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Los diputados de la Asamblea Legislativa aprobaron en Sesión Plenaria exonerar del pago de impuesto sobre la renta los aguinaldos menores a dos salarios mínimos. Foto Diario Co Latino.

Aguinaldos menores a dos salarios mínimos no pagarán impuestos sobre la renta

Alma Vilches
@AlmaCoLatino

La Asamblea Legislativa acordó con 52 votos de los diputados disposiciones transitorias para exonerar del pago de impuestos a los aguinaldos que no superan los dos salarios mínimos mensuales del sector comercio y servicios ($600).

La propuesta recibió dictamen favorable en la Comisión de Hacienda y Especial del Presupuesto donde los legisladores acordaron apoyarla con el objetivo de apoyar a las familias salvadoreñas a satisfacer sus necesidades más importantes.

“Que las familias salvadoreñas por diversos motivos se enfrentan a un desequilibrio en sus ingresos, situación que les ha reducido su capacidad adquisitiva, por lo que es necesario contribuir a paliar dicha crisis, principalmente en las fiestas de navidad y fin de año”, reza el dictamen aprobado por el pleno legislativo.

Cabe mencionar que aquellos aguinaldos que sobrepasen dicha cantidad serán sujetos a la retención y al pago del impuesto con la deducción de los dos salarios mínimos.

Mediante la aprobación de los parlamentarios, la modificación temporal quedó establecida así: No obstante lo dispuesto en la Ley de Impuesto Sobre la Renta y Código Tributario para el corriente año se exime de la retención y pago del Impuesto sobre la Renta los ingresos que en concepto de aguinaldo, reciban los trabajadores a que se refiere el Código de Trabajo y la Ley Sobre Compensación Adicional en Efectivo, hasta un monto no mayor de dos salarios mínimos mensuales del sector comercio y servicios. Aquellos aguinaldos que sobrepasen el monto a que se refiere el inciso anterior, serán sujetos a la retención y al pago de dicho impuesto, deduciendo los dos salarios mínimos a que se refiere este artículo”.

La medida entrará en vigencia luego de su publicación en el diario oficial.

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