Samuel Amaya
@SamuelAmaya98
Socorro Jurídico Humanitario presentó un informe en el que al menos 504 privados de libertad fallecieron bajo el régimen de excepción. En el informe se detalla que 4 bebés también están en este registro.
Es de recordar que este 27 de marzo se cumplen 4 años de haberse implementado el régimen de excepción, medida estatal que asegura el Gobierno es para “combatir frontalmente a las pandillas”; pero en la práctica ha servido para violentar los derechos humanos de miles de personas que nada tienen que ver con pandillas.
En ese contexto, Socorro Jurídico Humanitario presentó el “informe de muertos en prisiones de El Salvador, durante 4 años de régimen de excepción”. El estudio se llevó a cabo desde marzo de 2022 a marzo 2026.
Según la organización, al menos 91,000 personas han sido detenidas desde el 27 de marzo de 2022, hasta el 20 de marzo del año 2026, mediante el régimen de excepción. De la cifra, se estima que un 30% pudieran ser detenciones arbitrarias o detenciones ilegales. Aproximadamente 1,500 detenidos han fallecido en los diversos centros penitenciarios, de los cuales, al 20 de marzo, se tiene un registro informal de 500.
Las razones de las detenciones arbitrarias, según comentó la organización, es que a la Policía Nacional Civil (PNC) se le impuso cuotas diarias de detenciones de pandilleros, dándoles también potestad inconstitucional a los militares de capturar. Mientras que los pandilleros huían a otros países.
“Para cumplir esas cuotas y al no encontrar pandilleros, los policías y militares se vieron en la obligación de detener a miles de inocentes; muchos fueron señalados como pandilleros en llamadas anónimas, otros por problemas personales ´les pusieron el dedo´, aún con el hecho de tener registro por cualquier antecedente penal en las bases de datos policiales (aunque no fuera delitos de pandillas) era motivo de detención, otros solamente por portar tatuajes, por parecer ´sospechoso´, o por ser -ebrio consuetudinario-“.
El documento analiza la información de 500 casos de reos fallecidas y 4 bebés que convivían con sus madres en prisión y también murieron; la mayoría fueron detenidos durante la aplicación del Régimen de Excepción y perecieron por diversas causas en el proceso de detención administrativa, dentro de las prisiones, en los hospitales o recién liberados, sin antes haber sido vencidos en juicio. Sin embargo, la información y datos presentados no constituyen cifras, ni datos oficiales, en virtud que todo ese tipo de información está reservada por parte del Gobierno de El Salvador, y las instancias pertinentes no tienen autorización para brindarla.
Sobre las causas de esas muertes, la organización detalló que 159 serían por presunta negligencia médica, 151 por muerte violenta y 162 casos que aún desconocen. En el penal de Izalco han ocurrido 210 fallecimientos; sobre el sitio donde murieron, el 64.3% ocurrieron en el hospital, el 28.5% del Centro Penal y el 3.6% en casa recién liberados. El Hospital Jorge Mazzini de Sonsonate, que está cerca del Centro Penal de Izalco es el nosocomio que más casos reportó.
Entre las enfermedades más comunes en las prisiones están: insuficiencia renal, diabetes, infecciones respiratorias, enfermedades gastrointestinales, enfermedades cardíacas, infecciones de la piel (hongos, ácaros, etc.), entre otras.
De los 500 fallecidos, 18 fallecieron recién salieron en libertad; 25 fallecieron teniendo orden de libertad. El estudio determina que el 94% de los fallecidos no eran pandilleros y solo el 6% eran personas que pertenecían o que habían pertenecido a pandillas (retirados).
Sobre el tipo de delitos que eran acusados los fallecidos, SJH señaló que el 87% (436) de los fallecidos estaban siendo procesados por delitos relacionados al régimen de excepción. Mientras que el 9% (44) estaban procesados o condenados por otros delitos no relacionados al régimen. Del 4% no se supo el delito.
EL 92% de los fallecidos estaban procesados, la mayoría por delitos régimen, pero “nunca tuvieron audiencia preliminar”. Un 6% de los fallecidos, estaban condenados, por otros delitos, no relacionados a régimen”. De acuerdo con algunos datos recopilados, durante el régimen de excepción, el 92% (462) de los fallecidos eran hombres y solo el 8% (38) eran mujeres.
Socorro Jurídico señaló que, por medio de mujeres liberadas, se ha conocido que muchas mujeres son violadas sexualmente por parte de los custodios en los centros de detención, y que algunas mujeres a raíz de ello han resultado embarazadas estando en prisión. El documento detalla el caso de los 4 bebés que fallecieron porque las madres fueron detenidas estando embarazadas. El informe menciona los nombres: Carmen, Génesis, Carlos y Karen, bebés que fallecieron debido a falta de atención médica adecuada o condiciones poco higiénicas mientras sus madres estaban detenidas o ellos mismos permanecían en el entorno carcelario.
Entre las principales conclusiones de la organización, es que los patrones documentados: muertes violentas, torturas, negación de atención médica, entierros en fosas comunes, constituyen actos sistemáticos y generalizados contra población civil bajo custodia estatal. Según el artículo 7 del Estatuto de Roma, estos hechos encajan en crímenes de lesa humanidad.
Señaló que existe una cadena de mando y responsabilidades que permite las violaciones a DDHH y detenciones arbitrarias. Se niega la justicia y se oculta la verdadera causa de las muertes ya que se limitan al informar que murió por un “edema pulmonar”. Existen miles de víctimas inocentes y ausencia de un debido proceso.
Reforma constitucional para habilitar la cadena perpetua
La organización también se refirió a la reforma constitucional para habilitar la cadena perpetua para homicidas, violadores y terroristas; una reforma paralela es al Código Penal para crear un nuevo delito; el pertenecer a una organización criminal llamada pandilla, con lo cual condenado con pena perpetua. “Esto lleva a dos claros y malévolos objetivos”, comentó la organización.
“Primero, que a falta de pruebas (de ser retroactiva) contra los miles de inocentes detenidos a los que les llaman ´colaboradores´ , ahora agregan a ese artículo el literal c) donde establece como agravante la pertenencia a esos grupos: -los que promuevan, ayuden, faciliten, o favorezcan la conformación o permanencia en la organizaciones, o cualquier persona que, a sabiendas de su ilegalidad, reciba provecho directa o indirectamente de las relaciones cualquier naturaleza con tales organizaciones-. Esto es un atarrallazo con la finalidad de incriminar a toda persona que los Policías y Fiscales señalen que son parte de una organización criminal o terrorista, aun no siéndolo”.
Un segundo objetivo es que “es claro que, al condenar a cadena perpetua a la gente, sus familiares nunca volverán a saber de ellos, y como se tiene información de cientos de detenidos que han muerto sin que su familia lo sepa, porque fueron enterrados en fosas comunes o clandestinas, ahora será fácil decir, que fueron condenados a cadena perpetua, pero en realidad están muertos”.
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