La reforma al artículo 46, añade que se podrá realizar e invertir en la adquisición de derechos de vía e inmuebles necesarios para al expansión y mejoramiento de la infraestructura vial del país, además de la pavimentación y mejoras y obras de compensación ambiental.
Samuel Amaya
@DiarioCoLatino
La Asamblea aprobó, con 56 votos, reformas a la Ley de Fondo de Conservación Vial (FOVIAL), a fin de habilitar a la entidad invertir recursos para la implementación de proyectos de transporte y movilidad urbana, así como otras infraestructuras.
El artículo 46 de la Ley de FOVIAL establece que esta puede asignar recursos de inversión a proyectos de mitigación, construcción, reconstrucción, rehabilitación, mejora y otros en materia de obras públicas en infraestructura vial a través de recursos propios o provenientes de otras fuentes de financiamiento, siempre y cuando los proyectos sean planificados, administrados, evaluados y liquidado en conjunto con el MOP.
La reforma al artículo 46, añade que se podrá realizar e invertir en la adquisición de derechos de vía e inmuebles necesarios para al expansión y mejoramiento de la infraestructura vial del país, además de la pavimentación y mejoras y obras de compensación ambiental. Además, se podrá contar con la movilidad urbana, componentes electromecánicos, entre otras acciones.
En cuanto a la adquisición de derechos de vía e inmuebles, para los fines anteriores, se autoriza al FOVIAL para que se los transfiera al Gobierno por medio del MOP.
La reforma derogó el porcentaje máximo que puede designar el FOVIAL de sus ingresos para el pago de sus compromisos financieros (deudas). En 2021, se reformó para que el FOVIAL comprometiera hasta el 50% de sus ingresos anuales para respaldar pago de servicio de sus obligaciones financieros, eso fue eliminado.
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