para agilizar la emisión de resoluciones judiciales.
Según su testimonio, en uno de estos procedimientos recientes participaron 66 personas en una sola etapa procesal, las cuales fueron condenadas.
Afirmó además que en estos casos la prueba testimonial proveniente de testigos de descargo —incluyendo vecinos y familiares— pierde peso frente a declaraciones de testigos criteriados, quienes negocian beneficios penales a cambio de señalar a otros imputados.
“Basta con que un testigo criteriado señale a las personas para que eso se considere prueba suficiente”, sostuvo.
Asimismo, expresó preocupación por la reorganización de casos judiciales durante las audiencias, señalando que algunos expedientes han sido modificados en su estructura original para ajustar acusaciones según criterios territoriales o de pertenencia a supuestas estructuras criminales, los que calificó de aberrantes.
En la audiencia, en la que defiendo a una inocente, en un principio llevan a los miembros de la MS y 18 juntos, en el mismo proceso, y cuando se dieron cuenta que no podías acusarlos de haber cometido un delito juntos, en el mismo territorio, los separaron por bloques.
Señalamientos sobre el régimen de excepción
Landaverde también cuestionó la continuidad del régimen de excepción, vigente desde marzo de 2022 y prorrogado mensualmente por la Asamblea Legislativa. Según explicó, la Constitución establece límites temporales para la suspensión de garantías, por lo que consideró que la extensión prolongada del régimen responde a decisiones políticas más que a criterios estrictamente constitucionales.
La jurista afirmó que la narrativa oficial sostiene que la suspensión de derechos es necesaria para evitar el regreso de estructuras criminales a las calles, pero señaló que ese argumento ha sido utilizado reiteradamente para justificar su prolongación.
“Cada 30 días se aprueba nuevamente porque la Constitución no permite que la suspensión sea permanente”, indicó.
Impacto social de las reformas penales
En su intervención, Landaverde advirtió que las reformas penales y constitucionales podrían tener consecuencias profundas en sectores vulnerables de la población. Según afirmó, muchas de las personas procesadas no cuentan con antecedentes penales ni policiales, pero permanecen detenidas en procesos prolongados.
“Hay personas que no tienen antecedentes, ni tatuajes, ni vínculos comprobados, pero están siendo procesadas dentro de expedientes masivos”, aseguró.
Expectativa ante observación internacional
Finalmente, la penalista consideró que el informe del grupo internacional de expertos representa un elemento relevante para visibilizar la situación judicial salvadoreña ante la comunidad internacional. A su juicio, ese tipo de documentación podría contribuir a abrir espacios de revisión futura sobre decisiones adoptadas durante el régimen de excepción.
“Ese informe puntualiza aspectos importantes de lo que está ocurriendo dentro del sistema judicial”, afirmó.
Las declaraciones de Landaverde se producen en un contexto de debate nacional e internacional sobre el alcance de las reformas constitucionales en materia penal, la legalidad del régimen de excepción y la compatibilidad de estas medidas con estándares internacionales de derechos humanos.
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