César Ramírez
@caralvasalvador
De pronto hablamos de un organismo internacional que intervendrá en la nación, que deberá interpretar la independencia de poderes, reformas constitucionales y además soberanía del Estado; el concepto de Soberanía: según la página de Ciencias Políticas IVRN Soberanía (fragmentos): “Autoridad más elevada sobre el poder político de un pueblo o una nación” …(f) “La soberanía es un concepto que se define en torno al poder y se comprende como aquella facultad que posee cada estado en ejercer el poder sobre su sistema de gobierno, su territorio y su población”.
Nuestra Constitución se inicia con el Decreto No. 38 de la Asamblea Constituyente… “Nosotros, representantes del pueblo salvadoreño, reunidos en Asamblea Constituyente, puesta nuestra confianza en Dios, nuestra voluntad en los altos destinos de la Patria y en ejercicio de la potestad soberana que el pueblo de El Salvador nos ha conferido” …
En esos términos el Art. 83 “El Salvador es un Estado soberano. La soberanía reside en el pueblo, que la ejerce en forma prescrita y dentro de los límites de la Constitución”.
Art. 86 fragmento: “El poder público emana del pueblo…” inc. 3 “los funcionarios del gobierno son delegados del pueblo y no tienen más facultades que las que expresamente les da la ley”.
Art. 146. No podrán celebrarse o ratificarse tratados u otorgarse concesiones en que de alguna manera se altere la forma de gobierno o se lesionen o menoscaben la integridad del territorio, la soberanía e independencia de la República o los derechos y garantías fundamentales de la persona humana.
Art. 212. “La Fuerza Armada tiene por misión la defensa de la soberanía el Estado…”.
Art. 164 “Todos los decretos, acuerdos, órdenes y resoluciones que los funcionarios del Órgano Ejecutivo emitan, excediendo las facultades que esta Constitución establece, serán nulos y no deberán ser obedecidos, aunque se den a reserva de someterlos a la aprobación de la Asamblea Legislativa.
Quizás las opiniones sobre un organismo internacional son iniciales, pero las experiencias de otras naciones sobre el tema no parecen muy alentadoras.
En última instancia Art. 183. la Sala Constitucional será el tribunal competente para definir la inconstitucionalidad.
La nueva jurisdicción (¿Soberanía de EE. UU?) en CECOT
Es un laberinto de leyes que observamos en esa prisión, todo se inicia con la deportación de venezolanos de EE.UU a El Salvador de forma súbita.
Si existe jurisdicción de EE.UU en una prisión implica territorio, leyes norteamericanas de derecho en los privados de libertad (su calificación de terroristas, Tren de Aragua, delincuentes fue designada por el presidente Trump etc.) en consecuencia implica todo el modelo de prisión con derecho a comunicación, visitas familiares, atención médica etc. elementos que no acontecen en nuestra nación, de esa forma tampoco han sido juzgados en nuestra nación, en consecuencia no se les otorga el debido proceso.
Este evento implica nuestra constitución la cual he mencionado, parece que al aceptar esta condición “un nuevo territorio norteamericano” se establece en el CECOT, la situación no es el dinero puesto que la perpetuación de ese modelo abre un panorama de ejercicio jamás previsto en la nación, puesto que es sin límite de tiempo, en conclusión, pueden ser 4, 5, 10, 20 años…
Es posible que la Corte Suprema de Estados Unidos ordene el retorno de todos los venezolanos y los deporte a su país, es lo mejor para todos, ese error no puede perdurar afectando a tantos inocentes. amazon.com/author/csarcaralv
Referencias: La Prensa Gráfica, Diario de Hoy, Co Latino, AFP, CBS
10FEB025 LPG. Flor Ayala. La consultora, periodista y experta en migración Celia Medrano explicó en entrevista radial YSUCA, que los países destacados como tercer país seguro deben ofrecer un nivel de peligrosidad menor al que los obligó a migrar.
… “CECOT para privados de libertad deportados” “(Los deportados hacia el CECOT) no serían bajo la figura de tercer país seguro, estamos hablando de personas que están cumpliendo condena en los Estados Unidos y que El Salvador está ofreciendo servicios de cárceles de sistema penitenciario para tener en sus cárceles a estas personas”.
16MAR025 EE. UU enviará al país a pandilleros venezolanos
18MAR025 Trump incluyó a 101 deportados venezolanos, no criminales, entre enviados a CECOT. Según CBS
19MAR025 Chavistas fustigan a Trump por envío de venezolanos
20MAR025 Venezolanos piden a Bukele información sobre parientes encarcelados
01ABR025 Corte Suprema ordena regresar a EE. UU a salvadoreño enviado al CECOT
08ABR025 Un 75% de venezolanos llevados al CECOT no tiene antecedentes penales, según investigación.
09JUL025 “El Salvador dice que Estados Unidos tiene “jurisdicción sobre migrantes en el CECOT. Abogados venezolanos presentaron como prueba el documento con la respuesta de El Salvador”. AFP