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Las mujeres víctimas de violencia directa o indirectamente a juzgar por los números de delitos denunciados, haciendo la suma de 417 casos, apenas alcanza el 6.98 %. Foto Diario Co Latino/Samuel Amaya

Acceso a la justicia para las mujeres continúa en desigualdad

Gloria Silvia Orellana
@GloriaCoLatino

Solo siete de cada cien delitos judicializados por la LEIV culminaron en absolución o condenas, es decir, el 6.98 %, entre los años 2017 a 2020”, reportó el informe del Observatorio de Violencia contra las Mujeres de ORMUSA, lo que calificaron en su análisis como una “justicia a cuenta gotas”.

En El Salvador existe la Ley Especial Integral para una Vida Libre de Violencia para las Mujeres (LEIV), emitida por la Asamblea Legislativa el 25 de noviembre 2010, en su decreto 520 y publicada en abril de 2011. Sin embargo, el acceso a la justicia continúa siendo uno de los derechos más vulnerados, indicó ORMUSA.

“Las mujeres víctimas de violencia (directas o indirectas), a juzgar por los números de delitos denunciados, un 5,968 en los últimos cuatro años, con un total de absoluciones de 157 y 260 condenas, haciendo la suma de 417 casos, apenas alcanza el 6.98 %. Si bien esa es una pequeña muestra y no representa el volumen de procesos por hechos de violencia contra las mujeres, es innegable la impunidad”, detalla el texto.

Asimismo, señala como factores de impunidad que favorecen a los agresores la sobrecarga procesal en juzgados especializados; la falta de pruebas o procesos de investigación deficientes; la frustración del proceso por inasistencia del acusado; la retractación de las víctimas ante la carencia de servicios adecuados que la asistan durante el proceso judicial.

“Una carencia determinante para las mujeres que denuncian, es la respuesta del Estado para suplir la falta de apoyo económico y psicológico que sostenga a las mujeres víctimas de violencia durante todas las fases del proceso judicial, y que la ayude a contrarrestar la dependencia económica, presión de la familia del agresor para que retiren la denuncia y la misma retardación de justicia, ya que estos son algunos elementos que desmotiva a las mujeres para continuar los procesos”, subrayan.

En cuanto los procesos judiciales, consideran que deberían realizarse en doce meses, y no entre 2 o 3 años, que se atribuye a la “mora judicial”, lo que afecta la aplicación de justicia desde el gasto económico, su frustración personal por la demora, el incumplimiento de plazos y lejanía de los tribunales especializados de donde residen.

Tomado de ORMUSA.

El Observatorio resume que actualmente funcionan tres tribunales de instrucción y tres de sentencia especializados, los cuales están distribuidos en San Salvador, Santa Ana y en San Miguel, que atienden una demanda de 14 departamentos. Además de una Cámara especializada en todo el país.

“En los últimos años informes oficiales destacan la sobrecarga laboral de tribunales y de la Fiscalía General de la República, así como el bajo porcentaje de condenas y absoluciones con respecto a la judicialización o presentación de hechos de violencia contra las mujeres en los tribunales”, señala el informe.

“Y de acuerdo al informe de Hechos de Violencia contra las Mujeres 2019, presentado por el ISDEMU, señala que la Fiscalía reportó que desde el inicio de estos juzgados especializados han ingresado un número significativo de investigaciones, sin embargo, no tienen un número coherente de sentencias”, argumentan.

Entre otros hallazgos del Observatorio de ORMUSA están los delitos más numerosos contra las mujeres, que según el Instituto de Medicina Legal es frecuente encontrar como factor detonante del suicidio de muchas jóvenes y adolescentes es la violencia de pareja, la violencia sexual o embarazos impuestos.

La necesidad de una atención integral, demanda ORMUSA, al exponer la necesidad de fortalecer los servicios integrales a las víctimas con atención psicológica, facilitar albergues, subsidios económicos y apoyo vocacional para las mujeres.

“El seguimiento adecuado a las medidas de protección para las mujeres en situación de violencia por parte del agresor, especialmente cuando estos están vinculados al poder económico o a grupos criminales, en tales casos, las víctimas están en mayor vulnerabilidad y una declaratoria de protección no representa ninguna ventaja para asegurar las medidas, si esto no va acompañado de medidas adicionales”, puntualizaron.

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