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La Sala, un can cerbero inverso

LUIS FRANCISCO LÓPEZ*

En los últimos días se ha discutido el “llamado al desacato” que diversas personas y organizaciones han realizado en torno a las resoluciones de la Sala de lo Constitucional, por la emisión de la medida cautelar que boicotea el Sistema Integrado de Transporte del Área Metropolitana de San Salvador (SITRAMSS). Como era de esperarse han salido los siempre genuflexos a defenderles y dentro su logicidad, atacan a la Unión de empresas SIPAGO-SITRAMSS S.A. de CV, por ser una empresa que no retribuye nada al Estado; sin embargo, ese mismo razonamiento no lo aplican a la crisis generada por empresas privadas de giro único denominadas Administradoras de Fondos de Pensiones (AFP). No es este el espacio para señalar el doble rasero de dichos argumentos, sino para evidenciar qué hay detrás de los intereses de lo que ahora de manera formal se denomina Sala de lo Constitucional, pero que en el caló popular se reconoce como Sala de lo (in y anti) constitucional o bien Sala de lo prostitucional.

Los prefijos negativos, el apodo y las protestas hacia una fracción minoritaria del Órgano Judicial, evidencian que el pueblo comienza a entender que las decisiones adoptadas por la Sala, no son normas sacras; pueden ser criticadas y desafiadas mediante el desacato u otras formas legales de rechazo popular. Ello es así, porque muy a pesar de los deseos de los pseudo-constitucionalistas el derecho canónico no comparte sus dogmas con el derecho constitucional. Este último puede y debe ser criticado cuando en su ejercicio fracasa en el punto medular: “la justicia”, y además violenta principios elementales como el de no contradicción.

Veamos, la Sala que en junio de 2012 en sentencia de inconstitucionalidad n.º 28-2008 expresó: “en procura de la seguridad jurídica y la continuidad en la prestación de un servicio esencial para la población este Tribunal añade que, las concesiones otorgadas con anterioridad se conservarán vigentes.” (beneficiando a las concesionarias energéticas). Cinco años después razona que sí es posible: dañar intereses concesionarios, olvidar la seguridad jurídica e interrumpir un servicio público esencial, aunque con ello se dañe injustamente a más de medio millón de usuarios de SITRAMSS. Sin olvidar que la media cautelar ha propiciado más de una veintena de accidentes, lesionados y hasta una persona fallecida. Volviendo al punto pero ahora en palabras más entendibles que la verborrea jurídica: lo que para los magistrados hoy está bien para mis amigos (léase, concesionarios energéticos), exactamente lo mismo está mal después, solo porque eres mi enemigo (entiéndase, Gobierno) y no me importa quién o cuántos “de a pie” resulten afectados. Esa es una lógica resolutiva ideológica, no constitucional y debe de ser condenada.

Así lo entienden las personas, organizaciones o funcionarios públicos que disienten, reclaman, protestan o llaman a no acatar, han reconocido en dicha institución (Sala Constitucional), un can cerbero invertido, que a diferencia de la mitología griega no posee muchas cabezas, sino múltiples cuerpos que convergen en una sola cabeza llamada drittesta (derecha), cuyo accionar es unidireccional y tiene por finalidad favorecer a una derecha oligárquica incapaz de recuperar mediante el voto ciudadano lo que perdió en 2009.  El ejercicio en defensa del constitucionalismo debe continuar mostrando que cada una de las medidas adoptadas por ese can cerbero no tienen un fin jurídico. Irrespetan el principio de no contradicción y en lo que constituye un insulto a la inteligencia colectiva, en su más reciente resolución frenan el nombramiento presidencial del comisionado del Instituto de Acceso a la Información Pública (IAIP) para favorecer intereses de ARENA, FUSADES y ANEP, aduciendo que el nombramiento fue “poco transparente”, sin embargo, hace menos de un año, fueron rechazadas por ese mismo ente unicéfalo, 14 demandas contra el nombramiento de Rodolfo González y Belarmino Jaime electos sin formar parte del listado oficial y en ausencia de la presentación de sus declaraciones patrimoniales.

Entendido lo anterior las manifestaciones en rechazo a la Sala, no son solo ejercicios del derecho a la protesta o meras inconformidades, constituyen en realidad la manifestación del soberano pueblo que reconoce lo injusto y no lo acepta. El desacato es en definitiva la defensa del orden constitucional alterado y por tanto engendra el inicio de la derrota política de los cuatro magistrados. Hasta en tanto esto no sea entendido, el animal mitológico seguirá destituyendo funcionarios, limitando el ingreso de fondos al erario público y consolidando un fraude electoral que permita el regreso de ARENA al Ejecutivo.

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