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Diputados de la Asamblea Legislativa aprueban revelar nombres de donantes de más de $1,500 a partidos políticos. Foto Diario Co Latino/Cortesía.

Asamblea aprueba medidas para que los partidos políticos revelen a sus donantes

Yanuario Gómez
@DiarioCoLatino

La Asamblea Legislativa aprobó ayer, durante Sesión Plenaria, medidas para que los partidos políticos revelen la identidad de personas que les donen recursos económicos, esto, con el objetivo de cumplir con el derecho al acceso a la información, para que los ciudadanos conozcan el origen y destino de los fondos con que dichas instituciones y sus candidatos financian su trabajo, tanto durante la campaña electoral como posterior a esta.
Con la modificación efectuada a la Ley de Partidos Políticos en sus artículos 24-A y 26-C, la identidad de las personas naturales que donen anualmente de cinco salarios mínimos en adelante, y diecisiete en el caso de las empresas, deberá ser publicada en el sitio web de los institutos políticos.
“En la Comisión de Reformas Electorales y Constitucionales, acordamos establecer límites para hacer públicos los donantes. En ese sentido se acordó que cada partido deberá publicar en sus páginas web, los nombres de las personas naturales que donen un monto mayor a 5 salarios mínimos en un año fiscal, es decir $1,500, y los nombres de las personas jurídicas que donen montos mayores a 17 salarios mínimos, equivalente a $5 mil”, dijo Nelson Quintanilla diputado del FMLN.
La modificación aprobada con 52 votos a favor, por el pleno legislativo, también establece que los candidatos no partidarios también deben cumplir con estos requerimientos. La reforma, asimismo, establece que las donaciones anónimas quedan completamente prohibidas, los partidos políticos tampoco podrán recibir dinero de personas que estén cumpliendo condena por delitos de corrupción, las empresas tienen prohibido utilizar a sus empleados para hacer donaciones a partidos y se prohíbe a los institutos políticos recibir dinero de industrias que se dediquen a los juegos de azar.
En el mismo sentido, las donaciones hechas a favor de un partido no deberán exceder el 2% del presupuesto utilizado por el Tribunal Supremo Electoral (TSE) en las elecciones anteriores. En el caso de las personas naturales o jurídicas que aporten cantidades menores a los montos establecidos en la reforma de ley, se establece que cada instituto político debe llevar libros de registro donde las identidades de estos queden reflejadas.

Movimientos ciudadanos con aspiraciones políticas
En el caso de las asociaciones o movimientos ciudadanos, la referida normativa no establece restricciones para que estos grupos puedan recibir donaciones.
“Hemos garantizado que todo ciudadano conozca la identidad de los donantes de los partidos políticos, para ello ponemos un techo, quien done montos mayores a cinco y diecisiete salarios mínimos, estos parámetros también han sido establecidos en México, Colombia, Argentina, Chile y en Estados Unidos y en cualquier país europeo. En ningún momento hemos prohibido que grupos de iniciativa ciudadana pueda colectar fondos para impulsar sus actividades de contraloría social a la clase política, al Estado y de alguna manera, ser parte de otros grandes temas”, indicó Mario Ponce, diputado del PCN.
Los ciudadanos que requieran información sobre donaciones podrán solicitarla presentando la petición por escrito a la unidad destinada para recibir solicitudes y proveer información de los partidos políticos; la solicitud deberá contener como mínimo: identificación del solicitante, especificación de la información requerida y lugar o dirección electrónica para recibir notificaciones.

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