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Candidaturas: una etapa del calendario electoral agotada

Licenciada Norma Guevara de Ramirios

Cien días antes de la fecha señalada para la elección, los partidos políticos, las coaliciones deben haber realizado la presentación de sus candidaturas a cargos de elección popular, en este caso, cien días antes del 28 de febrero se cumplieron el 19 de noviembre pasado.

Las candidaturas al Parlamento Centroamericano y a la Asamblea Legislativa se presentan ante el Tribunal Supremo Electoral (TSE), y las candidaturas a concejos municipales ante las juntas electorales departamentales (JED).

La presentación de cada planilla será examinada por esos organismos en el sentido de que cada una de las personas que las integran hayan documentado que poseen los requisitos que la constitución y las leyes establecen para poder optar a un cargo de elección popular y, es hasta que tal comprobación se hace, que las personas propuestas tienen el carácter de “candidatas o candidatos”. La fecha límite para tener esa calidad es el 1 de diciembre próximo.

Son ellos y los partidos o coaliciones proponentes los que tienen derecho a realizar propaganda en la que disputan el respaldo de la ciudadanía, lo que ocurrirá a partir del 28 de diciembre para las candidaturas a diputaciones y del 28 de enero para quienes aspiran a ser parte de un concejo municipal.

La presentación de candidaturas expresa muchas cosas: capacidad organizativa de los partidos, voluntad de sus afiliados para someterse a la competencia, calidad de ciudadanía, en la medida en que cada persona debe estar al día con el fisco, con su municipio, no tener inhabilidades que la ley establece, estar al día en sus obligaciones como padre o madre y  haberse sometido a un proceso interno dentro de los partidos y en el caso de las candidaturas de no partidarios, comprobar los respaldos ciudadanos requeridos por ley en la circunscripción departamental correspondiente.

Dos carriles marchan en paralelo dentro de un proceso electoral: las formalidades de ley y   las conductas políticas de los actores interesados en un determinado resultado de las elecciones. El primero es ineludible, controlable y auditable; pero las conductas de actores políticos con interés en los resultados, es de difícil control y más bien en el caso salvadoreño actual, se constituye en escenario de abusos y arbitrariedades.

El TSE tiene la obligación de asegurar que las elecciones sean expresión genuina de la voluntad popular, expresada en libertad.  Que se realice el proceso como una secuencia de actos debidamente regulados,  y se asegure la independencia de la entidad responsable, en consecuencia que no existan espacios para la falsedad o fraude.

De allí la importancia de un  tribunal y de organismos electorales temporales con capacidad de hacer cumplir las leyes.

Antes de los Acuerdos de Paz y la Reforma Constitucional de 1991, el abuso y fraude fueron razón por la cual se  asumió  y legitimó la lucha insurreccional armada, tema de negociación y de acuerdo para la finalización del conflicto.

En 1997, justamente un 28 de febrero un proceso electoral fraudulento provocó una masacre en el centro de San Salvador; el gobierno de entonces buscaba reproducirse, irrespetando la voluntad popular.

Por eso se puede afirmar que las elecciones, su marco jurídico es relativamente joven y además ha sufrido cambios drásticos a partir de sentencias de la Sala de lo constitucional a partir de 2010.

Ahora, cuando el aparato policial, se utiliza para interferir en la autonomía de un organismo electoral como ocurrió el 19 de noviembre ante la Junta Electoral Departamental de Usulután, reaparece el recuerdo de lo que fue la conducta de los gobiernos dictatoriales de los años 60 y 70 y con ello el alerta de los peligros que para la democracia  representa la obsesión del presidente de turno al querer imponerse a los otros órganos de Gobierno.

Es intolerable que el partido de Gobierno, además de hacer mal su petición, acuda a la complicidad policial para atropellar a un organismo que solo cumple su papel, y que con la resonancia de mentiras, se articule campaña contra la entidad electoral como ocurrió ese día.

Lo ocurrido en Usulután es parte de una estrategia de campaña del partido preferido del presidente de la República y la ciudadanía, las universidades, los partidos políticos todos tienen el condenar y el deber de exigir respeto .

El TSE debe garantizar la libertad del sufragio, y los principios del derecho electoral. Debe asumir en forma debida su rol de única autoridad electoral como lo establece la Constitución en los artículos 208 y 209.

El TSE debe hacerse respetar ejerciendo su papel de máximo juez, planificador, organizador y ejecutor del calendario electoral con apego a la ley contar con el apoyo de la PNC para proteger la ejecución legal del proceso no para obstaculizarlo.

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