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Esta iniciativa, la cual, tiene como propósito posicionar al país como un destino atractivo para inversiones sofisticadas, fortalecer el ecosistema financiero y promover el crecimiento económico, pasará al pleno legislativo este miércoles en la sesión plenaria ordinaria. Foto: Diario Co Latino / Cortesía.

Con Ley de Fondos de Inversión Privados Alternativos busca atraer “grandes capitales”

Redacción Nacionales

@DiarioCoLatino

La Comisión de Tecnología, Turismo e Inversión de la Asamblea Legislativa emitió dictamen favorable para crear la Ley de Fondos de Inversión Privados Alternativos, la cual tiene como propósito posicionar al país como un destino atractivo para inversiones sofisticadas, fortalecer el ecosistema financiero y promover el crecimiento económico, según se dijo en la instancia legislativa.

El marco legal propuesto está fundamentado en el artículo 101 de la Constitución de la República que compromete al Estado a promover el desarrollo económico mediante el incremento de la productividad y el uso racional de los recursos. La normativa permitiría la constitución y operación de fondos privados que atraigan grandes capitales, fomentando así el desarrollo económico y la diversificación de inversiones en el país.

Durante el estudio de la propuesta, los diputados de la comisión escucharon la opinión técnica de representantes del Ministerio de Economía, Superintendencia del Sistema Financiero y Centro Nacional de Registros (CNR).

Martha Solís, directora de asuntos jurídicos del Ministerio de Economía, explicó que el objeto de la ley se centra, principalmente, en regular y establecer la supervisión de los Fondos de Inversión Privados Alternativos, denominados como (PAIF, por sus siglas en inglés), un tipo de vehículos de inversión privada diseñado para reunir aportes de capital de un grupo limitado de inversionistas.

Añadió que el nuevo marco legal está orientado a dar certeza jurídica a los inversionistas sofisticados, es decir, aquella persona o entidad que posea conocimientos, experiencia y capacidad financiera suficientes para comprender y asumir los riesgos asociados a inversiones complejas, sin necesidad del mismo nivel de protección que requiere un inversionista común o minorista.

Debido a la naturaleza diversa y compleja de los activos en los que pueden invertir los PAIF, añadió la funcionaria, es fundamental mantener la figura del inversionista sofisticado, ya que es clave para atraer grandes negocios al país.

La funcionaria explicó que una de las ventajas de la normativa es que permitiría brindar un marco regulatorio seguro y especializado para que estos inversionistas constituyan fondos destinados a proyectos innovadores y de alto impacto, como iniciativas digitales, energías renovables o desarrollos inmobiliarios que, si bien pueden implicar riesgos elevados, también ofrecen altos retornos.

También aclaró que, a diferencia de la Ley de Fondos de Inversión tradicional, la nueva normativa busca habilitar instrumentos más flexibles y adecuados para perfiles de riesgo más elevados, fomentando así el establecimiento de capital sofisticado en El Salvador y posicionando al país como un destino atractivo para inversiones modernas y estratégicas.

La titular de la Superintendencia del Sistema Financiero, Evelyn Gracias, propuso a los diputados modificar varios artículos de la nueva ley, entre ellos el  29 y el 45, relacionados a la autorización de la constitución, para que la institución realice un análisis profundo antes de autorizar la creación de las sociedades.

“La solicitud es que se incorpore la posibilidad de que la Superintendencia, dentro de su análisis para autorizarlo, valore aspectos macroprudenciales de contexto macroeconómico que pueda estar ocurriendo en el país o a nivel mundial, para tener elementos adicionales que nos permitan hacer una valoración del riesgo sistémico que este tipo de productos pudiera generar a El Salvador”, expresó Evelyn Gracias.

Los parlamentarios también recibieron en la mesa de trabajo al titular del Centro Nacional de Registro, Camilo Trigueros, quien también propuso hacer modificaciones técnicas al proyecto de ley. Trigueros sostuvo que el Registro de Comercio ha tenido un crecimiento “histórico” en la administración de Bukele, ya que hay un total de 6382 empresas nuevas.  En este resultado ha influido la creación de la figura de las Sociedades por Acciones Simplificadas.

“El histórico de los últimos 20 años era un esquema que rondaba cerca de las 2,500 empresas creadas por año. En 2021, cerramos con 4,000; el 2024 cerramos con 6,000. Si la proyección no falla, este año cerraremos con 7,000 o más empresas nuevas creadas y eso gracias al apoyo y coordinación que el Gobierno está llevando a cabo”, afirmó Trigueros.

Inversionista sofisticado

La ley que se creará considera «inversionista sofisticado» a una persona natural o jurídica  con la experiencia, los conocimientos y la competencia necesarios para tomar decisiones de inversión informadas y evaluar correctamente los riesgos que asume. Cualquier persona que destine al menos $250,000 se considerará un inversionista sofisticado.

El capital será gestionado por sociedades administradoras especializadas o mediante estructuras empresariales propias, bajo políticas estrictas de inversión, enfocadas únicamente en la rentabilidad y respetando el perfil de riesgo y liquidez de cada inversionista.

Los PAIF podrán invertir en una amplia gama de activos, incluyendo activos digitales, según lo establecido en la Ley de Emisión de Activos Digitales, consolidando así el papel de El Salvador como pionero en la adopción de tecnologías financieras “innovadoras”.

Sin embargo, los PAIF y las sociedades administradoras no formarán parte del sistema financiero tradicional, aunque sí estarán sujetos a supervisión por parte del Banco Central y la Superintendencia del Sistema Financiero, quienes emitirán la normativa técnica y garantizarán el cumplimiento de las obligaciones legales.

Las Sociedades Administradoras deberán tener un capital mínimo de $10 millones, el cual debe ser pagado por completo en efectivo.  Para su creación, las entidades interesadas deberán presentar ante la Superintendencia la identidad de accionistas (especialmente aquellos con más del 10 % de participación), su plan de actividades, las políticas de remuneración, estrategias de inversión, mecanismos de financiamiento y perfiles de riesgo, entre otros.

Las sociedades podrán ser dirigidas por una junta directiva, consejo de gerentes o un administrador único, todos con suplentes. Sus miembros deberán ser personas de reconocida honorabilidad y experiencia financiera. En caso de incumplimiento de estos requisitos, la Superintendencia podrá cesarlos de inmediato.

Asimismo, las Sociedades Administradoras responderán solidariamente por daños causados por sus directivos o empleados en el ejercicio de sus funciones.

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