Redacción Nacionales
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La abogada Lucrecia Landaverde cuestionó los procedimientos judiciales aplicados a personas detenidas durante el régimen de excepción en El Salvador y advirtió que los juicios masivos pueden derivar en condenas sin una evaluación de las pruebas y de la responsabilidad penal de cada acusado.
Durante una entrevista en el programa Encuentro con Julio Villagrán, la profesional sostuvo que, en los procesos en los que participa como defensora, ha observado señalamientos generales, declaraciones de testigos con beneficios judiciales y dificultades para que las personas procesadas ejerzan plenamente su derecho de defensa.
Sus declaraciones se producen en medio del debate sobre la posibilidad de liberar a personas detenidas bajo el régimen de excepción, después de que el presidente Nayib Bukele hablara públicamente de un eventual plan para otorgar beneficios a una parte de la población carcelaria, conciderados como colaboradores de las pandillas.
Para Landaverde, el punto central no debería ser la liberación de personas vinculadas con pandillas, sino determinar quiénes son culpables y quiénes fueron detenidos sin pruebas suficientes. “Los que merecen estar libres gozando de todos sus derechos” son los inocentes capturados, afirmó Landaverde.
Presunción de inocencia bajo cuestionamiento
La abogada criticó que las autoridades se refieran a los procesados como colaboradores o culpables antes de que exista una resolución judicial que establezca su responsabilidad. A su juicio, este tipo de mensajes puede contribuir a que la población dé por probada la culpabilidad de quienes permanecen detenidos.
Landaverde recordó que la presunción de inocencia implica que corresponde a la Fiscalía demostrar la participación de una persona en un delito. Sin embargo, aseguró que, en los procesos que conoce, la defensa termina enfrentando la carga de demostrar que sus representados no cometieron los hechos que se les atribuyen.
La profesional insistió en que la existencia de denuncias, llamadas anónimas o señalamientos policiales no debería sustituir una investigación rigurosa. También cuestionó que, según su experiencia, algunos tribunales otorguen un peso determinante a testimonios de personas que buscan beneficios judiciales a cambio de colaborar con las autoridades.
La utilización de testigos criteriados, explicó, requiere una valoración cuidadosa de su credibilidad, especialmente cuando sus declaraciones pueden contribuir a reducir sus propias responsabilidades penales. La defensa, agregó, debe tener la posibilidad de contrastar esos testimonios con otras pruebas y evidencias.
Procesos con cientos de acusados
Uno de los principales cuestionamientos de Landaverde se dirige a los juicios masivos, en los que numerosas personas son procesadas dentro de un mismo expediente.
La abogada afirmó que ha conocido casos con cientos de imputados y expedientes que inicialmente habrían reunido a más de dos mil personas, aunque posteriormente se habrían dividido. En su opinión, agrupar a tantos acusados dificulta examinar de manera individual las circunstancias de cada detención y las pruebas que vinculan a cada persona con los delitos investigados.
Según describió, algunas audiencias se desarrollan mediante conexiones desde distintos centros penitenciarios. Los imputados aparecen en pantallas y, de acuerdo con su relato, las limitaciones de comunicación y de participación pueden afectar las posibilidades de intervenir efectivamente en el proceso.
Landaverde también señaló que ha conocido situaciones en las que personas no lograron conectarse a las audiencias por problemas tecnológicos y, según indicó, aun así fueron condenadas.
La abogada sostuvo que cada acusado debería contar con una defensa efectiva y con la oportunidad de controvertir las pruebas presentadas en su contra. La cantidad de personas incluidas en un expediente, advirtió, no debería justificar que se omita el análisis individual de sus responsabilidades.
Cuestionamientos a las pruebas
Durante la entrevista, Landaverde relató casos en los que, según afirmó, las declaraciones de testigos con antecedentes criminales habrían prevalecido sobre testimonios de personas que describían a los acusados como trabajadores, emprendedores o miembros activos de sus comunidades.
La profesional mencionó el caso de dos hermanos que, según su relato, habían sido víctimas de las pandillas y posteriormente fueron señalados por un testigo de pertenecer a esas estructuras. Ambos enfrentaban las consecuencias de una acusación que, de acuerdo con la abogada, no reflejaba sus antecedentes personales ni las circunstancias que ella conocía.
También denunció presuntas irregularidades en el manejo de evidencia digital. En uno de los casos bajo su defensa, aseguró que encontró actividad en un teléfono celular después de que este había sido incautado por las autoridades, incluidos cambios en el perfil de WhatsApp y llamadas a contactos de su representado.
Landaverde cuestionó que esa actividad pudiera utilizarse como evidencia incriminatoria sin aclarar quién tuvo acceso al dispositivo y en qué momento ocurrieron los hechos registrados.
Antecedentes penales no equivalen a culpabilidad
Otro aspecto abordado por la abogada fue el uso de procedimientos abreviados y de sentencias anteriores para valorar la situación de personas detenidas durante el régimen de excepción.
Landaverde explicó que algunos acusados aceptan declararse culpables en procedimientos abreviados con la expectativa de recibir penas menores. Según indicó, hay personas que tomaron esas decisiones asesoradas por sus defensores y que posteriormente han enfrentado nuevos señalamientos vinculados con presuntas estructuras criminales.
La abogada sostuvo que esos antecedentes deben analizarse dentro de su contexto y que no deberían convertirse automáticamente en prueba de participación en otros delitos.
También señaló que vivir en comunidades afectadas por la presencia de pandillas no demuestra que una persona pertenezca a esas estructuras. En su opinión, las investigaciones deben establecer responsabilidades concretas y evitar que la residencia, las relaciones vecinales o referencias imprecisas sustituyan la prueba judicial.
Exige aplicación de la ley
Landaverde manifestó preocupación por las condiciones de salud de algunos detenidos y relató que ha conocido casos de personas que desarrollaron enfermedades graves durante su reclusión. Durante la entrevista recogió, además, versiones atribuidas a custodios sobre posibles problemas con el agua, posiblemente envenenada, en centros penitenciarios.
La abogada reconoció que esas versiones requieren investigación. Sin embargo, pidió que las autoridades esclarezcan las condiciones sanitarias y garanticen la protección de la vida de las personas privadas de libertad.
Finalmente, sostuvo que las eventuales liberaciones no deberían presentarse como concesiones políticas, sino como resultado de la aplicación de la ley y de la revisión de cada caso.
“Yo como abogada no necesito que el presidente me haga ningún favor con mis defendidos; lo único que quiero es que se aplique la ley”, expresó.
Para Landaverde, el desafío es garantizar que la persecución de las pandillas no se traduzca en condenas de personas cuya responsabilidad penal no ha sido demostrada de manera suficiente. La revisión de los procesos, concluyó, debe partir del respeto a las garantías judiciales y de la obligación del Estado de distinguir entre quienes cometieron delitos y quienes fueron detenidos injustamente.
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